Derecho Comercial: Conceptos Fundamentales
Definición y Alcance
El Derecho Comercial, también conocido como Derecho Mercantil, es el conjunto de normas jurídicas que regulan las actividades comerciales, los comerciantes y las relaciones jurídicas que surgen de la realización de actos de comercio.
Acto de Comercio
Un acto de comercio es todo acto jurídico que tiene como finalidad la intermediación en la elaboración y circulación de bienes, con el objetivo de obtener lucro. El artículo 8 del Código de Comercio enumera una serie de actos que se consideran comerciales, pero esta lista no es exhaustiva y tiene un carácter enunciativo o ejemplificativo.
Análisis del Artículo 8 del Código de Comercio
Inciso 1: Adquisición Onerosa de Cosas Muebles
La adquisición onerosa de cosas muebles implica la incorporación de bienes al patrimonio propio mediante compraventa, permuta, cesión, etc. La adquisición debe ser onerosa, es decir, debe existir una contraprestación. Las donaciones, herencias, etc., quedan excluidas. Las cosas muebles son objetos materiales e inmateriales susceptibles de valor económico, como derechos creditorios, marcas, patentes de invención, gas, electricidad, etc. El fin de lucro debe existir desde el momento de la adquisición, aunque no se busque obtener dinero de inmediato. La cosa puede venderse tal cual se adquirió o transformándola, por ejemplo, si varios hierros son trabajados por Regazzoni, adquirirán un valor superior al que realmente poseen.
Inciso 3: Operaciones de Cambio, Banco y Corretaje
La operación de cambio es el trueque de una moneda por otra que se realiza mediante bancos, casas de cambio, giros, transferencias, etc. La operación de banco es la intermediación de dinero que realizan los bancos (depósito, préstamos, etc.) y otras entidades financieras (compañías de crédito). El corretaje consiste en la intermediación de un corredor, cuyo fin es acercar a las partes de la oferta y la demanda para celebrar un contrato. Esta calificación se extiende a las agencias de turismo que funcionan con intermediarios en la venta de pasajes, hospedaje, excursiones, etc. El remate es la venta pública al mejor postor. El martillero es el encargado de realizar los remates, y estos son actos de comercio, incluso cuando se refieren a inmuebles.
Inciso 4: Operaciones con Títulos de Crédito
Este inciso se refiere a las operaciones realizadas con títulos de crédito o papeles de comercio, como la letra de cambio, cheque, pagaré, etc. Estos títulos son transmisibles por endoso. Cualquier operación que se realice con estos papeles se considera acto de comercio, aunque el origen del negocio sea una causa civil y no tenga un fin de lucro.
Inciso 7: Actos de Navegación Marítima o Fluvial
Todos los actos relacionados con la navegación marítima o fluvial son actos de comercio, incluso si no se realizan en forma de empresa (por ejemplo, un botero que cruza gente a través de un río) o si no tienen fin de lucro (por ejemplo, navegar en una embarcación propia por placer). Por analogía, también se contempla la aeronavegación.
Comerciante
Definición
El Código de Comercio define al comerciante en su artículo primero de la siguiente manera:»Son comerciantes todos los individuos que, teniendo capacidad legal para contratar, ejercen por cuenta propia actos de comercio, haciendo de ello su profesión habitua».
Capacidad para Ejercer el Comercio
La capacidad requerida para ejercer el comercio es la libre administración de bienes. Actualmente, los mayores de 18 años poseen esta capacidad, siempre que no se encuentren inhabilitados por decisión judicial.
Obligaciones del Sujeto Plural
En las obligaciones del sujeto plural existen varios acreedores, varios deudores o varios acreedores y deudores simultáneamente. Dentro de estas obligaciones, diferenciamos:
- Mancomunadas: el crédito y la deuda se dividen de modo tal que cada acreedor solo puede reclamar su parte en el crédito, y cada deudor solo abonará su parte de la deuda.
- Solidarias: en este caso, el crédito y la deuda no se dividen, por lo tanto, cada acreedor puede reclamar la totalidad del crédito, y cada deudor está obligado a pagar la totalidad de la deuda, extinguiendo la obligación.
Contratos Comerciales
Los contratos son la fuente más importante de las obligaciones. El Código de Comercio legisla sobre distintos contratos comerciales, como la compraventa, la fianza, el mandato, etc. Por regla general, podemos decir que son contratos comerciales aquellos que se refieren a cosas muebles y que existe un fin de lucro.
Consentimiento en los Contratos Comerciales
El consentimiento es un acto voluntario en el cual coinciden las voluntades de las partes que integran el contrato. Esa manifestación de la voluntad debe expresarse sin ningún vicio que la altere.
Formas del Consentimiento
- Expresa: manifestando la voluntad de contratar en forma verbal, escrita o mediante signos inequívocos.
- Tácita: cuando se realizan acciones que indican la intención de contratar.
Compraventa Mercantil
La compraventa es comercial cuando tiene por objeto:
- Cosas muebles
- Existe un fin de lucro o de especulación al revender la cosa o alquilarla.
Particularidades de la Compraventa Mercantil
La compraventa mercantil se diferencia de la compraventa civil porque se puede realizar ventas de cosas ajenas. En cuanto a la seña, tiene la función de confirmar el contrato, considerándose la suma entregada a cuenta del precio. Si el comprador se arrepiente, pierde la seña.