1ºPrincipales formas jurídicas de la empresa:
El ordenamiento jurídico español regula diversas formas según características e intereses. Entre las principales encontramos desde el empresario individual a las diversas formas de sociedades mercantiles.
Individual ————–Empresa individual—-comunidad de bienes.
Empresa Responsabilidad limitada:–
Sociedades civiles.-Sociedades colectivas
Colectiva Mixta:–
Sociedades comanditarias.
Responsabilidad ilimitada
-Sociedades Anónimas.- Sociedades de responsabilidad limitada.-Sociedades anónimas laborales.-Sociedades Cooperativas.
2ºLa empresa individual:
El empresario individual es aquella persona física que, contando con la capacidad legal necesaria ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad empresarial. Características: -Es personalista: importancia de la persona de los socios.-Responsabilidad ilimitada, subsidiaria y solidaria (Ilimitada: responde con su patrimonio…Empresario casado: bienes conyugales). -Inscripción en el registro mercantil: es voluntaria.
3ºLa sociedad colectiva:
Importa la capacidad de sus socios, tanto económica como personal, puesto que responden de las deudas de la sociedad cuando esta no puede hacer frente a las mismas, y al mismo tiempo participan en su gestión. Está compuesta por una pluralidad de personas aportando capital y trabajo, o solo trabajo, respondiendo de forma personal, solidaria y subsidiaria de las obligaciones contraídas por la sociedad y participando de los derechos que les corresponden. Características: -Es personalista.-Responsabilidad ilimitada, subsidiaria y solidaria. -Nº mínimo de socios: 2. -Razón social:
Compuesto por el nombre de todos los socios seguido de (Y Cía.). -Trámites jurídicos: Escritura Pública, Inscripción en el registro Mercantil, Certificación Negativa de Denominación. Lo primero que hay que hacer es elevar el acuerdo entre los socios a Escritura Pública y posteriormente inscribirla en el Registro Mercantil. Para que un notario autorice la escritura debe presentar una certificación expedida por el Registro Mercantil Central.
4ºSociedad comanditaria simple y Por acciones: (
Evolución de la sociedad colectiva)
Sociedad comanditaria simple: su capital proviene de las aportaciones personales y directas de los socios. Funciona bajo una razón social, está compuesta por dos tipos de socios: unos denominados colectivos, que responden ilimitada, subsidiaria y solidariamente de las deudas de la sociedad, y otros comanditarios que tienen su responsabilidad limitada a la cuantía de sus aportaciones. Características: -Es personalista y capitalista: socios colectivos y comanditarios. -Responsabilidad: *Socios colectivos: son los administradores de la sociedad. *Socios comanditarios: responsabilidad limitada a la cuantía de sus aportaciones. -Nº de socios: 2 mínimos. -Razón social: nombre de todos los socios seguido de Sociedad en comandita (S.Com). -Trámites Jurídicos: Escritura pública, Inscripción en el registro mercantil y Certificación Negativa de Denominación.
sociedad comanditaria por acciones: todo su capital está dividido en acciones, muy cerca de la sociedad anónima. Los socios colectivos se encargan de la administración y responden de las deudas.
5º 1) La Sociedad Anónima:
Sociedad mercantil constituida por uno o más socios, que en su conjunto aportan un capital no inferior a 10 millones de ptas. dividido en acciones y los cuales no responden personalmente de las deudas sociales. *Características: -Las aportaciones pueden hacerse en dinero o especie.-Sociedad capitalista y abierta.-El capital deberá estar íntegramente suscrito y desembolsado al menos el 25%.-Puede ser constituida por uno o más socios. Las acciones son las partes alícuotas en que se divide el capital de la S.A. *Derechos sociales que otorga la acción:
-A percibir dividendos activos.-A participar en el patrimonio resultante de la liquidación.-Preferente de suscripción.-A voto en la junta general de accionistas.-De información.-A impugnar acuerdos sociales.*Denominación: cualquier nombre acompañado de Sociedad Anónima o S.A.*Los órganos sociales: se encargan del cumplimiento de sus fines:-Junta general de accionistas: ·
Órgano supremo de expresión de la voluntad colectiva, tomando acuerdos por mayoría de votos. ·
Consejo de administración:
se encarga de la administración, gestión y representación de la sociedad, organización y dirección de la empresa actuando en nombre de la sociedad. ·
Censores de cuentas:
órgano encargado de revisar las cuentas anuales y el informe de cuestión.*Tramites Jurídicos: Escritura Pública, Inscripción en el Registro Mercantil, Certificación Negativa de denominación.(en grandes S.A. se requiere una suscripción pública de acciones).
2)La sociedad de responsabilidad ilimitada:
Sociedad mercantil que puede ser constituida con uno o más socios, que aportan en conjunto un capital mínimo de 500.000 pts. Dividido en participaciones sociales iguales, no responden personalmente de las deudas de la sociedad.*Características:-Sociedad de responsabilidad limitada. -Sociedad mercantil, mixta, ni personalista, ni capitalista.-El capital deberá estar íntegramente suscrito y totalmente desembolsado.-El capital social está dividido
*Denominación: cualquier nombre acompañado de Sociedad de responsabilidad limitada o S.R.L. o S.L. *Los órganos sociales: ·
Junta general de socios
Órgano supremo de expresión de la voluntad colectiva, representados todos los socios, deciden por mayoría. Las juntas generales pueden ser ordinarias, extraordinarias y universales.·
Los administradores:
se encargan de la administración, gestión y representación de la sociedad, organización y dirección de empresa actuando en nombre de la sociedad. *Trámites jurídicos: Escritura Pública, Inscripción en el registro mercantil, Certificación negativa de denominación.
6ºColectividad, Empresas y Sociedades Mutualistas: La Sociedad Anónima Laboral; Sociedades Cooperativas y Sociedades de Garantía Recíproca.
La razón de su existencia es la participación en las mismas de distintos componentes de la colectividad. El objetivo es la pervivencia de la actividad de sus partícipes y obtención de ventajas en el desempeño. La participación puede adoptar distintas modalidades y tener distintos fines: ·Cogestión: objeto de aumentar la motivación, se platean modalidades de participación en su gestión(empresas).·Autogestión: los trabajadores buscan formas asociativas para constituir nuevas empresas.
1º
La Sociedad anónima Laboral
Al menos el 51% de su capital pertenece a los trabajadores ligados a la empresa por un contrato social indefinido y con jornada completa. Deberán cumplir unos requisitos de constitución.*Características: -El capital al menos 10.000.000 pts. Suscrito en su totalidad y desembolsado al menos en 25%.-Dividido en acciones nominativas.-Ningún socio puede poseer más del 25%de las acciones.-Pueden contratar trabajadores(no socios) pero no puede exceder el 15%.*Transmisión de las acciones: restricciones para que aumente la participación de socios.*Tramites Jurídicos: Escritura pública, Inscripción en el registro mercantil, Inscripción en el registro de Sociedades anónimas Laborales, Certificación negativa de denominación.*Nº mínimo de socios: 4 mínimo en la constitución.*Denominación social: cualquiera acompañada de S.A.L
2º
Las Sociedades Cooperativas:
sociedades que, con capital variable y estructura y gestión democrática, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, y al servicio de la comunidad desarrollan actividades empresariales, imputándose los resultados económicos a los socios, una vez atendidos los fondos comunitarios.*Características:-es una sociedad abierta.-El capital es variable, aumenta con las aportaciones de los nuevos socios y disminuye con la salida.-Se representa en títulos nominativos no negociables.-Clases de cooperativas: -de primer grado(mínimo de tres socios).-de segundo grado(a su vez cooperativas, mínimo en números de 2.-Organos sociales:-Asamblea General, Consejo Rector e Interventores. Tramites sociales: -Escritura Pública, Inscripción en el registro de Cooperativas, Certificación Negativa de denominación .-Nº mínimo de socios:3.-Denominacion Social: acompañada de Sociedad cooperativa o S. Coop.
3º
Las sociedades de garantía recíproca: su objeto es prestar a sus partícipes las garantías para contraer deudas. El capital social está constituido por las aportaciones de los socios y es variable. El capital está dividido en participaciones sociales de igual valor nominal. Los socios no podrán ser en nº inferiores a 150 entre socios partícipes y socios protectores. Las S.G.R. deberán inscribirse en un registro especial del Banco de España.