FINALIDAD DE LAS CC.AA OBJETIVO
FINALIDAD DE LAS CC.AA OBJETIVO. Las cuentas anuales:
- Forman una unidad.
- Deben ser redactadas de conformidad con C.Comercio, LSC y PGC; en particular, sobre la base del Marco Conceptual de la Contabilidad.
- Mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.
CUENTAS ANUALES. 1 Documentos que la integran. Son el balance, PyG, ECPN, EFE y Memoria. El Estado de flujos de efectivo no será obligatorio si la entidad formula balance, estado de cambios en patrimonio neto y memoria en modelo abreviado.2. Informe de gestión. No forma parte de las cuentas anuales. Obligatorio para aquellas sociedades que presenten balance, estado de cambios en patrimonio neto y memoria en formato normal. Contenido general:
- Exposición fiel sobre la evolución de los negocios y la situación de la sociedad.
- Descripción de los principales riesgos e incertidumbres a los que se enfrenta.
- Actividades de I+D.
- Operaciones con acciones propias.
- Hechos posteriores al cierre.
PRINCIPIOS CONTABLES. La contabilidad de la empresa y, en especial, el registro y la valoración de los elementos de las cuentas anuales, se desarrollarán aplicando obligatoriamente seis principios contables. En los casos de conflicto entre principios contables, deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. 1. Empresa en funcionamiento. Se considerará que la gestión de la empresa continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación de los principios →
Devengo
y criterios contables no tiene el propósito de determinar el valor del P.N. a efectos de su transmisión global o parcial, ni el importe resultante en caso de liquidación. 2Devengo. Las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran y con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.3Uniformidad. Adoptado un criterio dentro de las alternativas que se permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su elección. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las c. anuales.4Prudencia. Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales. Se valorará a v. razonable la cartera de negociación, disponible para la venta y los instrumentos financieros derivados 5. No compensación. Salvo contrario, no podrán compensarse las partidas del act y pas o gtos e ing y se valorarán x separado los elementos integrantes de las c. anuales. 6. Importancia relativa. Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel. Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función.
CONSIDERACIONES GENERALES
CONSIDERACIONES GENERALES.1. Información comparativa. Balance, PyG, ECPN y EFE; En cada partida deberán figurar, además de las cifras del ejercicio que se cierra, las correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior.// Memoria: La información cuantitativa requerida en la memoria deberá referirse al ejercicio al que corresponden las c. anuales, así como al ejercicio anterior del que se ofrece información comparativa, salvo contrario. Se incluirán datos cualitativos correspondientes a la situación del ejercicio anterior cuando ello sea significativo. No podrá modificarse la estructura de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán en la memoria. No podrán modificarse los criterios de contabilización de un ejercicio a otro, salvo casos excepcionales que se indicarán y justificarán en la memoria. Cuando las partidas no sean comparables, bien por haberse producido una modificación en la estructura, bien por realizarse un cambio de criterio contable o subsanación de error, se deberá proceder a adaptar el ejercicio precedente, a efectos de su presentación en el ejercicio al que se refieren las cuentas anuales, informando detalladamente en la memoria.2. Normas comunes a los estados principales. No figurarán las partidas a las que no corresponda importe. Podrán añadirse nuevas partidas a las previstas en los modelos. Podrá hacerse una subdivisión más detallada de las partidas. Podrán agruparse las partidas precedidas de números árabes en el balance y estado de cambios en el patrimonio neto, o letras en la cuenta de pérdidas y ganancias y estado de flujos de efectivo, si sólo representan un importe irrelevante para mostrar la imagen fiel o si se favorece la claridad. Cuando proceda, cada partida contendrá una referencia cruzada a la información correspondiente dentro de la memoria. Los créditos y deudas con empresas del grupo y asociadas, así como los ingresos y gastos derivados de ellos, figurarán en las partidas separadas correspondientes. Las empresas que participen en uno o varios negocios conjuntos que no tengan personalidad jurídica (uniones temporales de empresas, comunidades de bienes, etc.) deberán presentar esta información, atendiendo a lo dispuesto en la norma de registro y valoración relativa a negocios conjuntos, integrando en cada partida de los modelos de los distintos estados financieros las cantidades correspondientes a los negocios conjuntos en los que participen, e informando sobre su desglose en la memoria.3. Formulación de las CC.AA. Se elaborarán con una periodicidad de 12 meses, salvo en los casos de constitución, modificación de la fecha de cierre del ejercicio social o disolución. Deberán ser formuladas por el emp o admin, que responderán de su veracidad, en el plazo máximo de 3 meses, a contar desde el cierre del ejercicio. A estos efectos, las c. anuales expresarán la fecha en que se hubieran formulado y deberán ser firmadas por el emp, por todos los socios ilimitadamente responsables por las deudas sociales, o por todos los admin de la sociedad; si faltara la firma de alguno de ellos, se indicará la causa, en cada uno de los documentos en que falte. El balance, la PyG, ECPN y EFE y la memoria deberán estar identificados; indicándose de forma clara y en cada uno de dichos documentos su denominación, la empresa a que corresponden y el ejercicio al que se refieren. Las c. anuales se elaborarán expresando sus valores en €; no obstante, lo anterior, podrán expresarse los valores en miles o millones de euros cuando la magnitud de las cifras así lo aconseje, debiendo indicarse esta circunstancia en las cuentas anuales.
BALANCE 1. Distinción corriente no corriente.
BALANCE 1. Distinción corriente no corriente. El balance, que comprende, con la debida separación, el activo, el pasivo y el patrimonio neto de la empresa, se formulará clasificando las partidas entre corrientes y no corrientes.2. Activos corrientes. Comprenderá:
- Los activos que la empresa espera vender, consumir o realizar en el transcurso del ciclo normal de explotación. Con carácter general, el ciclo normal de explotación no excederá de un año. Cuando el ciclo normal de explotación de una empresa no resulte claramente identificable, se asumirá que es de un año.
- Aquellos activos, diferentes de los citados, cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera que se produzca en el corto plazo, es decir, en el plazo máximo de un año, contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio.
- Los activos financieros clasificados como mantenidos para negociar.
- El efectivo y otros activos líquidos equivalentes.
3. Pasivos corrientes. Comprenderá:
- Las obligaciones que la empresa espera liquidar en el transcurso del ciclo normal de explotación.
- Las obligaciones cuyo vencimiento o extinción se espera que se produzca en el corto plazo, es decir, en el plazo máximo de un año, contado a partir de la fecha de cierre del ejercicio; en particular, aquellas obligaciones para las cuales la empresa no disponga de un derecho incondicional a diferir su pago en dicho plazo. En consecuencia, los pasivos no corrientes se reclasificarán en corrientes en la parte que corresponda.
- Los pasivos financieros clasificados como mantenidos para negociar.
4. Compensación.
Un activo financiero y un pasivo financiero se podrán presentar en el balance por su importe neto siempre que:
- La empresa tenga en ese momento, el derecho exigible de compensar los importes reconocidos.
- La empresa tenga la intención de liquidar las cantidades por el neto o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.
Las mismas condiciones deberán concurrir para que la empresa pueda presentar por su importe neto los activos por impuestos y los pasivos por impuestos. CUENTA DE PYG. recoge el resultado del ejercicio, formado por los ingresos y los gastos del mismo, excepto cuando proceda su imputación directa al patrimonio neto de acuerdo con lo previsto en las normas de registro y valoración. Los ingresos y gastos se clasificarán de acuerdo con su naturaleza.
- Presentación vertical.
- Operaciones continuadas e interrumpidas.
- No existen la denominación de resultados extraordinarios (creando, para resultados excepcionales, “otros resultados” en resultado de explotación).
- Ventas netas de devoluciones y descuentos.
- Variación del valor razonable en instrumentos financieros.
- Deterioro, bajas y enajenaciones en el resultado de explotación.
- Diferencia negativa de combinaciones de negocio, en su caso, en resultado de explotación.
- Costes de reestructuración: se registrarán según su naturaleza.
ECPN(PGC)
ECPN(PGC) Tiene 2 partes:A. “Estado de ingresos y gtos reconocidos”: recoge los cambios en el P.N derivados de:
- El resultado del ejercicio de la cuenta de PyG.
- Los ingresos y gtos que, según lo requerido por las normas de valoración, deban imputarse directamente al P.N. de la empresa.
- Las transferencias realizadas a la cuenta de PyG según lo dispuesto por el PGC.
B. “Estado total de cambios en el patrimonio neto”: informa de todos los cambios habidos en el patrimonio neto derivados de:
- La totalidad de los ingresos y gastos reconocidos.
- Las variaciones originadas en el patrimonio neto por operaciones con los socios o propietarios de la empresa cuando actúen como tales.
- Las restantes variaciones que se produzcan en el patrimonio neto.
- También se informará de los ajustes al patrimonio neto debidos a cambios en criterios contables y correcciones de errores.
Cuando se advierta un error, o se produzca un cambio de criterio, en el ejercicio a que se refieren las c. anuales que corresponda a un ejercicio anterior al comparativo, se informará en la memoria, e incluirá el correspondiente ajuste en el epígrafe A.II o A.I del Estado total de cambios en el patrimonio neto, de forma que el patrimonio inicial de dicho ejercicio comparativo será objeto de modificación en aras de recoger la rectificación del error. En el supuesto de que el error, o el cambio de criterio, corresponda al ejercicio comparativo dicho ajuste se incluirá en el epígrafe C.II o C.I del ECPN
EFE
EFE1. Concepto. informa sobre el origen y la utilización de los activos monetarios representativos de efectivo y otros activos líquidos equivalentes. Clasificando los movimientos por actividades e indicando la variación neta de dicha magnitud en el ejercicio. 2. Efectivo y equivalentes. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes (B.VII):
- Tesorería depositada en la caja de la empresa.
- Depósitos bancarios a la vista.
- Instrumentos financieros que sean convertibles en efectivo y que en el momento de su adquisición, su vencimiento no fuera superior a tres meses, siempre que no exista riesgo significativo de cambios de valor y formen parte de la política de gestión normal de la tesorería de la empresa.
3. Presentación. El estado de flujo de efectivo debe informar acerca de los flujos de efectivo habidos durante el periodo, clasificándolos por actividades de explotación, de inversión y de financiación. ±Flujos de efectivo de las actividades de explotación ±Flujos de efectivo de las actividades de inversión. ±Flujos de efectivo de las actividades de financiación. = Aumento o disminución neta del efectivo o equivalentes. 4. Utilidad. Permite:
- evaluar la capacidad que la empresa tiene para generar efectivo y el grado de certidumbre relativa de su aparición.
- Conocer la proyección líquida de las actividades de inversión y financiación.
- Analizar la utilización de los flujos líquidos generados por las operaciones, según su destino: inversiones, dividendos y reembolso de deudas.
6A.explotación.
Flujos de efectivo procedentes de las a.explotación son los ocasionados por las transacciones que intervienen en la determinación del resultado de la empresa.La variación del flujo de efectivo ocasionada por estas actividades se mostrará por su importe neto, a excepción de los flujos de efectivo correspondientes a intereses, dividendos percibidos e impuestos sobre beneficios,delosquese informará separadamente.Objeto de los ajustes a realizar: el resultado del ejercicio será objeto de corrección para eliminar los gastos e ingresos que no hayan producido un movimiento de efectivo e incorporar las transacciones de ejercicios anteriores cobradas o pagadas en el actual. Ajustes a realizar: a) Ajustes del resultado:1Correcciones valorativas: amort, pérdidas por deterioro de valor, resultados surgidos por la aplicación del v.razonable y variaciones en las provisiones.2Operaciones que deban ser clasificadas como actividades de inversión o financiación, como resultadosporenajenacióndeinmovi.odeinstru.finan.3Remuneración de activos y pasivos financieros cuyos flujos de efectivo se muestren separados: ingresos y gtos financieros. b) Los cambios en el capital corriente que tengan su origen en una diferencia en el tiempo entre la corriente real de bienes y servicios de las a.explotación y su corriente monetaria. c) Los flujos por intereses -incluidos los activados-, y cobros de dividendos. d) Los flujos por impuesto sobre beneficios./El descuento de papel comercial se considerará como un cobro a clientes adelantado en el tiempo.
7. Opciones elegidas por el PGC.Dentro de las opciones disponibles en las NIIF el PGC ha optado por:1Aplicar el método indirecto.2Clasificar los intereses pagados, así como los intereses y dividendos percibidos como flujos procedentes de actividades operativas.3Considerar como flujos de efectivo por actividades de financiación los pagos a favor de los accionistas en concepto de dividendos.8. Actividades de inversión.Flujos de efectivo por actividades de inversión: pagos que tienen su origen en la adquisición de activos no corrientes y otros activos no incluidos en el efectivo y otros activos líquidos equivalentes, tales como inmovilizados intangibles, materiales, inversiones inmobiliarias o inversiones financieras, así como los cobros procedentes de su enajenación o de su amortización al vencimiento.9Actividades de financiación.Flujos de efectivo por actividades de financiación: cobros procedentes de la adquisición por terceros de títulos valores emitidos por la empresa o de recursos concedidos por entidades financieras o terceros, en forma de préstamos u otros instrumentos de financiación, así como los pagos realizados por amortización o devolución de las cantidades aportadas por ellos.Figurarán también como flujos de efectivo por actividades de financiación los pagos a favor de los accionistas en concepto de dividendos.
10. Compensación.Los cobros y pagos procedentes de activos y pasivos financieros de rotación elevada podrán mostrarse netos, siempre que se informe en la memoria. Se considerará que el periodo de rotación es elevado cuando el plazo entre la fecha de adquisición y la de vencimiento no supere 6 meses.11. Flujos en la monedaextranjera.Losflujosprocedentesdetransacciones en moneda extranjera se convertirán a la moneda funcional al tipo de cambio vigente en la fecha en que se produjo cada flujo en cuestión, sin perjuicio de poder utilizar una media ponderada representativa del tipo de cambio del periodo en aquellos casos en que exista un volumen elevado de transacciones efectuadas.Si entre el efectivo y otros activos líquidos equivalentes figuran activos denominados en moneda extranjera, se informará en EFE del efecto que en esta rúbrica haya tenido la variación de los tipos de cambio.12.Info a revelar en la memoria.La emp debe informar de cualquier importe significativo de sus saldos de efectivo y otros activos líquidos equivalentes al efectivo que no estén disponibles para ser utilizados. /Cuando exista una cobertura contable, los flujos del instrumento de cobertura se incorporarán en la misma partida que los de la partida cubierta, indicando en la memoria este efecto./En el caso de operaciones interrumpidas, se detallarán en la nota correspondiente de la memoria los flujos de las distintas actividades.
Respecto a las transacciones no monetarias, en la memoria se informará de las operaciones de inversión y financiación significativas que, por no haber dado lugar a variaciones de efectivo, no hayan sido incluidas en el estado de flujos de efectivo. Ejemplos: conversión de deuda en instrumentos de patrimonio adquisición de un activo mediante un arrendamiento financiero. En caso de existir una operación de inversión que implique una contraprestación parte en efectivo o activos líquidos equivalentes y parte en otros elementos, se deberá informar sobre la parte no monetaria independientemente de la información sobre la actividad en efectivo o equivalentes que se haya incluido en el estado de flujos de efectivo. La variación de efectivo y otros activos líquidos equivalentes ocasionada por la adquisición o enajenación de un conjunto de activos y pasivos que conformen un negocio o línea de actividad se incluirá, en su caso, como una única partida en las actividades de inversión, en el epígrafe de inversiones o desinversiones según corresponda, creándose una partida específica al efecto con la denominación “Unidad de negocio”. Cuando la empresa posea deuda con características especiales, los flujos de efectivo procedentes de ésta, se incluirán como flujos de efectivo de las actividades de financiación, en una partida específica denominada “Deudas con características especiales” dentro del epígrafe 10. Aumentos y disminuciones en instrumentos de pasivo financiero.