Entendiendo el Orden Económico, SERNAC, CMF, SII e Impuestos en Chile

Orden Económico y su Regulación en Chile

El orden económico de un país se sustenta en tres poderes políticos fundamentales:

  • Poder Ejecutivo: Gobierna el país, aplica las leyes (Gobierno).
  • Poder Legislativo: Aprueba las leyes y vela por su cumplimiento (Parlamento).
  • Poder Judicial: Juzga y castiga a quienes incumplen las leyes (Tribunal).

Orden Económico (OE)

Cada país debe definir una estructura destinada a ordenar y coordinar el funcionamiento económico, con el fin de satisfacer las necesidades de sus ciudadanos. Esto puede basarse en una economía de libre mercado, influenciada por la doctrina del liberalismo y con raíces capitalistas.

SERNAC: Protección al Consumidor

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) vela por los derechos del consumidor desde la perspectiva del acto de consumo dentro de la sociedad, y proporciona la institucionalidad para hacerlos efectivos.

Busca la protección de los consumidores ante daños (físicos, financieros, morales, etc.) al consumir, promueve la eficiencia en el consumo e influye en la información disponible. Estos derechos están recogidos en un conjunto de leyes y normas.

Derechos del Consumidor

  1. Derecho a la libre elección de bienes y servicios.
  2. Derecho a información veraz y oportuna (Deber de informarse).
  3. Derecho a la no discriminación arbitraria.
  4. Derecho a la seguridad en el consumo, protección a la salud y al medio ambiente (Deber de evitar riesgos).
  5. Derecho a la reparación e indemnización adecuada y oportuna (Deber de accionar de acuerdo a la Ley).
  6. Derecho a la educación para el consumo (Deber de celebrar operaciones de consumo con el comercio establecido).

Obligaciones de las Empresas

  1. Entregar información veraz y oportuna sobre los productos y servicios, permitiendo la libre elección.
  2. Garantizar la seguridad en el consumo.
  3. Permitir el retracto en ciertos contratos.
  4. Entregar productos y servicios de calidad.
  5. No colocar barreras para ejercer la garantía legal.
  6. Realizar cobranzas respetando la tranquilidad familiar y la estabilidad laboral del deudor.
  7. Cumplir las promesas publicitarias y lo establecido en los contratos.
  8. Evitar cláusulas abusivas en los contratos.
  9. Ofrecer cuentas claras y cobros justos.

Acceso claro y oportuno al costo final. Información clara y oportuna sobre las condiciones relevantes para que el consumidor sepa qué está contratando o comprando. Información sobre restricciones del uso de los servicios y advertencias de uso seguro de los productos. Libertad de elección: Los consumidores tienen derecho a aceptar expresamente los productos o servicios como los seguros.

Cláusulas Abusivas

Una cláusula abusiva es aquella que contiene ventajas exclusivas para el proveedor (empresa) y genera un desequilibrio de los derechos y obligaciones de las partes, especialmente en contratos de adhesión.

Cobranzas Extrajudiciales

  • Cobrar no es asustar.
  • Los consumidores tienen que pagar sus deudas, pero las empresas deben respetar la Ley.
  • No comunicar la deuda a terceros.
  • No realizar llamados fuera del horario de 8:00 a 20:00 hrs de lunes a viernes.
  • No arriesgar la estabilidad laboral del deudor.

Comisión para el Mercado Financiero (CMF)

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) es un servicio público técnico descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda.

Funciones de la CMF

  • Función Supervisora: Control y vigilancia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y administrativas.
  • Función Normativa: Capacidad de la CMF para regular mediante la dictación de normas e instrucciones propias para el mercado y las entidades que lo integran.
  • Función Sancionadora: Facultad de la CMF para aplicar sanciones frente al incumplimiento o violación del marco regulador.
  • Función de Desarrollo y Promoción de los Mercados: Capacidad de promover iniciativas para el desarrollo del mercado, mediante la elaboración y colaboración para la creación de nuevos productos e instrumentos.

El Comisionado es designado por el Presidente de la República, debiendo ser una persona de plena confianza y con amplio conocimiento en el tema financiero.

La Unidad de Investigación es responsable de la instrucción del procedimiento sancionatorio, a cargo de un Fiscal nombrado por el Consejo mediante el proceso de selección de altos directivos públicos.

Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF)

La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) es una institución pública autónoma creada en 1925, con personalidad jurídica de duración indefinida, que se relaciona con el gobierno a través del Ministerio de Hacienda. Su mandato es supervisar las empresas bancarias y otras entidades, en resguardo de los depositantes y del interés público, velando por el buen funcionamiento del sistema financiero.

Direcciones de la SBIF

  • Dirección de Supervisión: Vela por el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas y por la adecuada gestión de riesgos.
  • Dirección de Riesgos: Apoya la supervisión in situ y desarrolla metodologías de cuantificación y monitoreo de riesgos (Operacionales, de Crédito y Financieros).
  • Dirección de Análisis Financiero: Organiza, diagnostica y propone soluciones respecto de la información financiera, realiza seguimiento de grupos financieros y atiende situaciones que enfrenta la Superintendencia.
  • Dirección de Estudios: Desarrolla actividades de investigación y regulación de las industrias bajo supervisión, y gestiona las relaciones internacionales de la Superintendencia.
  • Dirección de Conducta de Mercado: Cautela las relaciones entre las instituciones fiscalizadas y sus clientes, realizando seguimiento normativo, atención al público, generación de estudios y diseño de indicadores.
  • Dirección Jurídica: Analiza leyes y reglamentos bancarios, asesora al Superintendente y participa en la elaboración de proyectos de ley.
  • Dirección de Administración y Operaciones: Gestiona el desarrollo de personas, los recursos físicos, informáticos y las redes de comunicaciones de la institución.
  • Dirección de Asuntos Institucionales y Comunicaciones: Difunde interna y externamente las actividades de la Superintendencia.

Servicio de Impuestos Internos (SII)

El SII tiene un rol de fiscalización permanente del cumplimiento tributario.

Su misión es procurar que cada contribuyente cumpla cabalmente sus obligaciones tributarias, aplicando y fiscalizando los impuestos internos de manera efectiva y eficiente, con estricto apego a la legalidad vigente y buscando la facilitación del cumplimiento, en un marco de probidad, equidad y transparencia.

El SII también defiende al Fisco ante Tribunales y crea conciencia tributaria.

Funciones del SII

  • Controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias (Fiscalización).
  • Facultad jurisdiccional a través del Tribunal Tributario.
  • Interpretar las normas tributarias (oficios).
  • Instruir a los funcionarios (Circulares/Resoluciones).

El Director del SII tiene la facultad de interpretar administrativamente las disposiciones tributarias, fijar normas, impartir instrucciones y dictar órdenes para la aplicación y fiscalización de los impuestos. Puede disponer la consulta pública de proyectos de circulares o instrucciones.

Impuestos en Chile

El sistema tributario chileno cuenta con una administración tributaria regulada, dividida en dos entidades con distintas funciones: fiscalización (SII) y cobro (Tesorería).

Tipos de Impuestos

  • Directos: Gravan la obtención de la renta o riqueza en manos del sujeto que la obtiene (ej: impuesto a la renta).
  • Indirectos: Afectan la manifestación de la riqueza, gravando actos y/o contratos (ej: IVA, impuestos específicos).

Principios de un Sistema Tributario

  • Suficiencia: Los impuestos deben recaudar los recursos necesarios para financiar el gasto público.
  • Eficiencia: Los impuestos deben recaudar distorsionando al mínimo posible las decisiones económicas.
  • Simplicidad: Los impuestos deben ser simples para los contribuyentes y para la administración tributaria.
  • Equidad: La aplicación de impuestos debe preservar criterios de igualdad para todos los contribuyentes.

Estructura Tributaria en Chile

La estructura tributaria en Chile está constituida por pocos impuestos de alto rendimiento, principalmente el IVA y el impuesto a la Renta. Los ingresos tributarios se concentran en los impuestos internos al consumo, siendo el IVA el más importante.

Características del IVA

  • Es el impuesto de mayor rendimiento tributario.
  • Tiene una base relativamente amplia, con tasa única del 19%.
  • Posee muy pocas exenciones.
  • Grava la mayor parte de las ventas de bienes corporales muebles e inmuebles, y prestaciones de servicios.
  • Afecta también al Fisco, instituciones semi-fiscales, organismos de administración autónoma, municipalidades y empresas.
  • Incluye un mecanismo para aprovechar el remanente del crédito fiscal.
  • Los exportadores están exentos de IVA por las ventas que efectúen al exterior, otorgándoseles el derecho a recuperar el IVA recargado al adquirir bienes o utilizar servicios destinados a su actividad de exportación.
  • Es un impuesto de traslación, ya que obliga a los contribuyentes a cargar a los compradores de bienes o beneficiarios de servicios, una suma igual al monto del respectivo gravamen.

Requisitos del Hecho Gravado Básico (Venta)

  1. Convención.
  2. Transferencia de dominio.
  3. Título oneroso.
  4. Bienes corporales.
  5. Vendedor-habitualidad.
  6. Territorialidad.
1. Convención

Todo acuerdo de voluntades destinado a crear, modificar o extinguir obligaciones. Convención traslaticia de dominio: cualquier acto o contrato que cumpla el mismo fin o se equipare a venta.

2. Transferencia de Dominio

Dominio: Uso, Goce, disposición = Propiedad.

3. Título Oneroso

Convenciones a título gratuito: Donaciones. Convenciones a título oneroso: Venta, Permuta.

4. Bienes Corporales

La convención debe recaer sobre bienes corporales muebles o inmuebles de propiedad de una empresa constructora, construidos total o parcialmente por ella. Bienes corporales muebles: por naturaleza, por anticipación.

5. Vendedor – Habitualidad

Calificada a juicio exclusivo por el Servicio. Elementos para determinar si los bienes se adquirieron para la reventa: cantidad, frecuencia y naturaleza de las operaciones.

6. Territorialidad

Bienes corporales muebles e inmuebles ubicados en el territorio nacional, independientemente del lugar en que se celebre la convención respectiva. Presunción legal en virtud de la cual bienes se entenderán ubicados en territorio nacional, aún cuando al tiempo de celebrarse la convención se encuentren transitoriamente fuera del país, en aquellos casos en que la inscripción, matrícula, patente o padrón hayan sido otorgados en Chile.

Monopolio

El término»monopoli» proviene del griego y, desde una perspectiva económica, se refiere a una situación en la que una persona o empresa tiene control sobre un producto o servicio determinado, lo que le otorga el poder de determinar las condiciones en las que otros pueden acceder a ellos. Una característica clave de los monopolios es la falta de competencia económica en el mercado del bien o servicio que ofrecen, así como la inexistencia o escasez de bienes sustitutos viables. Esto se considera una forma de competencia imperfecta.

Un monopolio existe cuando en la economía de mercado hay un solo vendedor o productor de un elemento que sirve para satisfacer las necesidades de todo el sector, y puede surgir por distintas vías: la asociación de varias empresas que quedan bajo el control de una misma dirección ; el pacto entre compañías de un mismo sector económico para lograr la eliminación de los competidores (un cártel); el tratado que otorga a ciertos vendedores el monopolio sobre un producto o un sector (un asiento); o la compra o fusión de empresas. Algunos monopolios son:

Tipos de Monopolio

  • Monopolio Natural: Se crea a partir de las exigencias de los consumidores y se convierte en el líder en la producción de ese elemento o servicio. No puede manejar los precios a su antojo, sino que debe aceptar ciertos límites, tales como: una competencia potencial, el factor competitivo constante, la elasticidad de la demanda, los factores sustitutos y la ley de rendimientos.
  • Monopolio Puro: Resulta cuando hay una sola persona o empresa que produce y distribuye un producto en un mercado donde existen muchos compradores. En la economía real no suele darse este tipo de monopolio salvo cuando se trata de una actividad que ha sido cedida por una operación pública. Un monopolio puro sólo es posible cuando existe un único vendedor, esto significa que además no hay rivales , sin embargo, el monopolista verá restringidas sus políticas por la competencia indirecta y la competencia de los bienes que puedan sustituir al que ofrece y contengan un precio más razonable. Por último, ante la entrada en el mercado de una competencia, el monopolista deberá tomar medidas para evitar que su poder disminuya.

Monopsonio

Es un mercado formado por un solo comprador y muchos vendedores. En estos mercados el monopsonista tiene que pagar un precio más elevado por la última unidad del insumo y sobre las unidades previamente adquiridas. El competidor de este vendedor es el mercado de insumos, el cual puede significar un tanto perjudicial para la economía del monopsonista. Cabe señalar que los casos similares pero donde se presentan muchos compradores, se denominan oligopsonios.

Características de los Monopolios

Los fenómenos que se producen en los mercados obedecen a características claramente definidas que son las que permite identificarlos. En el caso de los monopolios se pueden mencionar entre otras a las siguientes:

  • Una sola empresa productora y vendedora de determinado producto o servicio.
  • No existen en el mercado bienes o servicios similares o sustitutos.
  • Existe una gran demanda.
  • Existen barreras rígidas de entrada al mercado.
  • El monopolista tiene potestad para fijar el precio a su antojo y conveniencia.
  • No ocurre una movilidad limpia de los factores de producción.

Oligopolio

Existen mucha demanda y poco ofertantes, se da cuando hay poca competencia en el mercado, y ellos pueden influir sobre la fijación del precio. Generalmente en un mercado de oligopolio existe la imagen de empresa líder del mercado, con gran influencia en los precios y otras empresas pequeñas que no influyen como competencia. Una de las inquietudes de las entidades que controlan las empresas, es evitar la colusión que consiste en los acuerdos entre empresas con el fin de controlar los precios y evitar la competencia. Existe dentro de este, la imagen de oligopolio con bienes diferenciados, que se da cuando las empresas líderes de determinado sector productivo desarrollan bienes diferenciados por calidad, diseño, tecnología y mantienen el control no solo de la oferta sino también sobre los precios. El ejemplo más común es la industria automovilística donde hay pocas marcas, la gama de productos es muy amplia y diferenciada.

Monopsonio y Oligopsonio

Monopsonio: Puede darse en un mercado cuando hay varios oferentes y un sólo comprador o demandante, el monopsonio puede instituir una forma de control de precios, marcada por la discrecionalidad del comprador al determinar el precio de compra de dichos bienes. Esta situación resulta en detrimento de los productores, que algunas veces se ven en la necesidad de vender a cualquier precio por la falta de compradores alternativos. Por ejemplo, la obra pública.

Oligopsonio: Se da cuando existen varias empresas eferentes y pocos compradores de los bienes en el mercado y estos últimos pueden influir sobre los precios. Por ejemplo, las grandes distribuidoras.

Para concluir vale la pena mencionar otra forma de monopolio, como lo es la competencia monopolística, en este caso van a haber muchos oferentes con productos diferenciados y tienen solo un poco de control sobre la fijación del precio. Por ejemplo, las franquicias de comida rápida.

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