Aspectos Clave del Impuesto sobre Sociedades en España

En el Impuesto sobre Sociedades (IS) son deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades: la deducción por actividades de Investigación y Desarrollo. En el IS serán deducibles las pérdidas por posible insolvencia de deudores cuando, en el momento de devengo del impuesto: el deudor esté declarado en situación legal de concurso de acreedores. En el IS español, la Administración podrá presumir que una entidad radica en un país o territorio de nula tributación tiene residencia fiscal en España cuando sus principales activos o su actividad principal se desarrolla en España: Cierto. En el IS las plusvalías derivadas de enajenación de activos empresariales: estarán gravadas, pero, en caso de reinversión, dan derecho a una deducción en la cuota, bajo ciertas condiciones. En el IS: El pago de la deuda tributaria se puede realizar con bienes del patrimonio histórico español. El IS es un tributo que grava la renta total del sujeto: sí, y entre las entidades gravadas se encuentran algunas sin personalidad jurídica. El IS es un tributo que grava la renta total del sujeto pasivo, esto es, las sociedades y demás entidades jurídicas a las que la Ley somete como sujetos pasivos: sí, incluidas las sociedades civiles cuyo objeto social sea mercantil. En el IS, con carácter general, el pago del impuesto debe producirse: 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. En el IS, con carácter general, el devengo se produce: el último día del periodo impositivo. El IS en España es un tributo que grava la renta total del sujeto pasivo, las sociedades y demás entidades jurídicas a las que la Ley somete como sujetos pasivos: Sí, y entre las entidades gravadas se encuentran algunas sin personalidad jurídica. El método de porcentaje constante sobre el valor pendiente: cuotas de amortización decrecientes. El método de número de dígitos permite determinar la depreciación efectiva de un elemento del inmovilizado a efectos de calcular la amortización en el IS: Sí, pero no se aplicará a los edificios, al mobiliario y a los enseres; las cuotas de amortización pueden ser crecientes en el tiempo. El principal inconveniente de que exista un impuesto sobre las sociedades como independiente del impuesto personal sobre la renta es: que se produce una doble imposición de dividendos y de beneficios no distribuidos. El criterio de capacidad de pago como forma de distribuir el coste de un servicio público (criterio del beneficio como forma de distribuir): cada persona contribuirá en función de su capacidad económica. En el sistema tributario español: la Constitución entiende el principio impositivo de igualdad en el sentido de que todos los ciudadanos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica. En el sistema tributario español: se prohíbe la analogía para extender el ámbito del hecho imponible. En cuanto a la deducibilidad en la base imponible de los gastos financieros netos en el IS: se deducirá hasta el 30% del beneficio operativo del ejercicio.


En relación con las infracciones tributarias, de acuerdo con la Ley General Tributaria (LGT): exclusivamente son sujetos infractores los sujetos pasivos. Entre los tributos cedidos total o parcialmente por el Estado a las Comunidades Autónomas (CCAA), estas tendrán capacidad normativa sobre: los impuestos de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre el patrimonio. Con carácter general, para que un gasto sea deducible en el IS debe estar contabilizado, justificado y ser imputable al ejercicio: Cierto, salvo en el caso de que se permita fiscalmente la libertad de amortización; falso, puesto que es suficiente con que se justifique la existencia del gasto. Con carácter general, en el caso de las deducciones previstas en el IS por realización de determinadas actividades, la imputación al ejercicio de los derechos generados en el periodo impositivo tendrá el límite del: 25% de la cuota íntegra minorada. Con carácter general, son gastos fiscalmente deducibles en el IS: las dotaciones a fondos de pensiones. Cuando una sociedad residente percibe dividendos del extranjero, la deducción por doble imposición económica internacional en el IS: exige que la participación en la sociedad no residente sea al menos del 5%. ¿Cuál es correcta?: un servicio público se financia mediante un precio público cuando también pueda ser prestado por un servicio privado y sea de solicitud voluntaria, y un servicio público se financia mediante una tasa cuando no pueda ser prestado por el sector privado y sea de recepción obligatoria por los administradores. Cuando un servicio público beneficie a los ciudadanos a lo largo de bastantes años: su financiación debería realizarse mediante el recurso a la emisión de deuda pública. Cuando la realización de una obra pública aumente el valor de los bienes inmuebles de ciertos ciudadanos: podría financiarse con una contribución especial.


De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS), deberán valorarse por su valor normal de mercado: los bienes adquiridos por permuta. De acuerdo con la LIS, el régimen especial aplicable a los contratos de arrendamiento financiero se caracteriza por que la vida útil de los bienes muebles debe ser igual o superior a 2 años y la de los inmuebles e instalaciones industriales, igual o superior a 10. De acuerdo con la LIS, disfrutarán de exención los dividendos percibidos de una entidad no residente en territorio español: si la entidad participada ha estado gravada por un impuesto extranjero… si los beneficios que se distribuyen proceden… si la entidad beneficiaria de los dividendos no es una agrupación… Disfrutan de exención total en el IS: Banco de España, fondos de garantía de depósitos y de inversiones y depósitos. Durante el ejercicio 2016, en el IS el porcentaje de deducción por doble imposición interna de dividendos percibidos por una sociedad residente: el 50% de la cuota íntegra corresponde a los dividendos. Incurre en un delito fiscal: un sujeto que disfruta indebidamente de beneficios fiscales, cualquiera que sea su importe. Las empresas de reducida dimensión en el IS: son aquellas cuya base imponible en el periodo impositivo anterior sea inferior a 10 millones. La deuda tributaria se extingue por: prescripción. La deducción en cuota prevista en el IS para evitar la doble imposición de dividendos no se aplicará: respecto a las rentas dinerarias derivadas de la reducción de capital aportado. La dotación a la reserva de capitalización dará lugar a una reducción en la base imponible: del 10% sobre el incremento de los fondos propios si se mantiene al menos 5 años si la reserva dotada es indisponible en el plazo de 5 años. La reserva de nivelación de bases imponibles: se aplica a las entidades que tributen al tipo del 25% en el régimen especial de entidades de reducida dimensión del IS y la dotación anual está limitada a 1 millón. Según la LGT, el domicilio social para una persona física: aquel donde tenga su residencia habitual, aunque si tiene actividades económicas, la administración será del lugar donde esté centralizada la gestión y dirección de estas actividades. Según la LGT, el sujeto pasivo: un obligado tributario que debe cumplir con la obligación tributaria y con las obligaciones formales inherentes a la misma. Según la LGT, el hecho imponible: el presupuesto fijado por la ley para configurar el tributo, cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal. Según la LGT, las tasas: utilización privativa o el aprovechamiento especial de dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que afecten de modo particular. Según la LGT, los impuestos: sin contraprestación, ponen de manifiesto la capacidad económica. Son regímenes tributarios especiales en el IS: las empresas de reducida dimensión, entidades parcialmente exentas y las agrupaciones de interés económico (UE y españolas). Podrá aplicarse libertad de amortización: con carácter general, a los gastos de investigación y desarrollo activados como inmovilizado intangible.

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