Capital Financiero
El capital financiero es la medida de un bien económico referida al momento de su disponibilidad, vencimiento o entrega. Se identifica representándolo por las componentes (C, t), donde:
- C representa la cuantía del capital en unidades monetarias. Cuando es negativa, se entenderá como un pago o reintegro a realizar por este sujeto.
- t indica el momento de vencimiento o disponibilidad y podrá ser positivo o negativo. Si es positivo, su vencimiento es posterior al origen, y si es negativo, su vencimiento es anterior al origen.
La operación financiera está definida por:
- Acreedor: sujeto que empieza el intercambio entregando al segundo agente un capital o conjunto de capitales financieros que se les denomina prestación.
- Deudor: sujeto que recibe los capitales financieros del primer agente a cambio de devolverle en otros momentos del tiempo, que se les denomina contraprestación.
- Origen: vencimiento del primer capital financiero que define la operación.
- Final: vencimiento del último capital de esa operación.
- Duración: tiempo que media entre el origen y el final de la operación.
Ley Financiera
La ley financiera es una función F a través de la cual, dado un capital financiero (C, t), se puede calcular su capital financiero equivalente en un momento del tiempo P llamado punto de aplicación o de referencia. Así pues, F(C, t, p) = V.
Según la relación existente entre t y p, se obtienen dos clasificaciones:
- Cuando p es mayor que t, la ley recibe el nombre de ley de capitalización y la nomenclatura a utilizar es L(t, p).
- Cuando p es menor que t, se obtiene la ley de descuento, que se representa por A(t, p).
Las leyes financieras F(t, p) permiten sumar capitales financieros para que después se puedan sumar las cuantías manteniendo el mismo vencimiento.
Factor Financiero
El factor financiero es un instrumento a través del cual, dado un capital financiero en t1, podemos calcular su capital financiero equivalente en t2 independientemente del valor de p o punto de referencia. C1F(t1, p) = C2F(t2, p).
El cociente recibe el nombre de factor financiero de desplazamiento a la derecha y se representa por f(t1, t2, p), y el desplazamiento por la izquierda se representa por f*(t1, t2, p).
Las leyes clásicas de capitalización son dos:
- La ley de capitalización simple, que es utilizada generalmente en operaciones a corto plazo y se representa por L(t, p) = 1 + i(p – t).
- La ley de capitalización compuesta, que es utilizada en la gran mayoría de operaciones a largo plazo.
Rédito y Tanto de Capitalización
El rédito de capitalización es el incremento de una unidad monetaria en un intervalo de tiempo. La variación experimentada por una unidad monetaria referida a la unidad del tiempo se llama tanto de capitalización.
Operaciones Financieras
Las operaciones financieras son todo intercambio de capital con vencimiento distinto, realizado por dos sujetos económicos. Se caracterizan por:
- El intercambio de capital no es simultáneo.
- Existe mutuo acuerdo entre los sujetos implicados en la operación.
- Media una ley financiera de valoración para que se cumpla la equivalencia financiera entre la prestación y la contraprestación.
Clasificación de las operaciones financieras:
- Según la intervención del capital: ciertas o aleatorias.
- Según la distribución: simples o compuestas.
- Según la duración: a corto o largo plazo.
- Según la ley que interviene: descuento, capitalización y mixta.
- Según el sentido: unilaterales o recíprocas.
Descuento Bancario
El descuento bancario es el hecho de abonar al cliente en dinero de un efecto no vencido, no abonando el nominal sino el valor actual resultante de aplicar el descuento simple comercial.
Descuento Comercial
El descuento comercial es una operación mixta de financiación y servicios. El banco hace una gestión del cobro de efectos, pero no asume el riesgo de la operación. En última instancia, el que pagaría sería el librador.
Según la periodicidad de los efectos, se distinguen dos tipos:
- Circunstancial: cuando se admite o negocia el descuento de un efecto sin que ello presuponga el descuento de otros futuros.
- Continuo o repetitivo: cuando existe relación con carácter continuado en los descuentos entre el cliente y la entidad financiera.
Descuento Financiero
En el descuento financiero, el efecto objeto del descuento representa un crédito puro concedido por el banco al cliente y que se documenta mediante una o varias letras de cambio. Hay que destacar que el librador y el aceptante de la letra es el prestatario.
El coste y el rendimiento se obtienen igualando financieramente la prestación con la contraprestación de acuerdo con una ley financiera de capitalización.
Letra del Tesoro
Las letras del tesoro son valores de deuda pública a corto plazo (amortización no superior a los 18 meses) emitidos al descuento, es decir, el precio de compra será inferior al reembolso en la amortización. El resultado obtenido debe incluirse como rendimiento del capital mobiliario al realizar la declaración sobre la renta de las personas físicas (IRPF), aunque este rendimiento no está sometido a la retención a cuenta del IRPF. El mercado secundario en cualquier momento anterior a su vencimiento estará determinado por el precio de mercado existente en el momento de la venta, por lo que el inversor no conoce en el momento de la compra cuál será la ganancia final que obtendrá.