Normas Internacionales de Contabilidad (NIC): Guía completa para la presentación de estados financieros

NIC 1 – Presentación de Estados Financieros

Objetivo: Establecer el marco global para la presentación de estados financieros para uso general, incluyendo directrices sobre su estructura y el contenido mínimo.

Resumen: Principios fundamentales que subyacen a la preparación de estados financieros, incluyendo la hipótesis de empresa en funcionamiento, la uniformidad de la presentación y clasificación, el principio contable del devengo y la importancia relativa.

  • Los activos y pasivos, así como los ingresos y gastos, no pueden compensarse salvo que la compensación esté permitida o sea exigida por otra NIIF.
  • Debe presentarse información comparativa correspondiente al ejercicio anterior para los importes incluidos en los estados financieros y en la memoria.
  • Generalmente, los estados financieros deben prepararse con una periodicidad anual. Si cambia la fecha de cierre del ejercicio, y los estados financieros se presentan para un periodo distinto al año, será necesario informar de este hecho.

Un conjunto completo de estados financieros debe incluir:

  • Un estado de situación financiera
  • Un estado de ingresos y gastos totales
  • Un estado de cambios en el patrimonio neto
  • Un estado de flujos de efectivo
  • Notas explicativas

NIC 8 – Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores

Objetivo: Establecer los criterios de selección y cambio de políticas contables, junto con el tratamiento contable y el requisito de información sobre cambios en políticas contables, cambios en estimaciones y errores.

Resumen: Establece una jerarquía para la elección de políticas contables:

  • Normas e Interpretaciones del IASB, teniendo en cuenta cualquier directriz de implantación del IASB.
  • A falta de una NIIF directamente aplicable, deberán consultarse los requisitos y las directrices de las NIIF que se refieran a cuestiones similares y relacionadas; y las definiciones, criterios de reconocimiento y conceptos de valoración para activos, pasivos, ingresos y gastos en el Marco para la Preparación y Presentación de Estados Financieros.
  • La Dirección también puede tener en cuenta los pronunciamientos más recientes de otros organismos reguladores que utilicen un marco conceptual similar para crear principios contables, otra literatura contable y prácticas aceptadas del sector.
  • Las políticas contables deben aplicarse atendiendo a criterios de uniformidad para operaciones similares.
  • Sólo deben realizarse cambios de política contable si lo exige alguna NIIF o si dan como resultado una información más relevante y fiable.
  • Si una NIIF exige un cambio de política contable, deben seguirse los requisitos de transición de dicho pronunciamiento. Si no se especifica ninguno, o si el cambio es voluntario, se aplicará la nueva política contable con efecto retroactivo mediante la reformulación de periodos anteriores, a menos que sea impracticable realizar la corrección, en cuyo caso se aplica la política de forma prospectiva desde el comienzo del primero del período en que sea viable su cálculo.
  • Todos los errores significativos deben corregirse mediante la reformulación de los importes del ejercicio comparativo anterior y, si el error se produjo antes del periodo más antiguo presentado, mediante la reformulación del estado de situación financiera de apertura.

NIC 10 – Hechos Posteriores a la Fecha del Balance

Objetivo: Cuándo debe una empresa proceder a ajustar sus estados financieros por hechos posteriores a la fecha del balance. Las revelaciones respecto a la fecha en que se autorizó la publicación de los estados financieros, así como respecto a los hechos posteriores a la fecha del balance.

Resumen: Los hechos posteriores a la fecha del balance son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha del balance y la fecha de autorización de emisión de los estados financieros.

  • Hechos que implican ajustes: Deben ajustarse los estados financieros para reflejar aquellos hechos que proporcionan evidencia de condiciones que existían en la fecha del balance (como la resolución de un juicio después de la fecha del balance).
  • Hechos que no implican ajustes: No deben ajustarse los estados financieros para reflejar hechos que acontecieron después de la fecha del balance (como una reducción en los precios de mercado después del cierre del ejercicio, que no altera la valoración de inversiones a la fecha del balance).
  • Los dividendos propuestos o declarados con respecto a instrumentos de patrimonio después de la fecha del balance no deberán registrarse como pasivo en la fecha del balance. Es obligatorio revelar información al respecto.
  • Una entidad no deberá preparar sus estados financieros bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que esta hipótesis no es apropiada.
  • Una entidad deberá revelar la fecha de autorización de emisión de sus estados financieros.

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