UNIDAD II.
CONTABILIDAD DEL SECTOR AGROPECUARIO
CONTABILIDAD
AGROPECUARIA
Es una rama de la contabilidad general que se ocupa de los actos
Administrativos de una explotación agrícola y pecuaria, que tiene por objeto el
Registro, control, clasificación y análisis de los actos administrativos de la
Empresa agropecuaria, a fin de determinar los efectos económicos y financieros
Que dichos actos tienen sobre la empresa.
OBJETIVOS DE LA CONTABILIDAD AGROPECUARIA
1. Mostrar la situación financiera de la finca en momento determinado,
Los recursos productivos disponibles a largo plazo (activos fijos). Los
Recursos disponibles a corto plazo(dinero en bancos, en caja, existencia de
Productos agropecuarios).
2. Conocer las fuentes de financiamiento de los recursos a largo plazo
(créditos) y las de corto plazo (deudas a corto plazo).
3. Permite conocer la capacidad financiera de la finca para hacer frente
A sus compromisos con terceras personas (acreedores).
4. Conocer los ingresos generados
Por la finca y los gastos ocasionados en
El proceso productivo
3. Conocer el resultado de la actividad realizada durante un ejercicio
Económico, analizando detenidamente su origen.
PROBLEMÁTICAS
DE LA ADMINISTRACIÓN AGRÍCOLA:
¿Cuánto producir?
¿Qué producir?
¿Cómo producir?
DIFICULTADES PARA LA APLICACIÓN DE PRINCIPIOS CONTABLES EN LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA
üCrecimiento – Destino de los animales
üDificultad para identificar los gastos e ingresos familiares de los
Gastos e ingresos de la empresa.
üLa actividad agropecuaria depende de ciertos factores difícilmente
Controlados por el hombre, entre ellos los climáticos.
üLa valoración del costo de producción de los cultivos en tierra o en
Proceso dependen de la etapa de desarrollo del cultivo.
üEl consumo directo de producto y la no remuneración monetaria del trabajo
Diario.
üLa combinación de la agricultura y la ganadería que dificulta la
Determinación del costo de las actividades.
üExistencia de mano de obra familiar.
NORMA
INTERNACIONAL DE CONTABILIDADNIC 41
OBJETIVO DE
LA NORMA:
Prescribir el tratamiento contable, la presentación en los estados
Financieros y la información a revelar en relación con la actividad agrícola.
ANTECEDENTES DE LA NORMA
ØEl proceso de gestación de la NIC 41 se inició en 1.994, ( Consejo
Internacional de Principios Contables –
IASC )
ØEl Comité crea el Proyecto de
Norma E65 (Exposure draft 65) en 1.999
ØEn Diciembre del año 2000 de aprueba la versión definitiva de la NIC 41
– Agricultura [IASB:2001], disponiendo
Su empleo en los períodos que inicien a
Partir del 1 de Enero de 2003
ØEn Venezuela se decide su adopción a partir del año 2008
ALCANCE
Esta Norma debe aplicarse para la contabilización de lo siguiente,
Siempre que se encuentre relacionado con la actividad agrícola:
(a)Activos biológicos;
(b)Productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección; y
(c) Subvenciones del gobierno comprendidas en los
Párrafos 34 y 35
DEFINICIONES PRINCIPALES:
Activo Biológico: Es una planta o animal vivo que sufre una
Transformación
Biológica. (Por ejemplo: una vida, una vaca lechera, un árbol).
Producto Agrícola: Es un producto recolectado procedente de un activo
biológico que pertenece a la entidad.
Transformación Biológica: comprende los procesos de crecimiento,
Degradación, producción y procreación que son la causa de los cambios
Cualitativos o cuantitativos en los activos biológicos.
EJEMPLOS DE ACTIVOS BIOLÓGICOS Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS
Activos biológicos | Productos agrícolas | Productos resultantes del procesamiento tras la Cosecha o recolección |
Ovejas | Lana | Hilo de lana, alfombras |
Árboles de una plantación forestal | Árboles talados | Troncos, madera |
Ganado lechero | Leche | Queso |
Cerdos | Reses sacrificadas | Salchichas, jamones curados |
Árboles frutales | Fruta recolectada | Fruta procesada |
FACTORES CarácterÍSTICOS DE LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA:
a)Capacidad de cambio: tanto
Las plantas como los animales vivos son capaces de experimentar
Transformaciones biológicas.
b)Gestión del cambio: la
Gerencia facilita las transformaciones biológicas promoviendo, o al menos
Estabilizando, las condiciones necesarias para que el proceso tenga lugar (por
Ejemplo, niveles de nutrición, humedad, temperatura, fertilidad y luminosidad).
c)Medición del cambio. Tanto
El cambio cualitativo (por ejemplo adecuación genética, densidad, maduración,
Cobertura grasa, contenido proteínico y fortaleza de la fibra) como
Cuantitativo (por ejemplo, número de crías, peso, metros cúbicos) conseguido
Por la transformación biológica o cosecha, se medirá y controlará como una
Función rutinaria de la gerencia.
PROCEDIMIENTO A APLICAR EN LA NIC 41:
UN MERCADO ACTIVO:
Es un mercado en el cual
Todas las siguientes condiciones existen:
ØLos artículos comercializados dentro del mercado son homogéneos
ØCompradores y vendedores voluntarios pueden ser encontrados normalmente
En cualquier momento.
ØLos precios están disponibles al público.
VALOR RAZONABLE:
Es
El monto al cual un activo puede ser intercambiado o un pasivo liquidado entre
Partes conocedoras y con libre voluntad en una transacción en la cual las partes no están relacionadas. El valor
Razonable de un activo se basa en su ubicación y condición, referidas al
Momento actual.
IMPORTE EN LIBROS
Es el importe por el que un activo se
Reconoce en el estado de situación financiera.
RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN SEGÚN LA NIC 41
La entidad reconocerá un activo biológico o un producto agrícola cuando,
Y sólo cuando:
(a)la entidad controle el
Activo como resultado de sucesos pasados;
(b)sea probable que fluyan a la entidad beneficios económicos futuros
Asociados con el activo; y
(c)el valor razonable o el
Costo del activo puedan ser medidos de forma fiable.
CONSIDERACIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN
üLos productos agrícolas cosechados o recolectados que procedan de activos
Biológicos de una entidad se medirán a su valor razonable menos los costos de
Venta en el punto de cosecha o recolección.
üLa determinación del valor razonable de un activo biológico o de un
Producto agrícola, puede verse facilitada al agrupar los activos biológicos o
Los productos agrícolas de acuerdo con sus atributos mas significativos (edad,
Peso, calidad), y que a su vez correspondan con los más usados en el mercado
Como base para la fijación de los precios.
SUBVENCIONES GUBERNAMENTALES
La NIC 20, en su párrafo 3 define las subvenciones oficiales como “ayudas
Procedentes del sector público en forma de transferencias de recursos a una
Empresa en contrapartida del cumplimiento, futuro o pasado, de ciertas
Condiciones relativas a sus actividades de explotación, condicionando su
Reconocimiento a la existencia de una razonable seguridad de que la empresa
Cumplirá las condiciones asociadas a su disfrute y que, por tanto, recibirá las
Subvenciones en las condiciones prefijadas”
INFORMACIÓN A REVELAR:
ØLa entidad revelará la ganancia o pérdida total surgida durante el
Periodo corriente por el reconocimiento inicial de los activos biológicos y los
Productos agrícolas, así como por los cambios en el valor razonable menos los
Costos de venta de los activos biológicos.
ØLa entidad debe presentar una descripción de cada grupo de activos
Biológicos.
ØLa entidad revelará los métodos y las hipótesis significativas aplicadas
En la determinación del valor razonable de cada grupo de productos agrícolas en
El punto de cosecha o recolección, así como de cada grupo de activos biológicos.
ØLa entidad revelará el valor razonable menos los costos de venta, de los
Productos agrícolas cosechados o recolectados durante el periodo, determinando
El mismo en el punto de recolección.
ACTIVIDAD AGRÍCOLA:
Es la gestión por parte de la entidad, de las
Transformaciones biológicas realizadas con los activos biológicos, ya sea para
Destinarlos a la venta, para dar lugar a otros productos agrícolas o para
Convertirlos en otros activos biológicos
Los costos de venta: son los costos incrementales directamente
Atribuibles a la disposición de un activo, excluyendo los costos financieros y
Los impuestos a las ganancias.
Un grupo de activos biológicos: es una agrupación de animales vivos, o de
Plantas, que sean similares.
La cosecha o recolección: es la separación del producto del activo
Biológico del que procede, o bien el cese de los procesos vitales de un activo
Biológico
ACTIVIDADES AGROPECUARIAS:
Son todas aquellas acciones
Relacionadas con las actividades primarias de la economía, divididas en dos
Grandes sectores: por un lado, el sector agrícola o agricultura, y por otro el
Sector ganadero o ganadería
IMPORTANCIA:
- Seguridad Alimentaria: la agricultura nos provee De bienes naturales en forma de alimento, o de materias primas para la Industria textil
- Protección del ambiente: las actividades Agrícolas además, tienen consecuencias ambientales, pues construyen el Paisaje y aportan ventajas medioambientales en la conservación del suelo, Preservando la biodiversidad y procurando una gestión sostenible de los Recursos naturales.
- Estabilidad Social: supone unas de las Actividades económicas esenciales para el desarrollo de las naciones, ya Que fomentan el desarrollo económico y social de numerosas zonas rurales.
NORMATIVA LEGAL:
üLey de la
Gran Misión Agro Venezuela, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.151 de fecha 18 de Noviembre de 2014
üDecreto con
Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
Ley de Pesca y Acuicultura, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.150 de fecha 18 de Noviembre de 2014
üDecreto con
Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos, publicada en la Gaceta
Oficial Extraordinaria N° 6.156 fecha 19 de Noviembre de 2014
üDecreto
1.621 mediante el cual se dicta el Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder
Popular Para la Agricultura y Tierras, de fecha 20 de Febrero de 2015,
Publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.175 de la misma fecha.
üDecreto con
Rango Valor y Fuerza de Ley de Atención al Sector Agrario, publicado en la
Gaceta Oficial Ordinaria N°39.945 de fecha 15 de Junio de 2012
üLey de
Semillas, G.O N° 6.207. De fecha 28 de Diciembre de 2015
INCENTIVOS FISCALES:
ISLR:
Exoneración
Del pago de ISLR para actividades primarias según G.O.40.873. Decreto 2.287 de
Fecha 28/03/2016
IVA: ESTARÁN EXENTOS DEL IVA:
1. Las
Importaciones y las ventas de los siguientes bienes y servicios:
a) Los
Alimentos y productos para consumo humano que se mencionan a continuación:
* Productos
Del reino vegetal en su estado natural, considerados alimentos para el consumo
Humano, y las semillas certificadas en general, material base para la
Reproducción animal e insumos biológicos para el sector agrícola y pecuario.
* Especies
Avícolas, los huevos fértiles de gallina, los pollitos, pollitas y pollonas
Para la cría, reproducción y producción de carne de pollo y huevos de gallina.
* Arroz.* Harina de origen vegetal, incluidas las sémolas.
* Huevos de
Gallinas.* Azúcar y
Papelón, excepto los de uso industrial
* Café
Tostado, molido o en grano
* Leche
Cruda, pasteurizada, en polvo, modificada, maternizada o humanizada y en sus
Fórmulas infantiles, incluidas las de soya.
* Queso
Blanco duro.* Margarina
Y mantequilla.
* Carne de
Pollo en estado natural, refrigerada y congelada.
b) Los
Fertilizantes, así como el gas natural utilizado como insumo para la
Fabricación de los mismos;
c) Los
Medicamentos y agroquímicos y los principios activos utilizados exclusivamente
Para su fabricación, incluidas las vacunas, sueros, plasmas y las sustancias
Humanas o animales preparadas para uso terapéutico o profiláctico, para uso
Humano, animal y vegetal.
Ley de Timbre Fiscal: de acuerdo a la localidad (insumos agrícolas, compra
De maquinarias, compra de semovientes, remodelación de infraestructura,
Etc)
NIIF. 15 INGRESOS PROVENIENTES DE CONTRATOS CON CLIENTES
Contabilidad del Sector Construcción
Antecedentes:
ØInició su
Discusión en el año 2002. Emitíéndose finalmente el 28/05/2014.
Esta norma sustituye a la NIC 11 «
Contratos de Construcción» y la
NIC 18 « Ingresos de Actividades Ordinarias»
Entrada en vigencia:
ØEjercicios
Iniciados a partir de Enero 2018
OBJETIVO:
Determinar
El tratamiento contable de los ingresos procedentes de la venta de bienes y la
Prestación de servicios a un cliente
ALCANCE:
El principio
Fundamental es que una Entidad debe reconocer sus ingresos ordinarios de forma
Que la transferencia de bienes o servicios comprometidos con los clientes, se
Registre por un importe que refleje la contraprestación que la Entidad espera que le corresponda a
Cambio de dichos bienes o servicios
ETAPAS PARA APLICAR LA NIIF 15:
IDENTIFICAR EL CONTRATO CON EL CLIENTE
Una entidad contabilizará un contrato cuando:
•Sea aprobado por las partes
•Se pueda identificar el derecho de cada parte
•Se puedan identificar los términos de pago
•Las partes estén comprometidas a cumplir
•Es probable que la entidad recaude la contraprestación
•El contrato tenga un fundamento comercial
2. IDENTIFICAR OBLIGACIONES DE DESEMPEÑO
SE TRATA
DE «SEGREGAR» EL CONTRATO.
La norma
Exige identificar obligaciones diferenciadas
Dentro de un contrato, a las que deberá asignarse parte del precio del
Contrato y para las que luego se determinará su imputación a ingreso de manera separada
3
. DETERMINAR EL PRECIO DE LA TRANSACCIÓN:
se refiere al importe de la contraprestación en un
Contrato al que una entidad espera tener derecho a cambio de la transferencia
De los bienes o servicios comprometidos con el cliente. El precio puede ser fijo o variable
4. ASIGNAR EL PRECIO DE LA TRANSACCIÓN:
cuando un
Contrato incluye más de una obligación diferenciada, la entidad debe distribuir
El precio de la transacción entre las distintas obligaciones de forma
Proporcional a los precios de venta
Independientes correspondientes.
4
. RECONOCER EL INGRESO DE ACTIVIDADES ORDINARIAS:
a medida que
Se satisface una obligación de desempeño mediante la transferencia de un bien o
Servicio comprometido con el cliente, es decir, cuando el cliente toma el
Control de ese bien o servicio.