Plan de Acción Social para Personas Mayores de la Región de Murcia (2005-2007)
El Plan nace de la voluntad del Gobierno Regional, a través de la Consejería de Trabajo y Política Social, de ofrecer un conjunto de medidas que, desde la óptica de la acción social, atiendan las necesidades de las personas mayores de nuestra región de manera global y coordinada. Las características del entorno social actual lo convierten en un plan necesario y oportuno.
Contexto Sociopolítico
- Creciente envejecimiento de la población regional con el consecuente incremento de las situaciones de dependencia.
- Cambios sociales que afectan a los roles familiares y modifican los procesos de cuidado de las personas mayores.
- Diversificación de las situaciones de necesidad y aparición de nuevas necesidades.
- Necesidad de coordinación entre los distintos organismos públicos y de estos con las entidades sociales.
Estructura del Plan de Acción para Personas Mayores (2003-2007)
Se estructura en cuatro áreas de acción:
- Igualdad de oportunidades
- Cooperación
- Formación especializada
- Información e Investigación
Objetivos Fundamentales
- Poner a disposición de las personas mayores una red de recursos sociales y de servicios de calidad que mejoren sus condiciones de vida.
- Promover la autonomía y la plena participación de las personas mayores.
- Avanzar en las políticas de protección de las personas mayores en situación de dependencia.
- Mejorar la imagen social de la vejez y el envejecimiento.
Principios Rectores del Plan
- Dignidad: Garantizar que todas las personas mayores reciban un trato digno.
- Independencia: Permitir a las personas mayores residir en su propio domicilio, siempre que sea posible.
- Autorrealización: Garantizar a las personas mayores su derecho a desarrollar todo su potencial personal, a tener acceso a los recursos educativos, espirituales y recreativos.
- Participación: Asegurar que las personas mayores permanezcan integradas en la sociedad.
- Cuidados asistenciales: Las personas mayores deberán poder contar con los recursos y servicios necesarios.
Pobreza
Es la carencia de recursos para satisfacer necesidades básicas, que influyen en la calidad de vida de las personas. Alude a los medios con los que cuenta una persona para alcanzar unos estándares mínimos y participar con normalidad en la sociedad. Se suele diferenciar entre pobreza absoluta y pobreza relativa.
- Pobreza absoluta: Situación en la que estándares mínimos de vida (nutrición, educación, salud o vivienda) no son alcanzados.
- Pobreza relativa: Se utiliza para hablar de la existencia de desigualdades y se calcula por comparación con un nivel de vida considerado estándar para la población a la que se refiere. En la UE, el umbral de la pobreza relativa se sitúa en el 60% de la mediana de los ingresos por unidad de consumo.
Exclusión Social
Se considera que este término supera al de la pobreza; no se define en términos puramente económicos, sino de un tipo más amplio de participación en la sociedad. Las causas de la exclusión social son multidimensionales y se enmarcan en un proceso de pérdida de integración o participación del individuo en la sociedad, en uno o varios de estos ámbitos:
- Económico
- Político-legal
- Social-relacional
Vulnerabilidad
Es un concepto utilizado para describir una zona intermedia entre la integración y la exclusión social. Una persona vulnerable es aquella cuyo entorno personal, familiar-relacional, socioeconómico o político-administrativo padece alguna debilidad y se encuentra en una situación de riesgo que podría desencadenar un proceso de exclusión social. El nivel de riesgo será mayor o menor dependiendo del grado de deterioro del entorno.
Inclusión Social
Es un proceso que asegura que todas las personas tienen las oportunidades y los recursos necesarios para participar plenamente en la vida económica, social y política, y para disfrutar de unas condiciones de vida normales. La inclusión social está relacionada con la integración, la cohesión y la justicia social. Es una posibilidad de participación igualitaria de todos sus miembros en todas las dimensiones sociales.
Objetivos de la Inclusión Social (según la UE)
- Alentar la participación y el compromiso político de todos los sectores sociales para que se involucren en la lucha contra la pobreza y la exclusión social.
- Animar al conjunto de la ciudadanía europea a contribuir en la lucha contra la pobreza.
- Dar la palabra a quienes sufren la pobreza y la exclusión social para conocer sus necesidades y preocupaciones.
- Involucrar a la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales del ámbito de la lucha contra la pobreza y la exclusión social.
- Contribuir a la erradicación de los prejuicios y la estigmatización de la pobreza y la exclusión social.
- Fomentar una sociedad que desarrolle y mantenga la calidad de vida, el bienestar social y la igualdad de oportunidades para todos.
- Impulsar la solidaridad intergeneracional y garantizar el desarrollo sostenible.
Inclusión Activa
El concepto de Inclusión Activa no solo se refiere a la capacidad de la persona, sino a la forma en que está organizada la sociedad; se deben abordar las causas estructurales de la exclusión, incluida la discriminación y la inadecuada prestación de servicios. La inclusión activa de una persona vulnerable se garantiza por tres pilares: un apoyo a la renta adecuado, el acceso a servicios sociales de calidad y un mercado laboral incluyente que garantice trabajos sostenibles, de calidad y remunerados de forma adecuada. La inclusión activa no sustituye a la inclusión social, ya que los grupos vulnerables que no pueden participar en el mercado laboral tienen derecho a una vida digna y a la plena participación en la sociedad y, por tanto, deben disponer de unos ingresos mínimos y unos servicios sociales de calidad accesibles y asequibles, independientemente de la capacidad de una persona para participar en el mercado laboral. (Se anexa documento de la UE sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral).
Protección de Menores
Desamparo
Situación que se produce de hecho a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material. Se considera una situación de desamparo cuando se detectan situaciones extremas que requieren una inmediata intervención de protección. De un modo más concreto, se habla de desamparo cuando el menor está siendo objeto de abusos sexuales o maltrato físico y emocional por sus tutores o es consentido por estos; existe una situación de abandono en vivienda sin condiciones de higiene ni de habitabilidad; mendicidad o explotación laboral infantil; vejaciones y humillaciones; absentismo escolar; no asistencia médica, etc.
Riesgo
Es la situación que perjudique el desarrollo personal o social del menor. Una vez apreciada la situación de riesgo, corresponde al Servicio de Familia poner en marcha las actuaciones pertinentes para reducirla y realizará el seguimiento de la evolución del menor en la familia.
Tutela
Responsabilidad que incumbe a la Entidad Pública a la que, en el respectivo territorio, corresponda la protección de menores, cuando aprecia que un menor se encuentra en situación de desamparo. La tutela automática la asume la Entidad Pública sin necesidad de intervención judicial previa, posibilitando la intervención de urgencia de la misma, cuando la situación lo requiera, con obligación de informar antes al Ministerio Fiscal de lo actuado. Esta tutela tiene un carácter de provisionalidad; se mantendrá en tanto subsistan las causas que determinaron la intervención. La asunción de la tutela por parte de la Entidad Pública lleva consigo la suspensión de la patria potestad o de la tutela ordinaria.
Guarda
La guarda de un menor supone para quien la ejerce la obligación de velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral. Dentro de las obligaciones y derechos de la Patria Potestad, corresponde a los titulares de la misma la guarda de los menores. La Entidad Pública asumirá la guarda en tres supuestos concretos:
- Cuando aprecia que un menor se encuentra en situación de desamparo, asumirá la tutela y la guarda de dicho menor. Esta guarda podrá confiarla, bajo su vigilancia, al Director de un centro o a una/s persona/s que lo reciban en acogimiento.
- Cuando los titulares de la patria potestad lo soliciten justificando no poder atender al menor por enfermedades u otras circunstancias graves.
- Cuando lo acuerde el Juez.
Patria Potestad
Conjunto de derechos que la ley confiere a los padres sobre las personas y sobre los bienes de sus hijos no emancipados, para asegurar el cumplimiento de las cargas que les incumben respecto a su sostenimiento y educación. La Patria Potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, y comprende velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
Servicios de Protección de Menores
Le corresponde el ejercicio de las funciones de coordinación, dirección y control de las Unidades dependientes del Servicio y la coordinación, ejecución y seguimiento de los programas de actuación de la Dirección General de Familia, Igualdad e Infancia en materia de Protección de menores. Desarrolla las siguientes funciones:
- La gestión de centros, servicios y programas sobre protección de menores; la elaboración y formulación de propuestas y ejecución de las medidas correspondientes respecto de la tutela y guarda de los menores en situación de desamparo en la Región de Murcia.
- La propuesta, tramitación, control y asistencia técnica de la acción concertada en materia de protección de menores.
- La gestión técnico-administrativa de los servicios de adopción y acogimiento familiar.
- El seguimiento, supervisión, control y elaboración de directrices de actuación de las instituciones y entidades colaboradoras de integración familiar, como el registro, tramitación, informe y propuesta de resolución de las reclamaciones formuladas por las personas que utilicen los servicios de las entidades colaboradoras de integración familiar y de adopción internacional.
- Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.