Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Sociedades

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

1. ¿Qué es el IRPF?

El impuesto sobre la renta de las personas físicas es un tributo que grava la renta que perciben las personas físicas, teniendo en cuenta la naturaleza de esos ingresos y las circunstancias personales y familiares.

2. Describe los elementos del IRPF

Contribuyente y sujeto pasivo: son las personas físicas que residen en el territorio español y obtienen una renta.

Hecho imponible: la obtención de la renta.

Base imponible: el importe de la renta que percibe el contribuyente.

Cuota tributaria: se calcula aplicando el tipo de gravamen que le corresponda al contribuyente sobre la base imponible.

Ámbito de aplicación: se aplica en todo el territorio español (aunque existen particularidades en País Vasco, Navarra, Canarias, Ceuta y Melilla).

6. ¿Qué son las retenciones e ingresos a cuenta? pon ejemplos ¿con qué modelo se presentan?

Las personas jurídicas que satisfacen retribuciones dinerarias o en especie están obligadas a realizar retenciones o ingresos a cuenta.

  • Ejemplo de retención a cuenta: una empresa paga la nómina del empleado y retiene una cantidad para pagar a Hacienda. La empresa retiene al trabajador para posteriormente ingresarlo en Hacienda en su nombre.
  • Ejemplo de ingreso a cuenta: Un banco regala una televisión a un cliente por domiciliar la nómina. Deberá cobrar en la cuenta del cliente el importe del impuesto para luego ingresarlo en hacienda.

Las retenciones e ingresos a cuenta se ingresan mensual o trimestralmente presentando el modelo 111. Además se presentará anualmente un resumen de las retenciones e ingresos a cuenta efectuados, con el modelo 190.

3. ¿Cuántos tipos de renta hay en el IRPF? Pon ejemplos.

Rendimientos del trabajo. Por ejemplo: el salario que recibe un trabajador.

Rendimientos de actividades económicas. Por ejemplo: los ingresos que obtiene un autónomo por el trabajo que realiza.

Rendimientos del capital. Por ejemplo: los intereses de las cuentas bancarias.

Ganancias y pérdidas patrimoniales. Por ejemplo: la ganancia que obtiene una persona al vender su vivienda.

Imputaciones de renta establecidas por la ley. Por ejemplo: casos en los que la ley entiende que hay una obtención de renta, solo por el hecho de ser propietario de un bien. Ejemplo: ser titular de una propiedad que no sea la vivienda habitual.

7. ¿Qué es el impuesto de sociedades? ¿Con qué modelo se declara? ¿Cuál es su plazo de presentación?

El impuesto sobre sociedades es un tributo que grava la renta de las sociedades y las entidades jurídicas.

Es como el IRPF de las personas jurídicas.

Se declara a través del modelo 200, y el plazo para su presentación son los 25 primeros días naturales del mes de julio.

4. ¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?

  • Quienes hayan obtenido ingresos en concepto de rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales. En este límite se incluyen los sueldos, las pensiones, y otras prestaciones.
  • Quienes hayan obtenido ingresos en concepto de rendimientos del trabajo superiores a 14.000 euros procedentes de varios pagadores, siempre y cuando el segundo pagador (y los restantes) proporcionen una cantidad superior a los 1.500 euros.
  • Quienes reciban más de 14.000 euros anuales en concepto de pensiones compensatorias del cónyuge.
  • Los profesionales autónomos que hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo superiores a 1.000 euros anuales.
  • Los contribuyentes que hayan recibido ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, entre otros) superiores a 1.600 euros anuales.
  • Los contribuyentes que hayan recibido una importe superior a 1.000 euros en rentas inmobiliarias (pisos, locales o plazas de garaje).
  • Quienes hayan percibido rendimientos del capital mobiliario derivados de letras del Tesoro.

8. Describe cuál es el hecho imponible, el sujeto pasivo, la base imponible y el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades.

Hecho imponible: la obtención de renta por el sujeto pasivo.

Contribuyente y sujeto pasivo: Son las personas jurídicas que tengan su residencia en territorio español.

Se considerarán residentes en territorio español aquellas en las que se de alguno de los siguientes requisitos:

  1. Que se hayan constituido conforme a las leyes españolas.
  2. Que tengan su domicilio social en España.

Base imponible: Es el importe de la renta obtenida en el periodo impositivo.

La base imponible puede ser minorada por la compensación de bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores.

Tipo impositivo: Tipo de gravamen general: 25%

5. Explica las tres formas que tienen los empresarios y profesionales de declarar los rendimientos en renta. ¿Con qué modelos y en qué plazos se presentan?

Hacienda establece diferentes formas de calcular los rendimientos que obtienen los empresarios y profesionales en su actividad económica:

  1. Estimación directa: se calcula el beneficio real obtenido al realizar la actividad de la siguiente forma

RENDIMIENTO DE LA ACTIVIDAD = INGRESOS – GASTOS

Este método se aplica si la cifra de negocios de las actividades que realiza el contribuyente supera los 600.000 euros.

Se utiliza el modelo 130 y los plazos son:

1-20 abril

1-20 julio

1-20 octubre

1-30 enero

Estimación directa simplificada: Este método se aplica si la cifra de negocios de las actividades que realiza el contribuyente no supera los 600.000 euros. Se calcula de la misma forma que la estimación directa normal pero se diferencia en algunos aspectos como la llevanza de la contabilidad, la forma de imputar la amortización del inmovilizado, etc.

Se utiliza también el modelo 130 y los plazos son los mismos que en la estimación directa normal.

  1. Estimación objetiva: Se calcula en función de unos módulos previstos en la ley. RENDIMIENTO DE LA ACTIVIDAD = Suma de los módulos para esa actividad (personal, potencia instalada, superficie del local, etc.).

Requisitos para acogerse a la estimación objetiva:

    1. Que la actividad esté incluida en la orden de módulos.
    2. Que los rendimientos del año anterior no superen los 150.000 euros (250.000 euros si se trata de actividades agrícolas, ganaderas o forestales).

Se utiliza también el modelo 131 y los plazos son los mismos que en la estimación directa.

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