Análisis DAFO: Guía completa para empresas

Análisis Externo

La Empresa como Sistema

Es un conjunto de elementos (personas, bienes de capital, organización, etc.) relacionados entre ellos y con el exterior. Características de la empresa como sistema:

  • Sistema abierto: la empresa no está aislada, se relaciona con el entorno (exterior).
  • Se produce una combinación de elementos o subsistemas que crean sinergias, ya que al actuar estos elementos en conjunto se obtienen mayores rendimientos que cada uno por separado.

Entorno Económico-Social

a) Factores externos o del entorno general que afectan a todas las empresas. Tipos:

  • Sociales: mercados de trabajo, sindicatos, creencias (cultura), defensa del consumidor, etc.
  • Económicos: política económica, demanda y oferta de productos, etc.
  • Tecnológicos: investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), nuevas tecnologías, etc.
  • Político-legales: situación política, fiscalidad, etc.

b) Factores del entorno específico: que afectan de manera concreta a cada una de las empresas; normalmente afectan de igual forma a empresas que están en un mismo sector. Estos factores también condicionan decisiones empresariales, así como objetivos a alcanzar.

Porter analiza 5 fuerzas competitivas que influyen en las empresas de un sector:

  1. Amenazas de ingreso de empresas que no están en el sector.
  2. Rivalidad de la competencia actual de empresas que están en el sector.
  3. Productos sustitutivos.
  4. Poder negociador de los compradores (clientes).
  5. Poder negociador de los proveedores.

El análisis de factores externos, tanto generales como específicos, nos fija la situación de la empresa en términos de oportunidades o amenazas.

Análisis Interno

Este análisis consiste en la determinación y estudio de un conjunto de factores intrínsecos o internos de la empresa. Estos factores, junto con los externos, constituirán la base para el funcionamiento y creación de valor por la empresa. La empresa está constituida, desde un punto de vista interno, por un conjunto de recursos y capacidades.

Recursos: medios con los que la empresa cuenta para alcanzar sus objetivos. Tipos:

  • Físicos
  • Financieros
  • Humanos
  • Tecnológicos
  • Reputación

Capacidades: se definen como las habilidades de una empresa para coordinar sus recursos y destinarlos al uso productivo. La situación de estas capacidades determinará la situación de fuerza o debilidad de la empresa (fortalezas y debilidades).

Análisis DAFO

Comprende el estudio de debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades que afectan y posee una empresa, por tanto, se estará en disposición de adoptar decisiones con más probabilidad de éxito.

Obligaciones y Derechos de la Empresa

Normas Contables

  1. El empresario deberá llevar una contabilidad (registro de las operaciones comerciales) ordenada, adecuada a la actividad de la empresa, que permita un seguimiento cronológico de todas las operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios.
  2. El empresario deberá llevar un libro de inventarios y cuentas anuales y otro diario.
  3. Las sociedades mercantiles deberán llevar también un libro de actas (acuerdos adoptados en las juntas, asuntos tratados, etc.).
  4. La contabilidad será llevada por el empresario directamente o por las personas autorizadas.

Tasas

Prestaciones de dinero realizadas a un ente público (Ayuntamiento, Universidad Pública, etc.) en contraprestación de un servicio público o por la realización de una actividad (DNI, matrícula en Universidad, entrada a un museo, etc.) que proporcionan un beneficio directo al usuario.

Contribuciones Especiales

Tributos que se ingresan en un ente público por parte de un particular, con un motivo determinado, pero cuyo beneficio obtenido con el dinero que se ha recaudado no es solo para el contribuyente (que paga el tributo) sino para toda la colectividad (alumbrado, mejoras urbanas, etc.).

Impuestos

Pagos exigidos por las Administraciones Públicas (AAPP) sin que haya una contraprestación directa para el contribuyente.

Hecho imponible: es la situación o circunstancia prevista en la ley que origina la obligación de tributar. Ejemplo: adquisición de vivienda nueva – pago de IVA.

Base imponible: cantidad sobre la que se aplica el tipo impositivo (porcentaje), se expresa en €.

Base liquidable: cantidad que resulta de restarle a la base imponible las cantidades que permite la ley en cada tributo (reducciones y bonificaciones). Si no existen reducciones ni bonificaciones, la base liquidable = base imponible.

Tipo impositivo: porcentaje que se aplica a la base liquidable o a la base imponible. Si el impuesto es proporcional, el impositivo es único (IVA); si el impuesto es progresivo, el impositivo aumenta a medida que aumenta la base imponible.

Cuota tributaria: resultado de aplicar a la base el tipo impositivo. Es la cantidad a ingresar si no hay recargos para añadir.

Deuda tributaria: cantidad a ingresar finalmente. Cuota tributaria + recargos si los hubiera.

Contribuyente: persona física o jurídica sobre la que recae el impuesto.

Sujeto pasivo: persona física o jurídica obligada al cumplimiento de las obligaciones materiales y formales. Puede coincidir o no con el contribuyente.

Impuestos Directos e Indirectos

Son impuestos directos los que recaen directamente sobre las personas o empresas, teniendo en cuenta la capacidad económica del contribuyente, ya sea por la obtención de beneficios o por el uso del bien que se posee (Impuesto Renta personas físicas, Impuesto del patrimonio, etc.).

Son impuestos indirectos los que recaen sobre el consumo de bienes y servicios. La cantidad a pagar depende de la cuantía monetaria del bien adquirido, con independencia de la capacidad del sujeto pasivo de generar renta.

Clasificación

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Impuesto directo, personal y progresivo (su tipo impositivo aumenta al incrementarse la base imponible, se paga más cuanto más se declara, según el principio de progresividad). Recaudado por la administración central.

Hecho imponible: la obtención de renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales.

El impuesto está dividido en 5 partes:

  • Rendimientos del trabajo (trabajadores por cuenta ajena con nómina).
  • Rendimientos del capital inmobiliario (alquileres cobrados de viviendas).
  • Rendimientos del capital mobiliario (rentas que se han obtenido por intereses bancarios que nos dan los depósitos a plazo fijo, los dividendos que nos dan las acciones adquiridas, etc.).
  • Rendimientos de actividades empresariales (aquellos que derivan del trabajo personal y del capital de trabajadores que trabajan por cuenta propia, son empresarios individuales o autónomos).
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales.

Impuesto de Sociedades

Impuesto directo y personal que grava la renta de las sociedades y entidades jurídicas por los beneficios obtenidos.

Hecho imponible: la obtención de beneficios por parte del sujeto pasivo, que es la empresa.

La base imponible es la obtención de un beneficio o renta en el periodo fiscal (normalmente un año, de 1 de enero hasta 31 de diciembre) de empresas que están en territorio español. La base imponible se obtiene calculando el beneficio contable como diferencia entre ingresos menos gastos necesarios para obtenerlos.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

El hecho imponible es el incremento de patrimonio que sufre a título gratuito una persona física, bien por transmisión inter vivos (donaciones) o mortis causa (sucesiones, herencia).

Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

Impuesto de carácter directo y personal, recaudado por la administración local (Ayuntamientos). El hecho imponible es la realización en territorio nacional de una actividad empresarial (ganadera, minera, industrial y comercial), profesional o artística. Las empresas están exentas de tributar por el IAE en su primer año de vida.

Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

Impuesto que grava la posesión de algún tipo de edificación o construcción afecto a la actividad económica en el caso de la empresa. Su hecho imponible es el valor catastral de los bienes inmuebles.

Impuesto de Valor Añadido (IVA)

El valor añadido es la diferencia entre el valor de los bienes producidos y el coste de las materias primas y otros bienes intermedios necesarios para producirlos. El IVA es el impuesto sobre este valor añadido. Es un tributo de naturaleza indirecta porque recae sobre el consumo y grava las siguientes operaciones (hecho imponible).

Impuestos Especiales

(Tabaco, alcohol, hidrocarburos, etc.).

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD)

Este impuesto tiene 3 modalidades imponibles:

  • Transmisiones Patrimoniales: su hecho imponible lo constituyen las transmisiones onerosas (compra-venta) entre particulares, de bienes y derechos, cuando no es primera adquisición. No lo pagan las empresas.
  • Operaciones Societarias: su hecho imponible sería la constitución, fusión, disolución, etc. de sociedades.
  • Actos Jurídicos Documentados: grava la documentación en impresos oficiales de los actos sujetos. Ejemplo: documentos notariales o mercantiles (letra de cambio).

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Impuesto que grava la posesión de algún tipo de vehículo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *