1.2. La Ley de Autonomía del Banco de España
El origen de la Ley 13/1994 de Autonomía del Banco de España (LABE) es el Tratado de la Unión Europea (aprobado en Maastricht en diciembre de 1991), que exigía a los bancos centrales de los países que quisieran acceder a la UEM ser plenamente independientes de los poderes públicos en materia de política monetaria antes de su incorporación a la UEM.
Tal exigencia se derivaba del hecho de que estos bancos centrales pasarían a formar parte del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), un organismo supranacional que, en materia de política monetaria, tenía que ser totalmente independiente de los poderes públicos de la UE, como así se establecía en el Tratado.
Con la entrada en vigor de la LABE, el Banco de España empezó a gozar de plena autonomía en el diseño y ejecución de una política monetaria que, como se estableció en la LABE y de acuerdo con lo estipulado en el Tratado de la Unión Europea, tendría como único objetivo alcanzar la estabilidad de precios. Sólo sin perjuicio de este objetivo, la política monetaria podría apoyar la política económica general del gobierno.
Como cuestiones fundamentales, la LABE estableció que:
- En el ámbito de la política monetaria, el Banco de España no estaría sometido a instrucciones del Gobierno o del Ministerio de Economía y Hacienda, de forma que podría orientar dicha política al fin primordial de garantizar la estabilidad de precios.
- Las entidades de derecho público no podrían incurrir en descubiertos en su cuenta en el Banco de España, ni siquiera de carácter transitorio, porque al hacerlo privarían al banco emisor de la iniciativa en el proceso de creación monetaria.
- El Banco de España no podría adquirir directamente del Tesoro valores emitidos por éste, ni concederle créditos.
- El mandato del Gobernador sería relativamente largo (6 años) y no renovable, quedando estrictamente tasadas las causas de su posible cese.
1.4. Configuración y Órganos de Gobierno (BDE)
Tras la Ley de Autonomía, el Banco de España queda configurado como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada que, para el cumplimiento de sus fines, actuará con autonomía.
Los órganos rectores del Banco son:
- 1. El Gobernador, nombrado por el Rey a propuesta del Gobierno. La duración es de seis años no renovables.
- 2. El Subgobernador, designado por el Gobierno a propuesta del Gobernador. La duración de su mandato es también de seis años no renovables.
- 3. El Consejo de Gobierno, compuesto por el Gobernador, el Subgobernador, seis Consejeros designados por el Gobierno, el Director General del Tesoro y Política Financiera y el Vicepresidente de la CNMV.
- 4. La Comisión Ejecutiva, compuesta por el Gobernador, el Subgobernador y dos Consejeros.
2. El Sistema Europeo de Bancos Centrales
2.1. Estructura y Órganos de Gobierno (SEBC)
El SEBC está formado por:
- El Banco Central Europeo (BCE).
- Todos los bancos centrales de los países de la Unión Europea (UE), incluidos los de los países que no forman parte de la UEM.
En el Tratado de la Unión se establece que el SEBC está regido por los órganos rectores del BCE. Estos son tres: el Consejo de Gobierno, el Comité Ejecutivo y el Consejo General. Este último tiene una naturaleza transitoria y es el único órgano del que forman parte los países no integrados en la UEM.
1. El Comité Ejecutivo es el órgano encargado de la gestión cotidiana del BCE y, en particular, de la ejecución de la política monetaria, para lo cual sigue las pautas que establece el Consejo de Gobierno. Está formado por un Presidente, un Vicepresidente y cuatro vocales.
2. Al Consejo de Gobierno le corresponde la adopción de las decisiones necesarias para que el SEBC lleve a cabo sus funciones. Diseña y formula la política monetaria, y establece las orientaciones necesarias para su ejecución. Se configura, por tanto, como el órgano superior de gobierno del BCE, y sus decisiones marcan las pautas que ha de seguir el Comité Ejecutivo. El Consejo de Gobierno está compuesto por los miembros del Comité Ejecutivo, cuyos Presidente y Vicepresidente son comunes a ambos órganos, y por los gobernadores de los bancos centrales de los países pertenecientes a la UEM.
3. El Consejo General está constituido por el Presidente y el Vicepresidente del BCE y por los gobernadores de los bancos centrales de todos los países de la UE. Las funciones atribuidas al Consejo General son de naturaleza transitoria, ya que se ocupa de todo lo relacionado con el hecho de que existan países temporalmente excluidos de la UEM.
Cada miembro de los órganos anteriores cuenta con un voto para la toma de decisiones, que, en la mayoría de los casos, se adoptarán por mayoría simple.
Tanto el BCE como los bancos centrales de los países de la UEM son, como ya hemos comentado, absolutamente independientes de los poderes políticos nacionales y europeos en el ejercicio de la política monetaria.
2.2. Funciones
El objetivo primordial que el Tratado asigna al SEBC es el de mantener la estabilidad de precios, y sólo sin perjuicio este objetivo apoyará las políticas económicas generales de la Comunidad.
Partiendo de este objetivo, las funciones básicas que lleva a cabo el SEBC son las siguientes:
- Definir y ejecutar la política monetaria única.
- Realizar operaciones en divisas coherentes con la política cambiaria de la UEM y poseer y gestionar las reservas oficiales de divisas de los Estados Miembros, sin perjuicio de la tenencia y gestión de fondos de maniobra oficiales en divisas por parte de los Estados miembros.
- Promover el buen funcionamiento de los sistemas de pagos en el área del euro.
- Autorizar la emisión de dinero legal en el área.
- Contribuir a la buena gestión de las políticas que lleven a cabo las autoridades competentes con respecto a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y la estabilidad del sistema financiero.
3. El Papel del Banco de España en el SFE
3.1. Como Miembro del SEBC
1. Definir y ejecutar la política monetaria de la Comunidad, con el objetivo principal de mantener la estabilidad de precios en el conjunto del área del euro;
2. Ejecutar la política cambiaria y realizar operaciones en divisas;
3. Promover el buen funcionamiento del sistema de pagos en el área del euro;
4. Emitir los billetes de curso legal;
5. Las demás funciones que se deriven de su condición de parte integrante del SEBC.
3.2. Como Banco Central Español
Además de las anteriores como parte integrante del SEBC, las siguientes:
1. Poseer y gestionar las reservas de divisas y metales preciosos no transferidas al Banco Central Europeo.
2. Supervisar la solvencia, actuación y cumplimiento de la normativa específica de las entidades de crédito, y de cualesquiera otras entidades y mercados financieros cuya supervisión le haya sido atribuida.
3. Promover el buen funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero y, sin perjuicio de las funciones del BCE, de los sistemas de pagos nacionales.
4. Poner en circulación la moneda metálica y desempeñar, por cuenta del Estado, las demás funciones que se le encomienden respecto a ella.
5. Prestar los servicios de Tesorería y agente financiero de la Deuda Pública.
6. Asesorar al Gobierno, así como realizar los informes y estudios que resulten procedentes.
7. Elaborar y publicar las estadísticas relacionadas con sus funciones y asistir al BCE en la recopilación de la información estadística necesaria.
8. Ejercer las demás competencias que la legislación le atribuya.
1.2. Los Objetivos de la Política Monetaria
El objetivo último que hoy se le asigna a la política monetaria en buena parte de los países desarrollados es el control de la tasa de inflación. Se pretende, pues, alcanzar la estabilidad de precios, lo cual, además, tiene una influencia clara sobre la actividad económica, pues proporciona un entorno de mayor estabilidad económica que hace posible que las etapas de crecimiento económico sean más duraderas y sostenidas, permitiendo la creación de empleo.
1.3. La Transmisión Monetaria
En términos generales, se denomina Mecanismo de Transmisión Monetaria al conjunto de cauces diversos a través de los cuales, las medidas de política monetaria afectan a la producción y a los precios. Tras la variación de la variable elegida, de forma muy resumida, se suceden dos etapas en el mecanismo de transmisión.
– En la primera etapa, la perturbación introducida por la autoridad monetaria modifica, por una parte, la evolución general de la liquidez y del crédito en la economía y, por otra, los precios y rentabilidades de los activos financieros.
– En la segunda etapa, estos cambios en las condiciones financieras hacen que varíe el gasto nominal en bienes y servicios de los hogares y de las empresas, lo que afecta a la tasa de inflación.
2. LAS ESTRATEGIAS DE POLÍTICA MONETARIA///2.1. LA ESTRATEGIA EN DOS NIVELES
En esta estrategia se incluyen unos objetivos intermedios que se persiguen con el fin de alcanzar los objetivos últimos. En un esquema lineal, los objetivos intermedios se situarían, así,
entre la ejecución de la política monetaria (por medio de los instrumentos monetarios) y los objetivos últimos de esta política.
2.1.2. EL PRIMER NIVELEn él, las autoridades se proponen la consecución de ciertos objetivos últimos a través del control, y consiguiente cumplimiento, de unos objetivos intermedios. El objetivo intermedio se convierte en el eje central de la estrategia y objetivo prioritario. Se asume que sólo alcanzando éste se podrán alcanzar los objetivos últimos. La programación de este nivel suele hacerse para un año.
2.1.3. EL SEGUNDO NIVEL
En el segundo nivel, las autoridades tratan de regular la evolución de la variable sobre la que se fija el objetivo intermedio mediante el control de una variable operativa. La referencia temporal para este nivel es menor de un año, ya que se trata de un nivel operativo de gestión a corto plazo. Generalmente, la programación se realiza para un horizonte de un mes.
3.2.2. LOS DOS PILARES DE LA ESTRATEGIA///A. El análisis económico
Se centra en el análisis de los factores de oferta y demanda que pueden tener consecuencias sobre la inflación en el corto y medio plazo. Su atención se dirige hacia la situación económica y financiera del área del euro, y además toma en consideración la evolución de los indicadores de los mercados financieros y del precio de los activos, y las proyecciones macroeconómicas elaboradas por los expertos del Eurosistema.
El análisis se basa así en un amplio conjunto de indicadores relativos a:
– Producción – Demanda y sus componentes – Mercado de trabajo – Indicadores de precios y costes – Política fiscal – Tipo de cambio – Mercados financieros, etc.
B. El análisis monetario
La cantidad de dinero existente en el área euro juega un papel de referencia fundamental en el esquema de la política monetaria única. Concretamente, se ha fijado un valor de referencia para el crecimiento de la cantidad de dinero medida por el agregado M3 que ha de ser coherente con la estabilidad de precios. Así, las desviaciones respecto a la referencia se interpretan como la existencia de un riesgo inflacionista.
Las características de este pilar de la estrategia son las siguientes:
– La referencia se fija en términos de una tasa de crecimiento y no de una banda de fluctuación, con el fin de que los agentes no se creen falsas expectativas sobre movimientos en los tipos de intervención y que la política monetaria no haya de responder de forma mecanicista ante los movimientos de alguna de las variables que le sirven de base.
– La referencia fijada se entiende que es coherente con el objetivo de estabilidad de precios, lo que supone que existe una relación relativamente estable entre M3 y el nivel de precios del área.
– A efectos de detectar desviaciones del agregado monetario que pudieran poner en peligro el objetivo de inflación, el BCE controla periódicamente el crecimiento de M3. Las desviaciones sustanciales o prolongadas con respecto a la referencia marcada se entiende que indican un riesgo para la estabilidad de precios a medio plazo. No
obstante, el Eurosistema no se compromete a corregir las desviaciones a corto del crecimiento del agregado, aunque sí a analizarlas cuidadosamente.
– Se ha elegido el agregado monetario más amplio porque, aunque tiene en su contra que es menos controlable por los tipos de interés a corto plazo, presenta como ventajas el mantener una relación más estable con el nivel de precios y su carácter de indicador adelantado de la inflación.
Aunque M3 es el agregado monetario clave, el BCE también analiza de forma detallada ymcontinuada la evaluación del resto de los agregados monetarios, de los distintos componentes
de M3 y de las contrapartidas de todos estos agregados en el balance de las IFMs. Para la concreción de este valor de referencia, el BCE recurrió a la fórmula, conocida como «ecuación cuantitativa del dinero» según la cual la cantidad de dinero multiplicada por su velocidad de circulación o, lo que es lo mismo el ritmo al cual el dinero cambia de manos entre el público, es aproximadamente igual al valor de las transacciones realizadas en la economía que, a su vez, es el producto del PIB real por el índice de precios.
Sobre la base de la información que ofrecen las dos perspectivas, el BCE adopta sus decisiones de política monetaria, que se concretan en los cambios en el tipo de interés de las operaciones principales de financiación, el principal instrumento de política monetaria del BCE.