Conclusión de la sociedad anónima

Las sociedades de interés social se crean para la ayuda entre los socios. Las más habituales son las sociedades laborales y las cooperativas. Son muy interesantes para un país la sociedad en general, porque en ellas los trabajadores son dueños y toman las decisiones, lo que lleva a que la renta se distribuya entre muchos. Por eso reciben el nombre de «de interés social»
La sociedad laboral son sociedades anónimas o sociedades limitadas en la que los trabajadores son a la vez los dueños de la empresa y, por tanto, poseen las acciones o participaciones de la misma. 
Por tanto, si se divide en acciones la llamaremos sociedad anónima laboral y si se divide en participaciones, la llamaremos sociedad limitada laboral. dos clases:

–  Clase laboral: están destinadas a los socios trabajadores


–  Clase general: son propiedad de los socios no trabajadores, si los hay


Esta sociedad es muy utilizada cuando una empresa está en una situación económica muy mala, cerca de desaparecer, y los trabajadores la “rescatan” convirtiéndose así en dueños. El objetivo que busca el Estado con las sociedades laborales es que cuantos más trabajadores sean socios, y que los trabajadores sean fijos en la empresa para asegurar que el empleo sea estable. Requisitos.- Al menos el 51% del capital debe estar en manos de los trabajadores que tienen un contrato indefinido (son fijos en la empresa, no temporales), una administración pública puede ser socio de estas empresas. -Ninguno de los socios puede tener más de una tercera parte de las acciones o participaciones del capital social.- El número de horas-año trabajadas por los trabajadores contratados por tiempo indefinido que no sean socios, no podrá ser superior al 49% del total horas-año trabajadas por el conjunto de los socios trabajadores Las carácterísticas de este tipo de sociedad son las siguientes:

El número mínimo de socios es 2.
– La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado. – El capital social mínimo será de 60.000 euros si hablamos de una sociedad anónima laboral y debe suscribirse y desembolsarse al menos en un 25% si se trata de una sociedad anónima laboral. Si es una sociedad de responsabilidad limitada laboral, el capital mínimo serán 3000 euros.
– En la transmisión de las acciones y participaciones de la clase laboral, se dará preferencia a los trabajadores indefinidos que no sean socios; si estos no las quisieran, las pueden adquirir los socios trabajadores en primer lugar, después los socios de clase general y, en su defecto, otros trabajadores que no tengan contrato indefinido. – El impuesto a pagar es el de sociedades.


La sociedad cooperativa. Una cooperativa es una sociedad formada por personas que se asocian para realizar unas actividades empresariales que les permitan satisfacer sus necesidades.En este tipo de sociedades lo más importante suele ser mantener y mejorar el trabajo de sus miembros, por lo que este tipo de sociedades son muy interesantes para el país.Para socios que tienen unos intereses comunes, quieren tomar sus decisiones de manera democrática y al unirse mejoran sus condiciones. Podemos aplicar el principio “la uníón hace la fuerza”. Características 


El número mínimo de socios.
Depende de si la cooperativa es de primer o segundo grado. 1g mínimo de 3 socios. 2 grado deberá estar formada por al menos 2 cooperativas – La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado. – El capital social mínimo es el que fijen los estatutos de la empresa – El impuesto a pagar es el de sociedades, aunque tienen bonificaciones.

– No tienen ánimo de lucro, sino que los beneficios, llamados excedentes, deben reinvertirse en la cooperativa y en mejorar el entorno social.
Los órganos de gestión de la cooperativa son:

A La asamblea general


 Formada por todos los socios de la cooperativa para llegar a una serie de acuerdos. Cada socio tiene un voto con independencia al capital aportado.

B) Consejo rector


Se encarga de la gestión de la cooperativa, supervisar a los directivos y representar a la cooperativa. Es el equivalente al consejo de administración en la sociedad anónima y limitada.

C) Interventores


 Llevan la vigilancia de las cuentas de la cooperativa.

D) Comité de recursos


 Resuelve las posibles sanciones que se pongan a algunos de sus socios.
Según los intereses que tengan los socios, podemos destacar 3 tipos de cooperativas.

– De trabajo asociado

 Los socios de la cooperativa son los propios trabajadores, que ponen en común una serie de bienes y trabajo para realizar una actividad.

– De venta

 Los socios se unen para vender sus productos en común, de manera que así tienen un mayor poder a la hora de negociar (como las cooperativas agrarias)

– De consumo

Los socios se unen para comprar unos productos y así tener mejores precios y condiciones.


Variantes S.L La sociedad limitada nueva empresa.

Es tipo de sociedad ideal para pequeñas empresas nuevas, ya que los trámites para ponerlas en marcha son mucho más fáciles y se ahorra dinero y tiempo,se pueden crear en unas pocas horas y tienen ventajas para pagar menos impuestos al inicio. Carácterísticas diferentes a la sociedad limitada -El máximo de socios posibles son 5.- El mínimo del capital social es de 3.000 euros y el máximo 120.000.- No puede haber un consejo de administración (múltiples administradores) y el administrador tiene que ser uno de los socios.

La sociedad limitada de formación sucesiva

Es una sociedad muy parecida a las sociedades limitadas, pero no hace falta desembolsar ningún capital, sirve para las personas que tengan dificultad para reunir los 3000 euros necesarios en la sociedad limitada. Tiene una serie de obligaciones- Hay topes de salarios para los socios y administradores- El 20% del beneficio debe reinvertirse en la empresa- Los socios tienen una responsabilidad ante las deudas de 3000 euros.- Si en algún momento la sociedad llega a un capital de 3000 euros, la sociedad debe convertirse en la sociedad limitada tradicional.

La sociedad anónima es un tipo de sociedad mercantil capitalista donde el capital está dividido en partes iguales, llamadas acciones. Para formar parte de esta sociedad las aportaciones pueden ser dinerarias o no dinerarias (se pueden aportar bienes o derechos, como una máquina o una patente) Sirve empresas grandes que necesitan mucho capital, donde lo importante es cuánto aporta cada socio y no quién lo hace, ya que ellos no llevan la gestión. Las acciones si cotizan en bolsa y cualquier socio puede vender sus acciones libremente lo que permite acumular un capital importante. Carácterísticas



El número de socios puede ser de uno o más, ya sean personas físicas o jurídicas. Si sólo hay un socio, la sociedad pasará a llamarse “sociedad anónima unipersonal” – La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.


– El capital social mínimo es de 60.000 € divididos en acciones y debe estar totalmente suscrito y desembolsado en, al menos, un 25% en el momento de la constitución  – La transmisión de las acciones es libre.- El impuesto a pagar es el de sociedades.     2 órganos de gobierno.

1. La junta general de accionistas


accionistas se reúnen para tomar decisiones. Las decisiones se toman por la mayoría, de manera que el número de votos que cada accionista depende de su número de acciones.  – Junta ordinaria: los accionistas se reúnen una vez al año dentro de los 6 primeros meses para aprobar o no la gestión de los administradores (recuerda que los accionistas no suelen gestionar), para aprobar las cuentas del ejercicio anterior y decidir qué hacer con los beneficios. – Junta extraordinaria: la convocan los administradores cuando lo crean oportuno para tratar algún tema de importancia para la sociedad o es solicitada por al menos el 5% de los accionistas.

2. El consejo de administración o administradores

. Es el órgano encargado de gestionar y representar la empresa. La junta de accionistas en la encargada de elegir uno (administrador único) o varios administradores (consejo de administración).

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