Política Financiera: Instrumentos, Objetivos y Retos del Nuevo Sistema Financiero Internacional

TEMA 4: POLITICA FINANCIERA INSTRUMENTOS DE LA POLITICA FINANCIERA

Una vez destacado el carácter general de la política financiera, su interrelación con la política monetaria y conocidos los objetivos fundamentales de la misma, podemos ofrecer una definición más exacta de este tipo de política. Entendiéndola como el manejo por parte de las autoridades monetarias y financieras de un país, especialmente por el banco central, de un conjunto diverso de instrumentos financieros de naturaleza cualitativa, estructural y microeconómica. Dirigido a favorecer el logro de sus grandes objetivos finales, que son tres:

  • La eficaz distribución de los recursos disponibles.
  • El mantenimiento de una estabilidad monetaria y financiera.
  • El fomento del ahorro y la inversión productiva.

Finalmente, los instrumentos utilizados en la política financiera y sus características son:

  • Política de control selectivo de créditos à Esta política se basa en controlar el crédito que se mueve en la economía. Este instrumento comprende un conjunto muy diverso de actuaciones por parte de las autoridades monetarias y financieras, como son los siguientes:

– Aplicando coeficientes obligatorios de inversión.

– Los depósitos obligatorios en el Banco Central. (Las reservas legales)

– Sistema de crédito oficial. Lo que hace es conceder el gobierno más o menos créditos a las PYMES o demás actividades.

– La regulación de las condiciones de ciertas operaciones financieras.

– El sistema de redescuento especial.

– Límite de créditos.

– Y otros instrumentos adicionales como la concesión de garantías publicadas ciertos tipos de préstamos o la subvención estatal de los intereses de ciertos créditos.

  • Política de supervisión de las entidades financieras à Son también numerosas las medidas que permiten a las autoridades monetarias y financieras de un país, llevar a cabo la labor supervisora. En términos generales podemos distinguir entre aquellas medidas que tienen como finalidad fundamental garantizar la solvencia de los intermediarios financieros operantes en el país y aquellas otras medidas que se dirigen al control y la disciplina de las entidades financieras.
  • Política de control de cambio à Comprende en general todo el conjunto de disposiciones legales y administrativas que regulan los cobros y los pagos en el extranjero, bien en divisas o en moneda nacional. Así como la adquisición o cesión de bienes y derechos de contenido económico entre residentes y no residentes, es decir, esta política de cambio fija las normas sobre la obtención de créditos del exterior, la realización de inversiones nacionales en el exterior y viceversa.
  • Facilitación de operaciones financieras à Por un lado se encuentra:
  • La facilitación de operaciones financieras con el Tesoro (dinero en público) mediante, por ejemplo, el servicio de anotaciones en aumento de deuda pública.
  • La facilitación de operaciones financieras para las instituciones financieras en general y las bancarias en particular.
  • Política de persuasión moral à Con este instrumento se intenta convencer a las entidades financieras para que restrinjan sus préstamos a un grupo determinado de clientes o actividades. Y en general para que actúen de acuerdo con las indicaciones del Banco Central.
  • Política de publicidad y asesoramiento à Se trata de hacer que las opiniones del banco central sean conocidas por el público y poder influir a través de ellas sobre el comportamiento de los diversos operadores económicos, por ejemplo, mediante informes económicos y estadísticos, notas de prensa, etc.
  • Política de acción directa à Se trata de advertencias y sanciones por parte de las autoridades monetarias y financieras. Se utilizan en aquellos casos en los que un miembro del sector financiero desborda de forma evidente y sistemática, los límites preestablecidos por las autoridades monetarias y financieras.


NUEVO SISTEMA FINANCIERO INTERNACIONAL Todo este proceso de globalización financiera ha tenido lugar en un contexto de abundante liquidez a escala global como consecuencia de los bajos tipos de interés oficiales en los principales lugares del mundo y también ha sido consecuencia de la creciente capacidad de los mercados financieros a través de las innovaciones financieras para multiplicar la liquidez mediante niveles elevados de endeudamiento. Este nuevo sistema financiero internacional ha tenido un impacto muy favorable en un conjunto sobre la economía mundial, pero además ha habido algunos excesos que deben ser corregidos

Respecto a los puntos positivos à Del sistema financiero internacional destacamos los siguientes:

  • El sistema financiero se compone de mercados más completos, profundos y líquidos lo que permite una mayor eficiencia en la asignación de los recursos dentro de los países y entre países. Esto significa que hay más activos financieros y variados.
  • El sistema financiero promueve una mayor diversificación y dispersión de riesgos lo que tiende a generar más resistencia ante perturbaciones negativas.
  • Es el efecto disciplina que la mayor libertad de flujo de capitales ha tenido sobre las políticas económicas de los países. Las presiones competitivas no solo afectan a las empresas, sino que también le afectan a los estados o países y en este sentido la movilidad del capital puede haber contribuido a un notable incremento de la disciplina económica sobre todo en las economías emergentes y en el ámbito monetario.

Pero también ha habido efectos negativos en el proceso de globalización que han aparecido de manera súbita en los últimos meses. Destacamos los siguientes efectos:

  • La dispersión del riesgo favorecida por la innovación financiera y la globalización no ha sido homogénea, sino que se han generado bolsas de fragilidad resultado de la concentración de riesgos.
  • La opacidad y complejidad de muchos de los nuevos productos financieros y la multiplicación de nuevos agentes y métodos de inversión, han demostrado que los problemas se pueden acumular silenciosamente y que en ocasiones solo se conoce su verdadera repercusión cuando estalla.
  • Los desarrollos financieros crecientes también parecen haber generado incentivos inapropiados que han derivado en una vigilancia insuficiente de los riesgos y en niveles excesivos de endeudamiento. Esto significa que a veces invertimos en riesgos de inversión sin ver antes el riesgo que tiene dicha operación.

Ahora bien, dicho todo esto, en el ámbito de la estabilidad financiera el nuevo sistema financiero ha significado nuevos retos para los bancos centrales, es decir, algunas de las principales consecuencias de la crisis financiera actual como, por ejemplo, el panorama de escasez y del encarecimiento de la financiación a consecuencia de la crisis y falta de confianza o también, por ejemplo, otra consecuencia es la rapidez con que algunos mercados han perdido liquidez o la paralización de los mercados interbancarios entre otros, provocaron la reacción de los bancos centrales de las principales economías avanzadas ante la tormenta financiera, que se materializó en primera instancia en la inyección de liquidez para calmar las tensiones en los mercados interbancarios. Por ejemplo, algunos bancos centrales redujeron los tipos de interés oficiales (Reserva Federal de EE.UU o el banco de Inglaterra) mientras que otros bancos centrales los mantuvieron como el Banco Central Europeo o el Banco de Japón.

En conclusión, las autoridades regulatorias y supervisoras también han abierto un proceso de reflexión sobre los mecanismos de control para reducir los riesgos sobre la estabilidad financiera en el futuro. Esta reflexión se desarrolla a distintos niveles aunque todos tienen en común su carácter multilateral, por ejemplo, el Foro de Estabilidad Financiera, el Banco de Pagos Internacionales de Basilea, el G-7, G-20 o la propia Unión Europea.


5.  EL ACUERDO DE CAPITALES (BASILEA I  Y BASILEA II) BASILEA Y EL RIESGO DE LIQUIDEZ

El comité de Basilea fue creado por los gobernadores de los Bancos Centrales de los países del grupo de los 10 (G-10) en 1974. Actualmente está compuesto por representantes de los Bancos Centrales de 13 países que son: Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Luxemburgo, Países Bajos, España, Suecia, Suiza, Reino Unido y Estados Unidos. El Banco de España es miembro de pleno derecho desde el año 2001. En 1974, cuando se fundó, y en 2004 (en 1988 se crea Basilea I) se actualiza al Basilea II. En el 1974 y 2004 se propusieron unas series de planes de actuación para evitar que el sistema financiero internacional se resintiese por malas prácticas a la hora de llevar a cabo actividades de elevado riesgo sin tomar las precauciones oportunas, por ejemplo, las hipotecas subprime (hipotecas basura) que consiste en vender hipotecas a personas que no podían pagarlas (Ninjas) y no dotar las provisiones correspondientes en función de las probabilidades de impago, estos acuerdos se denominaron Basilea I y Basilea II. Con un análisis no demasiado exhaustivo se puede comprobar que el no cumplimiento de Basilea ha sido lo que ha provocado la crisis financiera internacional del 2007. Surge la idea de que ya se preveía una situación de derrumbe de la economía con anterioridad a la crisis ya que las dos propuestas fundamentales de los acuerdos (Basilea I y II) eran las siguientes:

1º) Categorizar perfectamente el riesgo que contraen las entidades financieras, es decir, determinar en qué tipos de fondos pueden invertir las entidades financieras en función del riesgo y la rentabilidad de cada uno de ellos.

2º) Que las entidades financieras se dotasen de un capital regulatorio para disponer de capacidad de absorción de pérdidas y de protección frente a una quiebra.

Estos dos, fueron los puntos clave de Basilea y estos han sido los puntos clave de la crisis financiera internacional. Es más, mientras que la eurozona adoptó las medidas de los acuerdos, Estados Unidos no lo hizo o al menos en parte, y es aquí donde nació y desde donde se extendió la crisis de las hipotecas subprimes.

  1. ACUERDO DE CAPITAL DE BASILEA à BASILEA I

En 1988, el comité de Basilea aprobó el “Acuerdo de Capital de Basilea” también llamado Basilea I. Propuso una metodología para medir el riesgo crediticio según la estructura de activos mantenidos por una entidad bancaria. Este acuerdo se trataba por tanto de un conjunto de recomendaciones para establecer un capital mínimo que debía tener una entidad bancaria en función de los riesgos que afrontaba, esto es el capital regulatorio, siendo el principal riesgo el asociado a los créditos concedidos. Cualquier banco debía disponer de un capital que lo hiciera capaz de absorber pérdidas y de protegerse antes posibles situaciones de quiebra. Debía ser además un capital suficiente para hacer frente a los tres principales riesgos que asume los bancos:

  • El riesgo asociado a los créditos, es decir, dar un crédito y que no lo devuelvan.
  • El riesgo de mercado, que es el riesgo derivado de las fluctuaciones en la cotización de los activos.
  • El riesgo del tipo de cambio, que dependiendo del valor de la divisa pierden o tienen beneficios.

En definitiva, el acuerdo de Basilea I, introdujo unas exigencias mínimas de recursos propios para los bancos del 8% del total de los activos ponderados en función de los riesgos asumidos principalmente de crédito.

Este acuerdo no solo fue adoptado por los países integrantes del comité de Basilea, sino que fue por prácticamente todos aquellos países que tenían un sector bancario activo internacionalmente, es decir, que cualquier país, perteneciera o no al comité, quedaba libre de incorporar este acuerdo con las modificaciones que considerara oportuna.

El acuerdo de Basilea I entró en vigor en más de 100 países.

Basilea I cuenta con algunos problemas como, por ejemplo, no ser suficientemente sensible al riesgo, es decir, no necesariamente se cumplía el principio de “A mayores riesgos, mayores cargas de capital a fin de cubrir dicho riesgo” esto a su vez podía significar un incentivo para las entidades financieras a asumir mayores riesgos, ya que estos no vendrían acompañados de mayores exigencias de capital.


  1. ACUERDO DE CAPITAL DE BASILEA à BASILEA II

Reconociendo esta ineficiencia el comité de Basilea empezó la tarea de reformar Basilea I y generar un nuevo esquema más sensible al riesgo. Finalmente, en junio del 2004 se acordó un nuevo acuerdo de capital que es el Basilea II, para los países miembros del G-10. El objetivo fundamental de Basilea II es lograr una mayor adecuación de los requerimientos del capital de las entidades financieras con los verdaderos riesgos que estas asumen y a su vez, tener en cuenta la creciente complejidad y heterogeneidad del sistema financiero. Dicho acuerdo no solo se basa en diseñar nuevos métodos para calcular el capital regulatorio, el capital que tienen que guardar los bancos, aplicando técnicas más sensibles al riesgo, sino que Basilea II también plantean reglas prudenciales específicas para las entidades de crédito. Diseñado y construido sobre la base del acuerdo de 1988 (Basilea I), el nuevo acuerdo de capital (Basilea II) apunta a incentivar la estabilidad del sistema financiero dando mayor importancia a:

  • Los sistemas de control interno.
  • La administración de los bancos.
  • La disciplina de mercado.

Es por esto que Basilea II se puede definir como un marco global de supervisión bancaria, basado en tres pilares, que permite a los bancos y a sus supervisores evaluar mejor los riesgos a los que se enfrentan en su actividad. PILARES DE BASILEA II

  • Fijación de un requerimiento de capital mínimo à Donde se permiten distintas opciones de distinta complejidad que se adecuan a las características y a las circunstancias de cada entidad. El capital que hay que guardar se calcula en base a los activos ponderados por su riesgo pero con nuevos criterios que reflejan de manera más ajustada el cambio en el perfil de riesgo de las entidades.
  • Proceso de supervisión bancaria à Se trata de un proceso desarrollado por los bancos y por los supervisores del comité de Basilea. Por un lado, los bancos deben evaluar la suficiencia de su capital total en función de su nivel de riesgo asumido, aplicando estrategias para mantener sus niveles de capital. Y por otro lado, los supervisores del comité de la comisión europea, estos deben intervenir para intentar que el capital mantenido por los bancos se mantenga en niveles óptimos y sobre todo evitar que descienda por debajo de los niveles mínimos, exigiendo medidas correctivas cuando lo vean oportuno.
  • La disciplina de mercado à Se basa en la transparencia en la información facilitada al mercado para que este pueda ejercer su función de disciplina

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