Los Accionistas
Son los propietarios de una o más acciones de la empresa, por lo que son propietarios de la misma. Tienen derecho a:
- Participar en el reparto de beneficios sociales.
- Derecho preferente de suscripción en la emisión de nuevas acciones.
- Derecho de asistencia y voto en las juntas.
- Derecho a impugnar los acuerdos sociales.
- Derecho de información sobre los asuntos a tratar en la Junta de Accionistas.
El capital de una sociedad anónima se divide en partes iguales y cada una de ellas se denomina acción. Las aportaciones del capital de una empresa se representan mediante títulos o por medio de anotaciones en cuenta.
Clases de Acciones
Según el derecho:
- Ordinarias: No tienen ningún derecho especial.
- Privilegiadas: Tienen algún privilegio como recibir un dividendo mínimo.
Según la titularidad:
- Nominativas: La acción incorpora el nombre del propietario.
- Al portador: La acción es propiedad de quien la posee.
Según el capital:
- Ordinarias: Son aquellas que están desembolsadas mediante moneda.
- Propias: Son aquellas en las que, en contraprestación al pago, se admite una aportación en especie.
- Liberadas: La acción se emite con cargo a reservas por una parte o si están totalmente liberadas en su totalidad.
El Empresario
Siglo XVIII
Adam Smith (1723-1790): Época de la Revolución Industrial, el empresario es individual. Según los economistas de la escuela clásica, el empresario coincide con el propietario del capital y realiza una función de controlador de los medios de producción.
Siglo XVIII-XIX
R. Cantillon y J.B. Say:
- Cantillon: Entiende la figura del empresario como hombre de negocios por el hecho de ser un agente que compra los medios para producir y posteriormente revender a un precio incierto. Es una persona que asume negocios y riesgos y que no sabe a qué precio lo recuperará.
- Say: Considera que el valor de la producción ha de ser capaz de pagar los costes de todos los factores de producción y conseguir ganancias.
Empresario Profesional
Gestiona y dirige la empresa aun en el caso de no haber aportado patrimonio a la misma. Suele ser una persona que se ha formado para el trabajo, ha cursado estudios de gerencia de empresas.
Empresario Patrimonial
Ha aportado capital a la empresa y también la dirige. Centra su formación más en la experiencia conseguida con los años de trabajo que en la formación reglada. En ambos casos, los resultados pueden ser igual de buenos.
Funciones del Empresario
- Planificar o diseñar un plan de acción.
- Gestionar y dirigir todos los elementos que forman la empresa.
- Organizar y coordinar todos los elementos de la empresa.
- Controlar para conocer en qué medida se están cumpliendo los objetivos.
Tasas
Son tributos que se pagan por el uso de un bien o servicio ofrecido por la Administración. Se pagan, por ejemplo, tasas municipales por la recogida de basura, tasas académicas o tasas por derecho a un examen.
Impuestos
Pueden ser directos o indirectos. Los impuestos directos gravan la renta o riqueza de las familias o de las empresas. Los más importantes son:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Impuesto sobre Beneficio de Sociedades (IS)
- Impuesto sobre el Patrimonio
Los impuestos indirectos gravan hechos concretos. El principal es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que pagamos cada vez que compramos o contratamos un servicio.
IRPF
Recae sobre las personas que han obtenido rentas procedentes de su trabajo, de su capital o de otras fuentes de ingresos.
IS
Lo pagan las sociedades mercantiles por los beneficios que obtienen y la cantidad que se paga es proporcional al beneficio obtenido.
IAE
Lo pagan las personas que ejercen actividades empresariales, profesionales o artísticas.
ITP
Lo pagan los particulares que compran algún bien a otros particulares.
IVA
Se paga en la mayoría de las transacciones económicas, tanto entre empresas como entre empresas y particulares. La cantidad que se ha de pagar es un porcentaje sobre el valor de los bienes o servicios adquiridos.
Impuestos Especiales
Recaen sobre consumos específicos y gravan la fabricación, importaciones y, en su caso, la introducción en el ámbito interno de determinados bienes, así como la matriculación de determinados vehículos.
Derecho Mercantil
Es la parte del derecho que regula la actividad económica que, por medio de una organización de elementos personales y reales, desarrolla un empresario, es decir, la actividad económica que se realiza en una empresa.
(1) El empresario debe llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de la empresa, que permita un seguimiento cronológico de todas las operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios. También debe llevar necesariamente, y sin perjuicio de lo establecido en las leyes y disposiciones legales, un libro de inventarios y cuentas anuales y otro diario.
(2) La contabilidad la llevarán directamente los empresarios o las personas debidamente autorizadas, un apoderado, sin perjuicio de la responsabilidad de aquellos. Se entenderá que se ha concedido la autorización si no hay ninguna prueba que muestre lo contrario.
(3) Las sociedades mercantiles tienen que llevar un libro de actas donde constarán como mínimo: los acuerdos adoptados en las juntas generales y especiales, y por otro órgano colegiados de la sociedad.
Competencia Pública
La ley de competencia sanciona conductas que puedan impedir, restringir o falsear la competencia del mercado nacional.
Los Impuestos y la Sociedad
Los impuestos son de obligado cumplimiento, ya que el hecho de no pagarlos no solo perjudica a los intereses de la hacienda pública sino a la mayoría de los ciudadanos. La Constitución española, entre las obligaciones de los españoles, se encuentra la de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad.
El fraude fiscal recibe el nombre de delito fiscal. El gobierno autorizó a la administración tributaria el poder de sancionar administrativamente con una multa a los ciudadanos que incurran en fraude fiscal o cuando se considere un delito fiscal, tramitado por vía penal. En este último caso se habla de tramas fiscales y se colabora con la Secretaría del Estado de Justicia.
Podemos decir que comete fraude fiscal la persona física o jurídica que, con uso de engaños o aprovechamiento de errores, imita total o parcialmente el pago de una contribución u obtenga un beneficio indebido en perjuicio del fisco cuando este ascienda a un mínimo de 120.000 €.