Guía completa sobre formas jurídicas de empresas en España

Formas Jurídicas de Empresas en España

Empresario Individual (Autónomo)

Definición: Persona física que realiza una actividad económica sin socios. Responde de forma ilimitada con su patrimonio personal. Debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Ventajas:

  • Flexibilidad y adaptabilidad a los cambios.
  • Menor inversión inicial.
  • Creación de empleo.

Inconvenientes:

  • Recursos financieros escasos y caros.
  • Falta de economías de escala.
  • Menor cualificación y competencia.

Sociedad Anónima (SA)

Definición: Sociedad mercantil con un capital mínimo de 60.000€ dividido en acciones. Los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado.

Características de las acciones:

  • Participación en beneficios y patrimonio.
  • Derecho a voto en la Junta General.
  • Libre transmisión.

Órganos de gobierno:

  • Junta General de Accionistas: Toma de decisiones.
  • Administradores o Consejo de Administración: Gestión y representación.

Ventajas:

  • Responsabilidad limitada.
  • Facilidad para obtener financiación.
  • Separación de propiedad y gestión.

Inconvenientes:

  • Posibles conflictos entre accionistas y directivos.
  • Complejidad administrativa.

Sociedad Limitada (SL)

Definición: Sociedad mercantil con un capital mínimo de 3.000€ dividido en participaciones. Los socios tienen responsabilidad limitada.

Particularidades:

  • Transmisión de participaciones limitada.

Órganos de la sociedad:

  • Junta General: Toma de decisiones.
  • Administradores: Gestión y representación.

Ventajas:

  • Responsabilidad limitada.
  • Menor complejidad que la SA.

Inconvenientes:

  • Restricciones en la transmisión de participaciones.

Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)

Variante de la SL con ventajas fiscales y burocráticas. Capital social entre 3.000€ y 120.000€, máximo 5 socios.

Sociedad Laboral (S. Lab.)

Definición: Sociedad anónima o limitada en la que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores.

Particularidades:

  • Acciones de dos clases: laborales y generales.
  • Restricciones en la transmisión de acciones.

Ventajas:

  • Responsabilidad limitada.
  • Participación de los trabajadores en la empresa.
  • Beneficios fiscales y acceso a subvenciones.

Inconvenientes:

  • Restricciones en la contratación de trabajadores no socios.

Sociedad Cooperativa (S. Coop.)

Definición: Sociedad constituida por personas que se asocian para realizar actividades empresariales con el fin de satisfacer necesidades y aspiraciones económicas y sociales comunes.

Particularidades:

  • Capital mínimo no necesario.
  • Beneficios (excedentes) se reinvierten en la empresa.

Órganos:

  • Asamblea General: Toma de decisiones.
  • Consejo Rector: Alta gestión y representación.
  • Interventores: Control de las cuentas anuales.

Ventajas:

  • Beneficios fiscales.
  • Unión de socios para beneficio mutuo.
  • Defensa del empleo.

Inconvenientes:

  • Dificultad para obtener inversiones a largo plazo.
  • Alto grado de compenetración y confianza necesario.

Clasificación de las Sociedades Mercantiles

  • Personalistas: Sociedad Colectiva (SC) y Sociedad Comanditaria Simple (SCS).
  • De Capital: Sociedad Comanditaria por Acciones (SCA), Sociedad Limitada (SL) y Sociedad Anónima (SA).
  • De Economía Social/Interés Social: Sociedad Cooperativa (S. Coop.) y Sociedad Laboral (S. Lab.).

Clases de Acciones

  • Según derechos: Ordinarias y privilegiadas.
  • Titularidad: Nominativas o al portador.
  • Capital: Ordinarias, propias y liberadas.

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