Códigos de Autorregulación Publicitaria en España: Análisis Comparativo

A continuación, se presenta un análisis comparativo de diferentes códigos de autorregulación publicitaria en España, destacando sus puntos fuertes y áreas de mejora.

1. Conducta Publicitaria (1996, modificado en 2002)

Este código, articulado en dos capítulos, aborda el ámbito de aplicación y las normas generales, así como las normas deontológicas. Contiene 29 principios.

Puntos Fuertes (PF):

  • Es un código bastante completo que recoge los principales aspectos a controlar en la publicidad.
  • Incluye el respeto al consumidor, la legalidad vigente, el medio ambiente y otras empresas del mercado.
  • Regula la moralidad e información del mensaje, la publicidad engañosa y el derecho al honor y a la integridad.
  • Protege al consumidor de abusos de buena fe, temores y miedos.
  • Establece que la interpretación de los anuncios debe ser global.
  • Defiende a los menores y condena la explotación de su inmadurez.

Puntos Débiles (PD):

  • No contempla la publicidad subliminal.
  • No incluye normas sobre la inserción de anuncios en medios.
  • Se basa en cuestiones físicas y no en conceptos inmateriales presentes en la publicidad actual.

2. Comercio Electrónico (2003, modificado en 2005)

Este código, con 37 principios, es resultado de la iniciativa de AECE y AUTOCONTROL. Busca un sistema de autorregulación integral.

Puntos Fuertes (PF):

  • Promueve el respeto a la legalidad y la buena fe del consumidor.
  • Incorpora el concepto de responsabilidad social.
  • Exige la identificación clara de la publicidad, que debe ser honesta y veraz.
  • Protege a la infancia.

Establece normas de inserción de anuncios en Internet, aunque se requieren normas más específicas.

Puntos Débiles (PD):

  • No contempla la publicidad subliminal (aunque está penada por ley).
  • No aborda el respeto por el medio ambiente.
  • Faltan criterios sobre cómo interpretar los anuncios.

3. Bebidas Espirituosas

Puntos Fuertes (PF):

  • Es un código completo que abarca todas las categorías, excepto el medio ambiente.
  • Incluye el respeto a la legalidad, características del mensaje, protección de la infancia, normas de inserción y competencia leal.
  • Valora la seguridad vial y la separación entre alcohol y conducción.

Puntos Débiles (PD):

  • Prohíbe imágenes femeninas estereotipadas que puedan generar violencia.
  • Exige un mensaje de consumo responsable visible en los anuncios.
  • Prohíbe asociar la bebida con violencia o agresividad.
  • Restringe la emisión de anuncios en la franja infantil.
  • No aborda la publicidad comparativa ni la información al consumidor.
  • No trata la discriminación, excepto en el caso de las mujeres.
  • No hay referencia directa a la protección del consumidor, aunque se promueve la publicidad honesta y veraz.
  • Prohíbe asociar el consumo con el éxito en la vida.

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