Legislación Mercantil
Es la parte del derecho que regula la actividad económica que se realiza en una empresa.
Código de Comercio
Es el principal marco legislativo de las operaciones mercantiles en España, se actualizó con la Ley 19/1989.
Obligaciones y Derechos de la Empresa
1. Obligaciones en Materia de Contabilidad:
a) El empresario debe llevar una contabilidad ordenada, elaborar balances e inventarios y llevar libro de inventarios y cuentas anuales.
b) La contabilidad la debe llevar el empresario, o alguien debidamente autorizado.
c) Las sociedades deben llevar obligatoriamente el libro de actas, donde destacan acuerdos llegados en las juntas, resultados de votaciones…
2. Competencia y Publicidad:
a) Ley de Competencia: Es aquella que sanciona conductas que puedan impedir, restringir o falsear la competencia del mercado nacional.
b) Ley General de la Publicidad: Prohíbe la publicidad engañosa, la desleal y la subliminal.
3. Propiedad Industrial y Defensa de los Consumidores:
Hay dos modalidades de propiedad industrial:
– Las invenciones (patente, modelo de utilidad, dibujos industriales).
– Los signos distintivos (nombre comercial, marca y rótulos de establecimiento).
La Patente: Se le reconoce el derecho de explotación exclusiva a quien haya realizado un nuevo invento aplicable a la industria. Se puede legar, donar o vender.
La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) es el organismo responsable del registro de las distintas modalidades de la propiedad industrial.
4. Registro Mercantil:
Según el Reglamento del Registro Mercantil, sus objetivos son:
- Inscribir a las empresas en el momento de su constitución.
- Legalizar los libros de las empresas.
- Inscribir a los apoderados nombrados por la empresa.
Se divide en:
- Registros Territoriales (uno en cada capital de provincia, en Ceuta y en Melilla).
- Registro Central (reúne información de todo el estado).
Legislación Fiscal – Derecho Fiscal
Surge por la necesidad del estado de obtener ingresos para culminar los gastos públicos, que se recoge de forma detallada en los Presupuestos Generales del Estado.
Los Tributos
Son la clase de ingresos públicos más importantes del presupuesto del estado. Los podemos clasificar en:
a) Tasas: Son prestaciones de dinero hechas a un ente público, en contraprestación de un servicio o por la realización de una actividad, que proporciona un beneficio directo para el usuario.
b) Contribuciones Especiales: Son tributos que gravan los impuestos públicos.
c) Impuestos: Son pagos exigidos por las administraciones públicas sin que haya una contraprestación directa para el contribuyente.
Los Impuestos y sus Clases
a) Impuestos Directos: Recaen directamente sobre las personas o empresas, ya sea porque se ha obtenido un beneficio o por el uso de un bien que se posee. Son de obligatorio cumplimiento, si se incumple se considera fraude fiscal, para que este no aumente se ha creado el Plan Anual de Contabilidad Tributaria. Se puede gestionar a nivel estatal (IRPF, IS), o a nivel local (IAE).
- IRPF: El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter personal, directo y progresivo que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales. Está dividido en 5 partes: rendimiento del trabajo, rendimiento del capital inmobiliario, rendimiento del capital mobiliario, rendimiento de actividades económicas, ganancias y pérdidas patrimoniales.
- IS: Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y personal que grava las rentas de las sociedades y otras entidades jurídicas. El tipo impositivo o gravamen es el porcentaje que se aplica a la base imponible con carácter general. Los tipos impositivos son: base imponible entre 0-300.000 = 25%, base imponible restante = 30%.
- IAE: Impuesto sobre Actividades Económicas, es un tributo directo y de carácter real que tiene por objetivo el ejercicio en el territorio nacional de una actividad. Se consideran actividades empresariales: las ganaderas, mineras, industriales, comerciales y los servicios.
b) Impuestos Indirectos: Repercuten en la economía de una persona gravando el consumo de bienes y servicios, así como las transmisiones de bienes y derechos, solo se gestiona de forma estatal. Existen 2 tipos (IVA, Impuestos Especiales).
- Impuestos Especiales: Recaen sobre consumos específicos y gravan la fabricación e importación. Tipos: Impuesto especiales sobre el alcohol, Impuesto sobre hidrocarburos, Impuesto sobre labores del tabaco, Impuestos sobre electricidad.
- IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido):
- Valor Añadido: Es la diferencia entre el valor de los bienes producidos y el coste de las materias primas y de otros bienes intermedios utilizados para producirlos.
- El IVA grava las siguientes operaciones: las entregas de bienes y prestaciones de los servicios efectuados por profesionales, las adquisiciones intracomunitarias de bienes, las importaciones de bienes hechas por empresarios o particulares.
- El IVA se aplica en la península y en Baleares.
- Tipos de impositivos son: a) Superreducido del 4%, b) Reducido del 10%, c) General del 21%.
- Para que las empresas lleven bien el pago del IVA hay que: conservar las facturas recibidas de sus proveedores y acreedores, han de llevar un libro de facturas emitidas, recibidas y de registro de bienes de invención.
- Además los empresarios deben: hacer facturas de bienes y servicios, declarar cada mes un documento oficial de facturas, presentar un resumen de las operaciones de todo el año, presentar una relación detallada de facturas emitidas y recibidas.