Tipos de Empresas
Empresario Individual
Una persona que, por cuenta propia, realiza una actividad comercial y responde con todo su patrimonio a las deudas que pueda contraer. Su responsabilidad, por tanto, es ilimitada.
Características principales:
- Pueden ser mayores de edad con disponibilidad de sus bienes o menores (o incapacitados) a través de sus representantes legales.
- No existe capital mínimo legal para iniciar.
- El empresario responde con todo su patrimonio presente y futuro de las obligaciones que contraiga; su responsabilidad es ilimitada.
- La gestión de la empresa y su representación legal corresponden a su titular.
- La denominación o razón social de la empresa será el nombre del titular.
- El empresario tributa a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los rendimientos de su actividad económica.
- No es obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil del acto de constitución, pero sí aconsejable.
Ventajas e Inconvenientes:
Sus principales ventajas son que el empresario decide con plena autonomía cómo dirigir la empresa y qué hacer con los beneficios. Además, es la forma más sencilla de establecer un negocio, pues no se requiere una inversión inicial mínima ni burocracia previa para constituir la empresa.
Su principal inconveniente es que el empresario asume todo el riesgo, ya que responde con todos sus bienes frente a las deudas de la empresa. Para reducir este riesgo, se creó la figura del emprendedor de responsabilidad limitada (E.R.L.), que permite proteger parte del patrimonio personal del emprendedor, al preservar su vivienda habitual. Otro inconveniente es que son empresas muy dependientes del talento de su fundador, lo que hace que difícilmente sobrevivan a él. Las posibilidades de obtener préstamos también dependen mucho de su patrimonio personal, por lo que suelen tener dificultades para crecer y aprovechar las oportunidades del mercado.
La Sociedad Limitada (S.L. o S.R.L.)
Sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital está dividido en partes iguales, llamadas participaciones, y en la que los socios tienen limitada su responsabilidad al capital aportado.
Características principales:
- Se puede constituir con uno o más socios. Si es de un único socio, se denomina sociedad unipersonal de responsabilidad limitada.
- El capital social no puede ser inferior a 3.000 euros y, en el momento de la constitución, tiene que estar totalmente desembolsado. Las participaciones de capital no pueden representarse por títulos que faciliten su transmisión.
- La responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada, que puede ser en dinero, bienes o derechos.
- En su denominación, junto con el nombre, deberá figurar la expresión «Sociedad de Responsabilidad Limitada» o sus abreviaturas, «S.R.L.» o «S.L.».
Órganos de gobierno:
- La Junta General: Es el órgano supremo de la sociedad y en él están representados todos los socios. Sus funciones son controlar la gestión social, aprobar las cuentas anuales y la distribución del resultado, nombrar a los administradores, reformar los estatutos o disolver la sociedad, etc.
- Los Administradores: Pueden ser socios o no y se encargan de la gestión de la empresa y de ejecutar las decisiones de la junta general. Además, ejercen la representación legal de la sociedad.
Derechos de los socios:
- Participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación de la empresa.
- Adquirir con preferencia nuevas participaciones en caso de aumento del capital.
- Votar en la junta general en función de sus aportaciones.
- Estar informados de las actuaciones de los administradores.
Ventajas e Inconvenientes:
Su gran ventaja es que los socios no responden con su patrimonio ante las posibles deudas. Su principal desventaja está en las restricciones que tienen los socios para transmitir sus participaciones a personas extrañas a la sociedad. También existen limitaciones para la ampliación de capital. Todo ello puede limitar su crecimiento.
Variantes de la Sociedad Limitada:
- Sociedad Limitada Nueva Empresa (S.L.N.E.): Goza de ventajas fiscales (aplazamiento inicial de impuestos) y burocráticas (simplificación de los trámites de constitución e inscripción). Su capital social debe estar entre los 3.000 y los 120.000 euros (solo en aportaciones dinerarias) y no puede tener más de cinco socios.
- Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (S.L.F.S.): No se exige el requisito de capital mínimo. A cambio, se restringe la retribución a socios y administradores y la posibilidad de repartir beneficios. La sociedad perderá la calificación de formación sucesiva cuando alcance el capital mínimo de 3.000 euros.
La Sociedad Anónima (S.A.)
Sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital social está dividido en partes iguales llamadas acciones, y en la que la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.
Características más importantes:
- Sociedades capitalistas que se constituyen con aportaciones en dinero, bienes o derechos de los socios. A cada socio le corresponde un número de acciones según su aportación.
- El capital mínimo es de 60.000 euros y deberá estar totalmente suscrito y desembolsado, al menos en un 25%, en el momento de constituirse la sociedad. El resto de las cantidades pendientes se deben desembolsar en el tiempo y forma que fijen los estatutos de la sociedad.
- La sociedad se puede constituir con uno o más socios. Si se constituye con un único socio, la sociedad deberá hacer constar su condición de unipersonal en su denominación.
- Los socios solo pueden perder el dinero invertido y, por tanto, su patrimonio personal no queda comprometido.
- En su denominación, junto con el nombre, deberá figurar la expresión «Sociedad Anónima» o «S.A.».
Órganos de gobierno:
- La Junta General de Accionistas: Es el órgano supremo de la sociedad, en el que participan los accionistas para aprobar los estatutos, elegir a los administradores y exigirles responsabilidades, aprobar las cuentas anuales, así como los acuerdos de transformación o disolución de la sociedad.
- Junta General Ordinaria: Se reúne dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para valorar la gestión de los administradores, aprobar las cuentas del ejercicio anterior y decidir qué hacer en cuanto al reparto de beneficios.
- Junta General Extraordinaria: Se podrán convocar reuniones extraordinarias para tratar asuntos urgentes que requieran la aprobación de la junta general.
- Junta Universal: Se produce cuando en una reunión de la junta general están todos los accionistas y los asistentes acuerdan por unanimidad la celebración de una junta universal y los asuntos que se tratarán en ella.
- El Consejo de Administración o Administradores: Es el órgano de gestión y representación de la sociedad. Sus miembros son elegidos por la junta general.
- Unipersonal o administrador único.
- Varios administradores solidarios o dos mancomunados.
- Consejo de Administración: Los miembros de este consejo, elegidos por la junta general, gestionarán y representarán a la sociedad colectivamente.
Las Acciones
Títulos que representan una parte alícuota del capital social de la empresa. Pueden ser nominativas, si en ellas aparece el nombre de su titular, o al portador, si no consta el nombre del titular.
Las acciones confieren los siguientes derechos a los socios:
- Participar en el reparto de los beneficios y en el patrimonio resultante de la liquidación.
- Tener preferencia para adquirir nuevas acciones si se amplía el capital.
- Votar en la junta general en función del número de acciones que se posean.
- Estar informado de las actuaciones de los administradores de la sociedad.
Las acciones se pueden transmitir libremente, salvo que los estatutos lo limiten. Con su venta también se transmite la condición de socio y sus derechos.
Ventajas e Inconvenientes:
Como ventajas, además de la responsabilidad limitada al capital aportado, están:
- La facilidad para vender las acciones, unida a la existencia de mercados, permite a su titular recuperar la inversión cuando lo desee.
- Es la única sociedad que puede acceder al mercado financiero. Esta posibilidad para captar el ahorro de pequeños inversores hace que la S.A. pueda disponer fácilmente de importantes recursos para financiar sus inversiones de crecimiento.
- La S.A. favorece la separación entre la propiedad y la gestión, lo que posibilita contratar directivos profesionales y facilita la continuidad de la empresa con independencia de sus socios fundadores.
Ahora bien, la separación entre propiedad y dirección también suele ser fuente de inconvenientes, ya que los objetivos de accionistas y directivos no siempre coinciden. Además, los accionistas no siempre cuentan con la información suficiente sobre la gestión de los directivos.
El Sector y su Estructura
Un sector está formado por todas las empresas que ofrecen productos similares y que satisfacen el mismo tipo de necesidades de los consumidores. La estructura de este viene definida por el número y tamaño relativo de las empresas, las barreras de entrada existentes, las características de los productos en cuanto a su homogeneidad, la tecnología, los costes de producción, etc.
Análisis DAFO
Fortalezas | Debilidades | |
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Oportunidades | Estrategias Ofensivas: Se usan los puntos fuertes de la empresa para aprovechar las oportunidades. | Estrategias de Cambio: Buscan superar las debilidades aprovechando las oportunidades. |
Amenazas | Estrategias Defensivas: Tratan de evitar las amenazas detectadas usando las fortalezas de la empresa. | Estrategias de Supervivencia: Es la peor situación: tratar de reducir las debilidades para sobrevivir a las amenazas. |