Fiscalidad y Documentación en la Actividad Empresarial: Conceptos Clave

Fiscalidad en la Actividad Empresarial

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo y recae sobre el consumidor final. Los empresarios son los encargados de ingresarlo en la Agencia Tributaria, repercutiéndolo a los clientes en cada operación facturada. Se divide en:

  • Régimen general
  • Regímenes especiales
  • Régimen especial de comercio minorista

Existen tres tipos impositivos de IVA:

  • Superreducido (4%): Aplicable a productos básicos de primera necesidad.
  • Reducido (10%): Aplicable a transporte de viajeros, servicios de hostelería, museos, viviendas, entre otros. Anteriormente era del 8%.
  • General (21%): Aplicable al resto de productos y servicios. Anteriormente era del 18%.
  • Sin IVA: Servicios de correo, seguros, loterías, hospitales, entre otros.

Obligaciones: Los empresarios deben llevar una serie de libros de registro, darse de alta en el censo, elegir un régimen de IVA, exigir y entregar facturas, y conservarlas durante cinco años.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) grava la obtención de renta por parte de las personas físicas que residen habitualmente en España, teniendo en cuenta sus circunstancias familiares y personales. Están obligados a pagar este impuesto las comunidades de bienes y las empresas individuales formadas por una persona física.

Existen tres regímenes:

  • Estimación directa normal: Aplicable a empresas que facturan más de 600.000€ anuales. Se declaran los beneficios en el IRPF.
  • Estimación directa simplificada: Aplicable a empresas que facturan entre 450.000€ y 600.000€ anuales. Similar a la estimación directa normal.
  • Estimación objetiva: Aplicable a empresas que facturan menos de 450.000€ anuales. Se paga una cantidad fija cada trimestre.

El empresario individual paga el IRPF, realizando pagos fraccionados cada trimestre en los plazos fijados.

Documentación en la Actividad Empresarial

Definiciones de los Intervinientes en una Letra de Cambio

  • Librador: Es la persona acreedora de la deuda y quien emite la letra de cambio para que el deudor o librado la acepte y se haga cargo del pago del importe de la misma.
  • Librado: Es el deudor, quien debe pagar la letra de cambio cuando llegue la fecha indicada o de vencimiento. El librado puede aceptar o no la orden de pago dada por el librador y, en caso de que la acepte, quedará obligado a efectuarlo.
  • Tomador, portador, tenedor o beneficiario: Es la persona que tiene en su poder la letra de cambio y a quien se le debe abonar.
  • Endosante: Es el que endosa una letra o la transmite a un tercero.
  • Endosatario: Es aquel en cuyo favor se endosa la letra (el que recibe la letra).
  • Avalista: Es la persona que garantiza el pago de la letra.
  • Firmante: Es la persona física o jurídica que extiende un pagaré obligándose a su pago llegado el día del vencimiento.

Cuenta de Resultados

La cuenta de resultados es un informe que indica el beneficio o la pérdida generada por la empresa, calculado sobre la base de los ingresos y gastos económicos. Se interpreta con los resultados de explotación y financieros.

Puede presentar tres situaciones:

  1. Informe de los beneficios o pérdidas de la empresa.
  2. Ingresos menos gastos.
  3. Información del resultado previo de la empresa.

Documentos Mercantiles

  • Pedido: Es el encargo realizado por un cliente a un proveedor para que este le proporcione un producto o servicio determinado, con unas características establecidas, en un plazo fijado, a un precio y en unas condiciones concretas.
  • Albarán: Es el documento que acompaña la entrega de la mercancía y que indica las características, la cantidad, los datos de la entrega y los nombres del comprador y del vendedor.
  • Factura: Es un documento que acredita legalmente y justifica una prestación de servicios o una compraventa de mercancías.
  • Recibo: Documento mediante el cual la persona que lo elabora y lo entrega reconoce haber recibido una cantidad de dinero de la persona que lo acepta.
  • Letra de cambio y cheque: Es un título de crédito formal y completo, por medio del cual el librador manda al librado el pago de una cierta cantidad de dinero, en lugar y fecha determinados, a la orden del mandante o del tomador, quedando obligados solidariamente todos los firmantes.
  • Pagaré: Es un título-valor por el que una persona física (firmante) se obliga a pagar a otra (beneficiario) o a su orden una determinada cantidad de dinero en el lugar y fecha que se indica en el título.

Estructura de los Documentos

Pedido

  1. Datos de la empresa
  2. Número de orden
  3. Datos de la empresa a quien se hace el pedido
  4. Lugar y fecha
  5. Medio de envío (transporte o agencia)
  6. Fecha de entrega
  7. Lugar de entrega
  8. Quién corre con los gastos
  9. Condiciones pactadas
  10. Multiplicar cantidad de unidades por precio unitario (total sin aplicar descuento)
  11. Firma del emisor

Albarán

  • Total sin aplicar descuento
  • Firma del cliente

Factura

  • Importe bruto (suma de los importes tal cual)
  • Descuento (aplicarlo al total)
  • Base imponible (total menos el descuento)
  • IVA (aplicarlo a la base imponible)
  • Total (importe bruto + IVA)

Recibo

  1. Número de recibo
  2. Nombre de la persona que libra el dinero
  3. Cantidad en letra
  4. «Pago factura X»
  5. Nombre de la persona que recibe el dinero

Cheque

  • Euros en letras

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