Guía Completa sobre Tipos de Sociedades Mercantiles en España

Requisitos Legales y Obligaciones Formales para el Pago y Cobro del IVA

Para que las empresas puedan llevar correctamente el pago y el cobro del IVA, existen una serie de requisitos legales y obligaciones formales, como conservar las facturas y los documentos recibidos de sus proveedores y acreedores. Las empresas deben llevar los siguientes libros:

  • Libro de registro de facturas emitidas
  • Libro de registro de facturas recibidas
  • Libro de registro de bienes de inversión

Los empresarios, como sujetos pasivos del impuesto, deben:

  • Emitir facturas por todos los bienes y servicios
  • Presentar una relación detallada de todas las facturas emitidas y recibidas
  • Declarar mensualmente en un documento oficial habilitado a ese efecto
  • Presentar un resumen anual de las operaciones

Tipos de Sociedades Mercantiles

Sociedad Colectiva (S.C.)

  • Regulada por el Código de Comercio
  • Socios colectivos: Intervienen directamente en la gestión y responden de forma personal, solidaria e ilimitada frente a las deudas sociales.
  • Socios comanditarios: Aportan capital y participan únicamente en los resultados económicos, sin gestión ni responsabilidad ilimitada.
  • Número mínimo de socios: 2 (1 de cada tipo)
  • La condición de socio no se transmite libremente.
  • No existe capital mínimo para la constitución.
  • Tributa por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Razón social: Nombre de todos los socios o de algunos seguido de»y Compañí» y»S. en Comandit».

Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)

  • Creada para facilitar la constitución de pequeñas empresas.
  • Número de socios: 1 a 5
  • Responsabilidad limitada al capital aportado.
  • Capital social: 3.000€ a 120.000€, dividido en participaciones.
  • Razón social: Nombre y apellidos de un socio fundador seguido de un código alfanumérico, además de»SLN».
  • Tributa por el Impuesto sobre Sociedades (IS).
  • Se constituye mediante Documento Único Electrónico.
  • Socios solo pueden ser personas físicas.
  • No se puede ser socio único si ya se es socio único en otra SLNE.
  • No es obligatorio llevar el Libro de Registro de Socios.

Sociedad Laboral (S.A.L. o S.L.L.)

  • Sociedad Anónima o Limitada donde la mayoría del capital (al menos 51%) es propiedad de los trabajadores.
  • Regulada por la Ley de Sociedades de Capital.
  • Ningún socio puede poseer más de un tercio del capital, excepto entidades públicas (hasta el 49%).
  • Mínimo 4 socios, de los cuales 3 deben ser trabajadores.
  • Responsabilidad limitada al capital aportado.
  • Capital social mínimo: 60.000€ (S.A.L.) o 3.000€ (S.L.L.).
  • Capital dividido en acciones o participaciones, que deben estar desembolsadas al menos en un 25% (S.A.L.) o 100% (S.L.L.).
  • Dos clases de acciones/participaciones: laborales y generales.
  • Se pueden contratar trabajadores no socios con restricciones.
  • Razón social: Cualquier nombre seguido de»S.L.L» o»S.A.L».
  • Preferencia en la transmisión de acciones/participaciones laborales a trabajadores indefinidos no socios.
  • Obligación de constituir un Fondo Especial de Reserva con el 10% del beneficio líquido.

Sociedad Cooperativa (S. Coop.)

  • Asociación de personas físicas o jurídicas con intereses comunes que desarrollan una actividad empresarial.
  • Los resultados económicos (excedentes) se reparten entre los socios en función de su actividad cooperativa.
  • Crean un patrimonio común con limitaciones en su transmisibilidad y sin ánimo de lucro.
  • De primer grado: Mínimo 3 socios, normalmente personas físicas.
  • De segundo grado: Mínimo 2 socios, normalmente cooperativas (personas jurídicas).
  • Incorporación y baja de socios voluntaria y libre.
  • Responsabilidad limitada al importe de las aportaciones sociales.
  • Capital social mínimo fijado por ley y variable según el número de socios.
  • En cooperativas de primer grado, las aportaciones de cada socio no pueden superar un tercio del capital social.
  • Capital totalmente desembolsado en el momento de la constitución.
  • Razón social: Cualquier nombre seguido de»S. Coop» y la indicación de su objeto social (por ejemplo,»S. Coop. An»).
  • Para adquirir personalidad jurídica: escritura de constitución, estatutos, otorgamiento ante notario e inscripción en el Registro Mercantil.
  • Órganos sociales: Asamblea General, Consejo Rector, Comité de Recursos e Interventores.
  • Derechos de los socios: Participación, información y reparto de excedentes.
  • Obligaciones de los socios: Asistencia a reuniones, cumplimiento de acuerdos y participación en actividades de formación.
  • Tipos de cooperativas: De trabajo asociado, de consumo y usuarios, de vivienda, agrarias, de servicios, del mar, etc.

Impuestos que Gravan la Actividad Empresarial

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El IVA grava:

  • Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios y profesionales.
  • Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
  • Las importaciones de bienes realizadas por empresarios, profesionales o particulares.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

  • Tributo municipal recaudado por el ayuntamiento.
  • Impuesto directo que grava el ejercicio de una actividad empresarial, profesional o artística en territorio nacional.
  • La cuota se calcula aplicando las tarifas del impuesto sobre las cuotas municipales mínimas, con coeficientes e índices que pueden incrementarla.

Legislación Laboral

Estatuto de los Trabajadores

  • Regula los derechos, libertades y obligaciones de trabajadores y empresas.
  • Contiene la mayoría de las referencias legales en el ámbito laboral.

Ley de Libertad Sindical

  • Norma que fundamenta la representación colectiva de los trabajadores a través de los sindicatos.

Normas Laborales de la Unión Europea

  • Normativa europea que garantiza un nivel de vida mínimo para los trabajadores y la equiparación de condiciones laborales entre países miembros.
  • Se basa en la libre circulación de trabajadores en la UE.

Convenios Colectivos

  • Acuerdos entre representantes de trabajadores y empresarios que regulan las condiciones laborales de un sector o empresa.

Contrato de Trabajo

  • Acuerdo privado entre trabajador y empresa donde se pactan las características de la relación laboral por cuenta ajena.
  • Debe respetar las condiciones mínimas del convenio colectivo aplicable.

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