Conceptos Fundamentales: Empresario, Empresa y Hacienda
Los comerciantes pueden ser tanto personas físicas como personas colectivas (jurídicas). El artículo 16 del Código Fiscal de la Federación (CFF) define a la empresa como la persona física o moral que realice actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.
Es importante destacar que, aunque algunos autores no consideran a la empresa como una persona (y menos aún física), los juristas afirman que el concepto de empresa se deriva del de empresario, el cual puede ser una persona física o moral. El empresario es quien ejerce una actividad económica organizada para la producción o intercambio de bienes y servicios en el mercado. La empresa, entonces, es el resultado del ejercicio de esa actividad profesional.
La Empresa como Organismo Económico
Es crucial entender que la empresa no es un sujeto de derecho. Es el empresario quien, con la capacidad que otorga la ley, ejerce la actividad empresarial. La empresa es un organismo económico basado en una organización con principios técnicos y leyes económicas. Estos elementos forman su estructura, regulan su desarrollo y aseguran su eficacia y productividad.
La negociación mercantil se define como el conjunto de cosas y derechos combinados para obtener u ofrecer al público bienes o servicios, sistemáticamente y con propósito de lucro. Se considera que existe una empresa cuando se reúnen las siguientes características:
- A) Organización de los factores de la producción.
- B) Un fin de producción o de cambio de bienes y servicios.
- C) Organización.
- D) Profesionalidad en la gestión de bienes y servicios.
- E) El riesgo del proceso de organización incumbe al titular de la empresa.
Hacienda: El Patrimonio de la Empresa
La hacienda se refiere al conjunto homogéneo de bienes que, aunque conservan su individualidad, se unifican bajo ciertos aspectos debido a la unidad de su destino económico.
Diferencias entre Empresa y Hacienda
- Empresa: Es el ejercicio de una actividad económica, una fuerza que opera con ciertos medios y bienes.
- Hacienda: Está constituida por los bienes y medios con los cuales la actividad se desenvuelve y el fin de la empresa se consigue. Es una universalidad patrimonial.
La hacienda abarca todo el patrimonio de las sociedades comerciales y el conjunto de bienes de las personas físicas, destinado al ejercicio de una determinada empresa mercantil. Incluye lo que en contabilidad se denomina capital fijo y capital circulante, como inmuebles, muebles, mercancías, materias primas, dinero, títulos de crédito, instalaciones industriales, créditos y derechos de autor, entre otros.
Elementos Intangibles: Aviamiento y Clientela
El aviamiento es un componente fundamental de la hacienda. Representa el valor económico de la organización en sí misma, independientemente del valor de los bienes organizados. No es un bien nuevo, sino el valor económico de la organización, una cualidad de la hacienda. Ninguna empresa puede existir sin aviamiento, ya que este da la medida del valor de la hacienda.
La clientela, al igual que el aviamiento, mide el valor de la empresa. Es una consecuencia del aviamiento, ya que de este depende la cantidad de clientes de una empresa. El aviamiento determina la clientela y ambos dan valor a la empresa.
Propiedad Industrial: Protección de la Innovación
La propiedad industrial comprende los derechos de uso o explotación exclusiva, derechos absolutos o de exclusión, que adquiere el inventor o descubridor con la creación o descubrimiento de cualquier elemento relacionado con la industria, y el productor, fabricante o comerciante con la creación de signos especiales con los que aspira a distinguir los resultados de sus trabajos de los similares.
Componentes de la Propiedad Industrial
- Nombre Comercial: Es el nombre de la empresa bajo el cual el empresario desarrolla su actividad y se da a conocer al mundo.
- Aviso Comercial: Distingue el local donde la empresa ejerce su actividad.
- Marcas: Son las denominaciones y signos distintivos que individualizan el producto o servicio. Su función es identificar un producto o servicio y hacer saber al público consumidor su procedencia. El derecho de uso derivado del registro dura 10 años, renovables.
- Patentes: Para la existencia del derecho de patente, el interesado debe obtener del Estado un documento denominado «patente». Se obtiene a través del procedimiento que marca la ley. Una vez consumado el registro, tiene efecto constitutivo, y la falta del mismo da como resultado la falta del derecho exclusivo para disponer y aprovechar el invento. La exclusividad dura 20 años.
- Diseños Industriales (Dibujos y Modelos Industriales): Deben ser diseños originales, diferentes a otros ya conocidos públicamente. No son del campo de la propiedad técnica, tipo o patrón. Deben registrarse para que se confiera al titular el derecho exclusivo para su uso. El registro sigue los lineamientos para el caso de la patente.