Conceptos Clave de la Empresa: Tipos, Funciones y Responsabilidades

La Empresa: Unidad Básica de Producción

La empresa se define como la unidad básica de producción. Su función principal es crear o incrementar la utilidad de los bienes, mediante la utilización de un conjunto de factores productivos coordinados por el empresario.

Funciones de la Empresa en la Economía

  • Coordinar los factores productivos.
  • Crear o aumentar la utilidad de los bienes.
  • Asumir riesgos.
  • Generar riqueza y empleo.

Proceso de Creación de Valor

La creación de valor es un proceso fundamental en la actividad empresarial. Este proceso se puede desglosar en las siguientes etapas:

  • Producir: Transformar materias primas en productos demandados por el mercado.
  • Comercializar: Acercar los bienes producidos a los consumidores.
  • Prestar servicios: Satisfacer necesidades, ofreciendo asistencia, ayuda o facilitando procesos.

La cadena de valor representa los distintos pasos por los que pasa un producto antes de llegar al consumidor, y cada uno de estos pasos añade valor (utilidad) al producto final.

En el pensamiento económico clásico, la empresa se identifica con el propietario, y el beneficio se considera la recompensa por el capital aportado.

Áreas Funcionales de la Empresa

Las empresas se organizan en diferentes áreas funcionales para optimizar su funcionamiento:

  • Producción
  • Marketing o Comercial
  • Finanzas
  • Recursos Humanos

Objetivos de la Empresa

Los objetivos empresariales pueden clasificarse en:

  • Mantener y maximizar beneficios.
  • Lograr crecimiento y creación de valor.
  • Cumplir con la responsabilidad social y ética.

Beneficios del Emprendimiento

  • Contribuye al crecimiento económico y a la generación de empleo.
  • Mejora la calidad de vida.
  • Amplía el conocimiento tecnológico.
  • Favorece el crecimiento personal y la autoestima.

Tipos de Empresas Según la Titularidad del Capital

Empresas Privadas

Ejemplos: BBVA, Danone, Telepizza, Zara, El Corte Inglés, Mercadona.

Empresas Públicas

Ejemplos: Correos, RTVE, EMT, Metro de Madrid, RENFE.

Empresas Mixtas

Ejemplo: Altadis (antigua Tabacalera), Iberia y Red Eléctrica Española.

Las Sociedades Anónimas

Las sociedades anónimas pueden constituirse de dos maneras:

  • Fundación simultánea: Todas las acciones se desembolsan en el momento de la constitución.
  • Fundación sucesiva: Las acciones se desembolsan de forma sucesiva. En el momento de la constitución, el capital social debe estar totalmente suscrito y desembolsado al menos en un 25%. Las acciones pendientes de pago se abonarán posteriormente por los socios que las han suscrito, según lo acordado.

Características de las Sociedades Anónimas

  • Los socios tienen responsabilidad limitada.
  • Poseen personalidad jurídica propia.
  • Su constitución se realiza mediante escritura pública en el Registro Mercantil.
  • Se exige un capital social mínimo.
  • El órgano de administración se encarga de la gestión de la sociedad.
  • Tributan por el Impuesto de Sociedades.

Diferencias entre Empresarios Individuales y Sociedades de Responsabilidad Limitada

  • Los empresarios individuales tienen responsabilidad ilimitada, respondiendo con todo su patrimonio presente y futuro. En las sociedades de responsabilidad limitada, la responsabilidad está limitada al capital aportado.
  • Los empresarios tienen personalidad física, mientras que las sociedades de responsabilidad limitada tienen personalidad jurídica.
  • Los empresarios individuales no necesitan un capital mínimo para constituirse, mientras que las sociedades de responsabilidad limitada sí requieren un capital mínimo.
  • Las sociedades de responsabilidad limitada deben inscribirse en el Registro Mercantil, a diferencia de los empresarios individuales.

Cooperativas: Derechos y Obligaciones de los Socios

Derechos de los Socios

  • Derecho al trabajo en la sociedad.
  • Participación en los órganos de gobierno.
  • Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

Obligaciones de los Socios

  • Cumplir con la normativa vigente de cooperativas y con los estatutos.
  • Asistir a las reuniones de la Asamblea General y de los demás órganos de gobierno de los que formen parte.
  • Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales.
  • Participar en las actividades de formación.

El Capital Social Mínimo

La ley exige un capital social mínimo para la constitución de algunas formas jurídicas, mientras que para otras no. El capital social puede estar dividido en acciones (normalmente transmisibles libremente) o en participaciones (normalmente con restricciones a su transmisión).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *