Ventanilla única: centros presenciales o portal virtual que de forma tutorizada, informan y ayudan a los emprendedores en todos los trámites legales que requiere la constitución y la puesta en funcionamiento de una empresa o proyecto. Es una iniciativa conjunta de todas las administraciones públicas (estatal, comunidad autónoma y local) y las cámaras de comercio. Hacienda Pública. Seguridad Social. Ministerios y otras instituciones.M. Industria y Energía. Registro Propiedad Industrial.Notaría, Registros y otros.
· Las funciones del Ayuntamiento en relación a la constitución de la empresa son:
- Función de ‘policía’: Proteger el medio ambiente y la seguridad ciudadana y de las instalaciones.
- Función de promoción: De infraestructura industrial, asesoramiento, subvenciones y promociones.
- Licencia de Apertura.
- Licencias de Obras, si procede.
- Alta en el Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I.)
- Su función es la de controlar fiscalmente el inicio y el desarrollo de las actividad empresarial.
- Los trámites más importantes son:
- Solicitud de número de identificación o código de identificación fiscal (N.I.F o C.I.F.).
- Alta en el impuesto de actividades económicas (I.A.E.).
- Legalización de los libros de hacienda (libro de facturas recibidas y facturas emitidas).
- Alta en el impuesto de valor añadido (I.V.A.) si procede (educación y salud no están sujetos al IVA).
- Corresponde controlar las condiciones en las que se desarrolla la actividad empresarial y proteger al personal de la empresa en el ámbito social y de la seguridad.
- Los trámites más importantes son:
- Inscripción de la empresa.
- Afiliación y alta de los trabajadores.
- Libro de visitas.
- Apertura de centro de trabajo.
- Ministerio de Industria y Energía: para el registro de actividades industriales, carné y certificados técnicos (gas, electricidad…).
- Registro Propiedad Industrial: para solicitar la protección de patentes y marcas.
- El notario, que es un profesional libre de derecho, que pertenece al Ministerio de Justicia y está organizado por colegios que les apoyan en su función y la controlan. Ejercen una función pública en cuanto que están investidos de la facultad de dar fe y autentificar los actos en los que intervienen, garantizando a los particulares la seguridad en las transacciones.
- El trámite más importante en la creación de empresa es el de elevar a escritura pública el contrato de sociedad (o acuerdos de los socios) y las asignaciones de poderes en la empresa.
- Oficina pública a la que puede accederse libremente para solicitar hechos o actos de cualquier empresa (escrituras, estatutos, acuerdos, cambio domicilio, cuentas anuales, legalización libros contables…) mediante:
- Certificación, copia simple o nota informativa, consulta del BORME.
- Se compone de las siguientes Sedes:
- Registro central sito en Madrid, encargado de editar el boletín oficial del registro mercantil (BORME) y donde se solicita la certificación negativa del nombre.
- Registro en cada provincia, donde cada empresa solicita su número de inscripción que debe constar en toda la documentación de empresa.
Trámites constitución empresa:
- Trámites para adoptar la personalidad jurídica.
- Trámites para la puesta en marcha.
- Trámites para el registro mercantil.
- Otros trámites específicos de la actividad.
Trámites para constitución de persona física:
- No se requiere ningún trámite específico, salvo: presentar el NIF de los promotores, un contrato público o privado de constitución (preferible ante notario), abonar en la delegación de hacienda (consejería de hacienda de la comunidad autónoma) el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITP y AJD).
Trámites de constitución de sociedad:
- En el registro mercantil (de cooperativas o laborales, si procede): solicitud de la certificación negativa del nombre y registro de actos y hechos empresariales.
- En el Ministerio de Trabajo (Dirección General de Cooperativas y Sociedades Laborales – para ámbito nacional o interprovincial – o Dirección Provincial de Trabajo – para ámbito provincial): calificación de la sociedad como cooperativa o laboral.
- En notaría: escritura pública de la sociedad.
- En delegación de hacienda: liquidación del ITP y AJD y solicitud del código identificación fiscal (CIF).
Trámites puesta en marcha en la Hacienda Pública (AEAT):
- Alta en el impuesto de actividades económicas (I.A.E.).
- Declaración censal: inicio de actividad.
- Libros de hacienda a efectos del impuesto de valor añadido (IVA):
- En el régimen general: libro de facturas recibidas, facturas emitidas y bienes de inversión.
- En el régimen simplificado: libro de facturas recibidas.
- Libros de hacienda a efectos del impuesto de renta de las personas físicas (IRPF) (SOLO PARA EMPRESARIOS INDIVIDUALES).
Trámites de puesta en marcha en el Ayuntamiento:
- Gerencia de Urbanismo (licencia de obras).
- Área de Medio Ambiente o similar (licencia de apertura actividades e instalaciones, licencia de ocupación, cambio de titularidad del negocio, cambio de actividad).
Trámites puesta en marcha en el Registro Mercantil:
- Certificación negativa del nombre (instancia oficial).
- Legalización de libros que exige el código de comercio.
- Depósito y publicidad de las cuentas anuales y documentos complementarios.
- Nombramiento de expertos independientes.
- Nombramiento de los auditores de cuentas (en su caso).
Trámites de puesta en marcha en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales:
- Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Inscripción de la empresa en la seguridad social, alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, afiliación y alta de los trabajadores en el régimen general de seguridad social.
- Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social: comunicación apertura centro de trabajo.
- Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social: diligenciado de libros de visita (comunicación y adquisición de libros).
Ayudas y subvenciones de la Unión Europea.
- COMUNITARIAS: Euro Info Centres (EIC): Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) (informan y asesoran a las pequeñas y medianas empresas (PYMES)). Confederación Española de Organizaciones Empresariales. Cámara de Comercio e Industria.
Ayudas y subvenciones del Estado:
- ESTATALES: en la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado.
- AUTONÓMICAS: Instituto de Fomento de Andalucía: inversiones en activos fijos (maquinarias), modernización empresarial, convenio comunidad autónoma y entidades financieras (subvención tipo de interés).
- LOCALES: Diputaciones, Cabildos Insulares y Ayuntamientos: ayudas financieras, técnicas y en formación.
- INSTITUCIONALES: Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.
Fuentes de financiación:
- La financiación es una forma en que las empresas obtienen los recursos monetarios que necesitan para el desarrollo de su actividad.
- Los recursos o la financiación pueden ser: propios o ajenos (créditos de financiamiento, créditos de funcionamiento).
Financiación propia:
- Recursos que son propiedad de la empresa:
- Capital social o aportación inicial de los socios (o ampliaciones posteriores).
- Autofinanciación o dinero generado por la empresa en forma de beneficios y que destina a los fondos de reserva obligatoria y voluntarias.
Financiación ajena a largo plazo:
- Son los créditos de financiamiento o recursos que pide la empresa para su creación (o ampliación del negocio) y que devolverá a las entidades que se lo conceden en un plazo largo de tiempo (superior a un año). Adoptan la forma de:
- Préstamos y créditos de entidades financieras (con coste financiero: intereses).
- Subvenciones de organismos públicos (sin coste financiero).
Financiación ajena a corto plazo:
- Son los créditos de funcionamiento o recursos que pide la empresa para el desarrollo de su actividad y que devolverá a las entidades que se lo conceden en un plazo corto de tiempo (periodo inferior al año). Adoptan la forma de:
- Créditos de proveedores y acreedores (créditos comerciales: espontáneos y sin coste financiero).
- Préstamos, cuentas de crédito y descuento de efectos (a corto plazo y con coste financiero).
Préstamos:
- Dinero (principal o capital) que entrega una entidad financiera (banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito) a un empresario y que este se compromete a devolver, mediante anualidades o mensualidades junto con unos intereses y comisiones calculados sobre el total del capital prestado y en la fecha acordada, denominada vencimiento.
- Garantías del préstamo:
- REAL: sobre hipoteca (bien inmueble) o prenda (bien mueble).
- PERSONAL: sobre el patrimonio de la persona o avalista.
Cuenta de crédito:
- Límite de dinero que la entidad bancaria pone a disposición del empresario para su uso, a cambio de unas comisiones (apertura, estudio, exceso, disponibilidad, corretaje) e intereses calculados sobre las cantidades dispuestas, obligándose el empresario a devolver tanto el principal del préstamo como los intereses devengados, en el plazo que se haya estipulado.
Descuento de efectos:
- Una entidad financiera adelanta a la empresa un importe de unos efectos o letras de cambio con vencimiento en fechas posteriores, entregando a cambio un efectivo, rebajado con el importe de intereses de descuento y comisiones de la operación.
Si al vencimiento, el efecto no fuese pagado por el deudor, el banco se lo devuelve a la empresa, descontándole de su cuenta corriente tanto el importe del efecto como los gastos de devolución que se ocasionen.