Clasificación de las Empresas
Según la actividad económica que desarrollan:
- Empresas del sector primario: Crean utilidad al obtener los recursos de la naturaleza (empresas agrícolas, pesqueras, mineras).
- Empresas del sector secundario: Desarrollan una actividad productiva al transformar unos bienes en otros más útiles para su uso (empresas industriales y de construcción).
- Empresas del sector terciario: Realizan diversas tareas, ofreciendo un servicio a la población o facilitando actividades a otras empresas (comerciales, hostelería, turismo, etc.).
Según su dimensión:
No es un criterio uniforme, se puede realizar según el volumen de ventas, beneficios, número de trabajadores, etc. Un criterio muy utilizado es según el número de trabajadores:
- Microempresas: <10 trabajadores
- Pequeñas: <50 trabajadores
- Medianas: <250 trabajadores
- Grandes: si superan esa cifra
Según su ámbito de actuación:
- Locales
- Regionales
- Nacionales
- Multinacionales
Según la titularidad del capital:
- Privadas: cuando la propiedad y el control está en manos particulares.
- Públicas: capital y control en manos del Estado.
- Mixtas: propiedad compartida.
Clasificación de las empresas según su naturaleza jurídica
Los criterios por los que se diferencian unas de otras son:
El carácter individual o social (titularidad de la empresa):
- Empresas individuales: Pertenecen a una sola persona que asume todos los riesgos.
- Empresas societarias o sociedades mercantiles: Varias personas se asocian aportando capital y/o trabajo, surgiendo una nueva persona jurídica, distinta de las personas físicas anteriores. Aunque pueden existir sociedades formadas por una única persona (SA y SL).
La forma de acceso a la propiedad de la empresa:
- Aportando trabajo.
- Aportando capital en forma de dinero, bienes o derechos.
La responsabilidad legal de sus propietarios frente a terceros:
- Responsabilidad ilimitada: responden con todo su patrimonio, aunque no esté siendo utilizado por la actividad económica. Estas empresas se llaman sociedades personalistas. En este caso la responsabilidad es subsidiaria (deben hacerse cargo de las deudas si no lo hace la sociedad), solidaria (la totalidad de la deuda puede ser exigida a cada uno de los socios o a uno de ellos individualmente) e ilimitada (han de responder con todos los bienes presentes y futuros si no lo hace la sociedad).
- Responsabilidad limitada: los propietarios responden de las deudas por el capital invertido: sociedades capitalistas.
Gobierno y representación externa de la empresa:
- Gobierno: quienes deciden cómo llevar a cabo la actividad económica y toman las decisiones importantes.
- Representación: quienes responden ante autoridades y tribunales por las posibles responsabilidades derivadas de actuaciones inadecuadas.
Empresario individual (autónomo)
Persona física que ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad mercantil (comercial, industrial o profesional). Su responsabilidad es ilimitada (responde con todo su patrimonio a las deudas que pueda contraer su empresa).
Características:
- Pueden ser empresarios individuales las personas mayores de edad con plena disponibilidad de sus bienes, o las menores (o incapacitadas) a través de sus representantes legales.
- No existe capital mínimo legal para iniciar la actividad (solo el necesario para los primeros gastos y totalmente desembolsado desde su origen).
- No existe separación entre los bienes de la empresa y los bienes personales del empresario (responsabilidad ilimitada).
- La gestión de la empresa y su representación legal corresponden a su titular aunque puede nombrar apoderados.
Ventajas:
- Es una forma empresarial idónea para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño.
- Es la forma que menos gestiones y trámites requiere ya que no se tiene que realizar ningún trámite de adquisición de la personalidad jurídica, lo que también resulta más económico.
- Plena autonomía en la dirección de la empresa.
Inconvenientes:
- Responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en su actividad. Es una empresa con mucho riesgo.
- Si el empresario o empresaria están casados puede dar lugar a que sus actividades alcancen al otro cónyuge, según la clase de bienes: propios, gananciales y privativos.
- Si su volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos muy elevados (las Sociedades tributan al tipo fijo del 30% sobre los beneficios para las grandes empresas y del 25% para las pequeñas y medianas empresas, mientras la persona individual tributa por tipos más elevados cuanto mayor es su volumen de renta: IRPF).
Empresas societarias o sociedades
El Código de Comercio nos dice que una sociedad es un contrato por el cual 2 o más personas se obligan a poner en común bienes, trabajo o alguna de estas cosas, para obtener lucro, siempre que se haya constituido con arreglo a las disposiciones […]