Documentos Comerciales y Operaciones Bancarias: Una Guía Completa

Documentos Comerciales y Operaciones Bancarias

Introducción a los Documentos Comerciales

La actividad comercial se basa en la realización de transacciones, y los documentos comerciales son el testimonio de estas operaciones. Estos documentos otorgan respaldo jurídico y son la base de la registración contable, actuando como constancias escritas de todas las operaciones realizadas.

Datos Clave en los Documentos Comerciales

Los documentos comerciales contienen información esencial, como:

  • Nombre o razón social
  • Domicilio
  • Nombre del comprobante
  • Número del comprobante
  • Fecha de emisión
  • Número de CUIT
  • Número de ingresos brutos
  • Fecha de inicio de actividades
  • Condición frente al IVA del comprador y vendedor
  • Datos de la empresa que lo confeccionó
  • Número de habilitación municipal
  • Rango de numeración del documento
  • Fecha de vencimiento del documento
  • Código de autorización de impresión

Tipos de Documentos Comerciales

Orden de Compra

Documento emitido por el comprador al vendedor para solicitar un pedido.

  • Original: Para el vendedor, indica la preparación del pedido.
  • Duplicado: Para el comprador, constancia de la mercancía encargada.

Remito

Documento emitido por el vendedor al comprador, acompañando a las mercancías vendidas o a un servicio, como comprobante de su entrega o realización.

  • Original: Para el comprador, quien consigna con su firma o sello la recepción de la mercancía.
  • Duplicado: Para el vendedor, confirma la recepción de la mercancía.

La letra que identifica el remito varía según el responsable:

  • Responsables Inscriptos: Letra «R», fecha de inicio de actividades, leyenda «Documento no válido como factura».
  • No Responsables, Exentos y Monotributistas: Letra «X», leyenda «Documento no válido como factura».

Factura

Documento que envía el vendedor al comprador, acreditando legalmente una operación de compraventa. Detalla los artículos enviados por el proveedor al comprador.

  • Original: Para el comprador, constancia de una compra realizada a plazo o al contado.
  • Duplicado: Para el vendedor, constancia de una venta realizada a plazo o al contado.

Responsables Inscriptos (RI)

Sujetos que realizan ventas, locaciones o prestaciones de servicios alcanzados por el IVA, siempre que el monto anual de sus operaciones supere el tope fijado por la AFIP.

  • Monotributistas: Pertenecen a un régimen integrado y simplificado que abarca IVA, ganancias y sistema previsional.
  • No Responsables: No están alcanzados por el impuesto (consumidor final).
  • Exentos: Actividades que, por su naturaleza, se encuentran dentro del ámbito del IVA, pero no generan IVA en la venta, aunque sí se paga en las compras.

IVA (Impuesto al Valor Agregado)

Impuesto nacional al consumo que se abona en cada etapa del proceso económico. Se aplica sobre bienes, prestaciones de servicios e importaciones definitivas de bienes.

  • Débito Fiscal: IVA que el responsable inscripto cobra a sus clientes al vender bienes o servicios.
  • Crédito Fiscal: IVA que el responsable inscripto paga a sus proveedores al comprar.

Ticket

Puede emitirse en reemplazo de facturas, siempre que sea emitido por una máquina registradora que imprima los montos parciales del día. Si el monto supera los $1000, se debe extender una factura. Los Responsables Inscriptos pueden emitir ticket-factura A y B.

Nota de Débito

Comprobante emitido por el vendedor para informar al comprador que su deuda ha aumentado.

  • Original: Para el comprador.
  • Duplicado: Para el vendedor.

Nota de Crédito

Comprobante emitido por el vendedor para informar al comprador que su deuda ha disminuido.

Recibo

Documento emitido por la persona que cobra y entregado a quien paga, como constancia de haber recibido un determinado valor.

  • Original: Para el pagador.
  • Duplicado: Para quien cobra.

Operaciones Bancarias

Bancos

Empresas financieras que reciben dinero de sus clientes, otorgan préstamos y brindan otros servicios.

Funciones principales:

  • Recibir dinero en depósito.
  • Otorgar préstamos (con interés).
  • Brindar servicios adicionales (cajeros automáticos, pago de impuestos, etc.).

Tipos de Bancos

  • Privados
  • Oficiales
  • Mixtos

Regulados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Tipos de Depósitos

  • Cuenta Corriente: Sin interés, ilimitada.
  • Caja de Ahorro Común: Interés bajo, limitada.
  • Caja de Ahorro Especial: Interés un poco más alto, uno o más titulares.
  • Plazo Fijo: Interés alto, sin disponibilidad hasta el vencimiento del plazo.

Interés

Dinero adicional otorgado por el banco por el dinero depositado en la cuenta.

Tipos de Orden

  • Individual: A nombre y a la orden de una persona.
  • Conjunta: A nombre de dos o más personas.
  • Recíproca: A nombre de dos o más personas (firma una de ellas).
  • De una persona a nombre de otra: Persona menor.

Cheque

Orden de pago pura y simple librada contra un banco. El librador debe tener fondos disponibles en su cuenta.

  • Cheque Común: Cobrable dentro de los 30 días.
  • Cheque Diferido: Cobrable dentro de los 30 días, con posibilidad de emitirlo a un plazo de hasta 360 días.
  • Rechazo: Por firma falsa, quiebra del librador, falta de fondos, vencimiento del plazo, mala emisión o endoso, o prohibición de pago por el librador.
  • Clearing: Tiempo que demora el pago de un cheque depositado de otro banco.
  • Giro en Descubierto: Permiso para emitir cheques que superen el saldo disponible en la cuenta, hasta un monto determinado.

Nota de Débito Bancaria

Documento enviado por el banco al cliente para informar los importes deducidos de su cuenta por comisiones o gastos de mantenimiento.

Débito Automático

Servicio que permite el pago automático de servicios a través del banco. Se puede solicitar telefónicamente o por online banking.

Tarjeta de Crédito

Instrumento de pago emitido por un banco o entidad financiera, que permite al titular realizar compras en comercios adheridos al sistema.

Resumen de Cuenta

Informe periódico enviado al cliente con las operaciones realizadas con su tarjeta de crédito.

Pagaré

Documento comercial que representa una promesa escrita de pago. Tiene fecha de pago o vencimiento. Si no se paga, se puede cobrar mediante juicio ejecutivo. Puede ser endosado, siempre que contenga la cláusula «a la orden».

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