Funcionamiento Esencial de la Administración Pública: Información, Personal y Contratos

1. Derecho a la Información

  • Es un pilar básico del Estado de derecho, ya que permite que la ciudadanía controle la gestión pública.

  • Como administrados, tenemos derecho a acceder a:

    • Información pública

    • Archivos

    • Registros

  • Este derecho está regulado por la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.


2. Fuentes de Información Empresarial

Es importante saber qué buscar y en qué fuentes confiar. Una fuente válida debe tener:

  • Credibilidad: debe inspirar confianza.

  • Legitimidad: la información debe ser verdadera y verificada (ej. BOE).

Tipos de fuentes por soporte:

SoporteCaracterísticas
Digitales/electrónicasPermiten acceso rápido desde un mismo equipo y son actualizables. OJO: hay que revisar que las webs sean fiables.
ImpresasInformación en papel: libros, revistas, etc.

Gestión y actualización de información:

  • Gestión: es el proceso de obtener, guardar, actualizar y eliminar información útil.

  • Actualizar: significa quitar lo obsoleto y mantener los datos al día, tanto los que recibimos como los que generamos.


3. Información Administrativa

Permite a la ciudadanía conocer sus derechos, obligaciones y cómo usar los servicios públicos.

Tipos:

  • General: ayuda a entender cómo funciona la Administración, qué requisitos hay, a dónde acudir, etc.

  • Particular: se refiere a nuestros propios trámites (estado de expedientes, quién los gestiona, etc.).

Boletines oficiales:

  • Publican leyes, convocatorias y actos oficiales:

    • BOE (Boletín Oficial del Estado)

    • Boletines Ministeriales

    • Boletines Autonómicos

    • Boletines Provinciales

    • DOUE (Diario Oficial de la Unión Europea)

Portales digitales:

  • PAG (Punto de Acceso General): web que centraliza todos los servicios y trámites electrónicos con la Administración.
    Te permite acceder a tu expediente, notificaciones, datos personales, etc.


4. Personal al Servicio de la Administración

Existen varios tipos de empleados públicos, con distintos vínculos y condiciones laborales:

  1. Funcionario de carrera

    • Tiene plaza fija por nombramiento legal.
    • Su sueldo proviene de los Presupuestos Generales del Estado.
    • Es permanente.
  2. Funcionario interino

    • Ocupa una plaza temporal hasta que se cubra por un funcionario de carrera.
    • Es una solución urgente o provisional.
  3. Personal laboral

    • Tiene contrato como cualquier trabajador del sector privado.
    • Está sujeto al Estatuto de los Trabajadores y a convenios colectivos.
  4. Personal eventual

    • Nombrado libremente para tareas de confianza o asesoramiento.
    • Su cargo termina cuando cesa la autoridad que lo nombró.

5. Contratación Pública

Los contratos entre la Administración y empresas o personas físicas se regulan por ley. Existen:

  • Contratos administrativos: regulados por normas específicas.

  • Contratos privados: se rigen por el derecho privado.

Características de los contratos administrativos:

  • No siempre se pueden negociar libremente.

  • Se basan en contratos de adhesión.

  • La Administración puede modificar el contrato por interés público.

Principios básicos:

  • Acceso libre

  • Transparencia y publicidad

  • No discriminación

  • Igualdad de trato

  • Control del gasto público


🧾 A. Procedimientos de Adjudicación

Procedimiento¿Cómo funciona?
AbiertoCualquier interesado puede participar si cumple los requisitos. Sin negociación.
Abierto simplificadoIgual que el abierto, pero más ágil. Solo para empresas registradas en el ROLECE u equivalente.
RestringidoTodos pueden solicitar participar, pero solo los seleccionados presentan oferta.
Diálogo competitivoPara contratos muy complejos. Se dialoga con empresas seleccionadas para definir la mejor solución antes de la oferta final.
Negociado (con o sin publicidad)La Administración negocia las condiciones del contrato con uno o varios candidatos seleccionados.

📍 Se publican en el perfil del contratante y boletines oficiales (excepto algunos casos específicos de negociados sin publicidad).

Contenido obligatorio del contrato:

  • Objeto del contrato

  • Precio

  • Requisitos del contratista (solvencia personal, técnica y económica)

Tipos de contratos administrativos típicos:

  • Obra

  • Concesión de obra

  • Servicios

  • Concesión de servicios

  • Suministro


6. Subvenciones y Ayudas Públicas

Las subvenciones son ayudas económicas que la Administración otorga para impulsar proyectos de utilidad pública o interés social.

Definición:

  • Disposición económica de la Administración a favor de personas o entidades.

  • No requiere contraprestación directa del beneficiario.

  • Requiere cumplir objetivos, ejecutar proyectos o realizar actividades concretas.

Procedimiento general:

  1. Publicación de la convocatoria (bases reguladoras).

  2. Concurrencia competitiva: se recogen solicitudes en un plazo determinado.

  3. Resolución: se comparan las solicitudes según los criterios fijados en las bases y se adjudica a las mejores valoradas.
    Excepcionalmente, también se pueden conceder directamente en casos tasados por ley (ej. interés público, social, económico o humanitario).

Ayudas públicas:

  • Además de las subvenciones, existen otras ayudas públicas como becas o ayudas sociales (ej. por discapacidad, para fomento del empleo, etc.).

  • Buscan apoyar a la ciudadanía y fomentar políticas sociales específicas.

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