Tipos de responsabilidad fiscal
IVA
IVA (Impuesto al Valor Agregado): Corresponde abonarlo o no dependiendo del tipo de producto o servicio que ofrezcamos. Se abona al comprar un producto o servicio, adicionando un porcentaje sobre el valor del mismo. Si se revende, también se aplica.
Impuesto a las Ganancias
Impuesto a las Ganancias: Se liquida y abona anualmente. Para su cálculo se contempla la facturación y los gastos de la empresa. Sobre la diferencia entre ellos se abona un porcentaje. Para liquidarlo se hace falta un contador.
Categorías de responsabilidad fiscal
Responsable Monotributo
Es una categoría unipersonal, por lo que si el emprendimiento lo conforma más de un socio, lo abonará cada uno de ellos.
Los monotributistas pagan IVA al comprar productos o servicios gravados con este impuesto y lo cobran al facturar, pero ese IVA de compras no puede ser recuperado en forma discriminada, como haría un responsable inscripto.
Ventajas del Monotributo:
- Cuota mensual fija
- No deben realizar declaración anual de ganancias
- Obra social para el aportante y su grupo familiar
- Ideal para quien inicia un emprendimiento comercial
Responsable Inscripto
Es una categoría unipersonal, pero optan por estar inscriptos en IVA para poder operar en compras y ventas, discriminando el IVA en la facturación.
Abonan en forma anual Ganancias y requieren de la participación obligatoria de un profesional contable ya que deben efectuar presentaciones mensuales de IVA y declaraciones anuales de ganancia.
Exento de IVA
No cobran IVA en sus ventas por lo que sus productos no incluyen ese impuesto.
Tipos de sociedades
Sociedad de Hecho
Se denomina así a aquellas sociedades que se conforman de común acuerdo entre las partes, pero que no se inscriben en los registros públicos de sociedades. Los participantes pueden ser Monotributistas, Responsables Inscriptos o exentos. La responsabilidad legal de la sociedad involucra directamente a los bienes personales de todos los participantes.
SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada)
Es una sociedad comercial en la que el capital está dividido en participaciones iguales repartidas entre los socios, acumulables e indivisibles, que no pueden incorporarse como tales a títulos negociables ni denominarse acciones, y en la que la responsabilidad de los socios se circunscribe exclusivamente al capital aportado por cada uno. Para formar una SRL hacen falta por lo menos 2 personas y un máximo de 50. La misma puede ser IVA inscripta o Exenta dependiendo de la actividad.
SA (Sociedad Anónima)
Es aquella actividad comercial cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Los accionistas no responden con su patrimonio personal, sino únicamente con el capital aportado. También puede ser inscripta o exenta en IVA y se deben llevar libros contables, balances y realizar asambleas de accionistas. Puede ser formada por 2 o más socios. Para que una empresa pueda cotizar en Bolsa debe ser SA.
Documentos comerciales
Los documentos comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil.
Nota de pedido o de compra
Es un documento mediante el cual una persona o empresa formula un pedido de compra a un comerciante. Este documento comercial no obliga a realizar la operación.
Nota de venta
Se llama nota de venta al documento comercial en el que el vendedor detalla las mercaderías que ha vendido al comprador, indicando cantidad, precio, fecha de entrega, forma de pago y demás condiciones de la operación.
Remito
Se utiliza este comprobante para ejecutar la entrega o remisión de los bienes vendidos. En él, la persona que recibe esos bienes deja constancia de su conformidad, y con ello queda concretado el derecho del vendedor a cobrar y la obligación del comprador a pagar. Sirve de base para la preparación de la factura.
Factura
Es la relación escrita que el vendedor entrega al comprador detallando las mercancías que le ha vendido, indicando cantidades, naturaleza, precio y demás condiciones de la venta.
Nota de débito
Llámese así a la comunicación que envía un comerciante a su cliente, en la que le notifica haber cargado o debitado en su cuenta una determinada suma o valor, por el concepto que la misma indica.
Nota de crédito
Es el documento en el cual el comerciante envía a su cliente, con el objeto de comunicar la acreditación en su cuenta una determinada cantidad, por el motivo expresado en la misma.
Cheque
Llámese cheque a una orden de pago pura y simple librada contra un banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente bancaria o autorización para girar en descubierto.
Tipos de cheques:
- A la orden: Es cuando es girado a nombre de la persona a favor de quien se gira el cheque anteponiendo la palabra «Orden de»……………… (para depositar o cobrar por ventanilla)
- No a la orden: No lo puede transferir a otra persona, lo cobra en ventanilla (si está cruzado con 2 rayitas en la parte superior izquierda no puede) o lo deposita.
- Al portador: En este caso figura la palabra «Al portador» y puede ser cobrado por la persona que lo presente. (páguese a en blanco o nombre de la persona y lo endosa: Firma, DNI y domicilio y lo cobra o deposita (agrega numero de cuenta)
- Cheque al día: tiene solamente una fecha (30 días)
- Diferido: (fecha de emisión y fecha de cobro) La diferencia no puede ser mayor a 365 días
Recibo
El recibo es una constancia de pago o de haber recibido dinero. Lo otorga siempre el que recibe y su firma puesta al pie es la prueba de la extinción parcial o total de la deuda.
Pagaré
Llamase pagaré al documento por el cual una persona se compromete a pagar a otra, o a quien ésta indique, una suma de dinero determinada, en una fecha establecida y en un domicilio estipulado.