El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC)
El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) está compuesto por el Banco Central Europeo (BCE) y los Bancos Centrales Nacionales (BCN) de cada uno de los Estados miembros. Está dirigido por los órganos rectores del BCE.
Funciones del SEBC
- Mantener la estabilidad de precios en la Comunidad.
- Definir y ejecutar la política monetaria europea.
- Controlar y gestionar las reservas oficiales de divisas de los Estados miembros.
- Conseguir un correcto funcionamiento de los sistemas de pago.
- Contribuir a la supervisión de las entidades de crédito y a la estabilidad del sistema financiero.
El Eurosistema lo compone el BCE y los Bancos Centrales Nacionales de la zona del euro. Los BCN de los Estados no integrados en la zona euro, en la actualidad Dinamarca, Reino Unido y Suecia, dirigen autónomamente sus propias políticas monetarias y no participan en las decisiones ni en la ejecución de la política monetaria de la zona euro.
La Política Monetaria
Uno de los cometidos del SEBC es el de conseguir la estabilidad de los precios en Europa. Para lograr controlar la inflación dispone de una serie de mecanismos: las modificaciones en el tipo de interés del dinero y el llamado coeficiente de reservas mínimo.
La política monetaria posibilita la inyección y retirada de liquidez. Las modificaciones en el tipo de interés abaratan o encarecen el precio de dinero con lo que se potencia o se desfavorece la actividad económica. Alterando el tipo de interés se consigue controlar la cantidad de dinero en circulación. Una política monetaria restrictiva es la que se adopta en caso de pretender ralentizar la actividad económica general. Se pone en funcionamiento con el objetivo de frenar la inflación y se consigue por medio de un incremento en los tipos de interés, mientras que, por el contrario, una política monetaria expansiva es aquella que se adopta cuando se pretende reactivar la actividad económica general.
El encarecimiento del dinero implica una disminución de la cantidad de dinero en circulación en el sistema, ya que disminuye el gasto global, se reduce el consumo y se frena la inversión. Por el contrario, modificando a la baja los tipos de interés se abarata el precio del dinero. Otro mecanismo es el coeficiente de reservas mínimo, que es la proporción de recursos ajenos que las entidades financieras deben mantener por imperativo legal en sus arcas. La modificación al alza o a la baja de este coeficiente implica una menor o mayor inmovilización de los recursos por parte de las entidades financieras que, de esta forma, podrán disponer de mayor o menor liquidez para el desarrollo de sus actividades. Gracias a la inyección o extracción de liquidez que se produce al modificar el coeficiente de reservas mínimo se consigue acelerar o contraer la actividad económica y en consecuencia controlar la inflación. El BCE considera como estabilidad de precios un incremento anual de la tasa armonizada del IPC por debajo del 2% dentro de la zona euro.
Los Intermediarios Financieros
Del Banco de España dependen los intermediarios financieros:
- Las entidades de crédito. Se caracterizan por la posibilidad que tienen de captar fondos del público en forma de depósitos y cederlos por su cuenta y riesgo a terceros.
- Las Sociedades y Agencias de Valores. Su actividad se centra en la compraventa de valores y en la gestión de fondos de inversión.
- Las compañías de Seguros, que configuran el sector asegurador y lo integran las entidades aseguradoras privadas y las Mutualidades de Previsión Social.
- Las Sociedades de Garantía Recíproca. Están constituidas por empresarios y su objeto es prestar garantías por aval a favor de sus miembros en las operaciones que las precisen.
- Las Sociedades de Capital-riesgo. Participan de manera temporal en el capital social de pequeñas empresas, a fin de ponerlas en marcha. Pasado el primer momento abandonan la participación.
- Los establecimientos financieros de crédito. Se caracterizan por la prohibición de captar fondos reembolsables del público, ya sea en forma de depósitos, préstamos u otros análogos.
Tipos de Establecimientos Financieros de Crédito
- Sociedades de Factoring. Son empresas que se dedican al cobro de facturas de otras empresas, así como de los impagados.
- Sociedades de Leasing, cuya actividad consiste en el arrendamiento de bienes a otras empresas durante un período, al final del cual ofrecen una opción de compra sobre ese bien.
- Entidades de financiación, que se dedican a financiar a fabricantes y distribuidores por un lado y a consumidores por otro.
- Sociedades de crédito hipotecario, cuya función se centra en la concesión de créditos y avales hipotecarios.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
Es el organismo al que corresponde la supervisión de las entidades relacionadas con el propio Mercado de Valores. El objetivo fundamental de su actividad es la defensa y protección de los derechos de todos los que intervienen en el Mercado de Valores.
Funciones de la CNMV
- Supervisar las actividades que realizan los participantes en el mercado.
- Sancionar aquellas irregularidades que se pudieran cometer.
- Difundir la información para que haya la necesaria transparencia.
- Admitir o denegar el acceso al mercado de los valores que lo soliciten.
- Supervisar las emisiones que se lleven a cabo en el mercado primario.
- Garantizar la autenticidad de la publicidad que realicen.
El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD)
La finalidad de esta institución es la de garantizar a los depositantes la percepción de una cierta cantidad por los depósitos que hayan efectuado en las entidades financieras, en caso de que éstas entren en situaciones de crisis, como quiebras, concurso de acreedores, etc., intervenir con carácter preventivo en los conflictos económicos de las entidades.
Pertenecen obligatoriamente al FGD todos los bancos existentes en nuestro país. El 50 % de los recursos del Fondo procede de las aportaciones anuales que realiza el conjunto de las entidades bancarias, mientras que el otro 50 % lo aporta directamente el Banco de España.
En caso de crisis de una entidad, el FGD se obliga a indemnizar a los clientes de la misma con un máximo de 15.000 € por depositante.