Factores dinámicos del comercio internacional

1º Conceptos y enfoques de la integración económica.

Combinación de distintas economías nacionales en una unidad territorial más amplia, implica la eliminación de fronteras económicas entre dos o más países.

Para que haya integración económica es necesario que los estados establezcan una institución, un órgano supracional. La integración económica se puede ver desde diferentes enfoques:

Enfoque regional


Consiste en la eliminación progresiva de fronteras económicas entre un número determinado de países.

Enfoque internacional


Acuerdos comerciales que no implican ni eliminación de fronteras ni una agrupación de economías nacionales en una unidad económica y geográfica de mayor dimensión.

Enfoque real


Cosiste en la eliminación de los obstáculos al comercio de mercancías, factores y servicios con un cierto grado de coordinación de las políticas.

Enfoque financiero o monetario


Consiste en lograr que todos los recursos se asignan con una moneda común en el área integrada.

Enfoque diferencial


Supone un tratamiento discriminatorio. Se suprime con el principio de nacíón más favorecida aceptado por los países que pertenecen a la Organización Mundial del Comercio.

Enfoque de Timbergen


Establece que existen dos tipos de integración:

*Integración negativa, consiste en la eliminación de obstáculos al comercio para que posteriormente se de una.

*Integración positiva, mecanismos de cooperación que se añaden como la coordinación de las políticas macroeconómicas o la creación de instituciones comunitarias.

Enfoque estratégico


Supone la concentración de algunos países con el fin de protegerse ante terceros, atenta contra las normas y está prohibido por la OMC.

Enfoque natural


Se da cuando un conjunto de países cercanos geográficamente y con continuo comercio se ayudan eliminando obstáculos, pero sin molestar al resto.

2º Clases o modalidades de integración.

Existen diferentes clases o formas de integración, no son excluyentes entre si, suelen construir un proceso que va saltando de una etapa a otra.

Acuerdos preferenciales


Fase anterior a la integración, trata de realizar una serie de rebajas arancelarias o acuerdos con el fin de impulsar el comercio. Convenio para tener trato preferencial entre 2 o más sectores, no integración.

Área de Libre Comercio


Eliminación de barreras arancelarias y restricciones cuantitativas al comercio entre los países que se integran, cada país establece sus propios aranceles y restricciones frente al resto del mundo. Existe el riesgo de que un país tercero conduzca su mercancía hacia países con más bajo arancel para luego presentarlo al resto del mundo. Para poder evitarlo se establecen unas cláusulas de origen, impone una vigilancia aduanera. Comercio bilateral eliminamos fronteras (eliminamos aranceles), si hay integración.

Uníón Aduanera:


libre circulación de bienes y servicios, y establecen, frente a terceros países, un arancel común al que se añadirá cualquier otra fórmula protectora que será también común lo cual implica una Política Comercial común.

Mercado Común:


  Se trata de una Uníón Aduanera (UA) completada con la libertad de movimientos de capital y mano de obra. Por tanto, en un Mercado Común circulan libremente los bienes, el capital y las personas. Pueden existir, además algunas políticas comunes.

Mercado único:


Mercado común más la eliminación de las barreras no arancelarias (físicas, fiscales, sanitarias, técnicas, administrativas…) . El Mercado Común Europeo se convirtió en un Mercado Único el 31 de Diciembre de 1992, con el tratado de Maastricht o tratado de la UE.

Uníón Económica:


Espacio económico donde existe plena libertas de circulación de productos y factores productivos mas instituciones y coordinación de políticas macroeconomicas. Con el Tratado de Maastrich, se establecieron condiciones para formar parte de la Unión económica y alcanzar la Unión monetaria a través de la coordinación. Condiciones como: estabilidad de precios, volumen de la deuda no superior al 60% de PIB, déficit publico no superior al 3% y tipo de cambio.

Uníón Monetaria:


Entraña fijar irrevocablemente los tipos de cambio entre los países miembros o crear una única moneda que sustituya a todas las demás. Lo que implica establecer una Política Monetaria  y del Tipo de Cambio comunes. Puesto que es imposible alcanzar la Uníón Monetaria sin contar con un Mercado único y con políticas macroeconómicas coordinadas, la Uníón Monetaria supone la existencia previa de Uníón Económica.

Uníón Económica plena:


Implica integrar totalmente las economías de los países miembros lo que exige una política económica común y determina, en consecuencia, la uníón política; completada esa fase, los países miembros habrán formado un único país.

A día de hoy la une no ha llegado hasta tal punto de liberación


3ª Efectos estáticos y efectos dinámicos.

Efectos estáticos (C/P) debidos a factores exógenos relativos al comercio que producen modificaciones en  las relaciones de precios, la producción y el consumo.

Creación de comercio: Consiste en la sustitución en cada país de la producción nacional mas costosa de un determinado bien, por las importaciones más baratas procedentes de un país socio. Tal efecto se puede desglosar en dos tipos:

*Efecto de producción: al reducirse la producción nacional más costosa sustituye por importaciones más baratas e un país socio.

*Efecto precios, al incrementarse las compras de un dicho bien como consecuencia de la reducción de su precio.

               La creación de comercio se puede dividir:

*Creación de comercio interno: Tarifa E               xterior común que se aplica es igual a la del país a la que se adhiere.

*Creación de comercio exterior: Tarifa Exterior común que se aplica es menor a la del país a la que se adhiere.

Desviación de comercio: sustitución de importaciones más baratas de terceros países, por importaciones más costosas de un país socio; un cambio de origen de las importaciones, desde las más baratas posibles en el mundo a otras más caras procedentes de un país socio.

Expansión de comercio: Como consecuencia de la disminución del precio por una disminución de los aranceles, la renta real de los consumidores se incrementa, y también el consumo.

Estos tres fenómenos se producen por la liberación en el interior de la Uníón Aduanera y por el mantenimiento de una protección externa común. La uníón aduanera puede considerarse positiva para el bienestar cuando la suma de la creación y la expansión de comercio sea mayor que la desviación de comercio.


Efectos dinámicos

Mecanismo de carácter endógeno modifica a medio y largo plazo la estructura productiva el crecimiento y el desarrollo económico, aumentándola productividad de los factores disponibles y estimulando el crecimiento en la dotación de los mismos..

Efectos a medio plazo: Eliminación de arancel disminuten los precios, aumento de las rentas, dedicaran a un mayor consumo a c/p y a un mayor ahorro a medio y l/p. Se invertirá mas aumentando así el stock de capital, lo cual llevara:

*Efectos nacionales, redimension de las empresas modificando sus estructuras productivas.

*Efectos extranjeros: Se invertirán estos capitales para mantener su presencia en el mercado.

Efectos a largo plazo: traducen en un crecimiento de la producción y del consumo per capitá, permitiendo un aumento del bienestar.

La innovación: Si los países a integrar son innovadores las economías internacionales responden incentivando la innovación entre empresas para equipararse a los países con los que se integran, se ve favorecido por la eliminación de los aranceles que permite competitividad y apertura hacia el exterior.

Libre movilidad de los factores productivos: resultado el aumento del capital humano y la calidad del mismo, gracias a la mayor facilidad para intercambiar.

Aumento de la competencia y grado de eficiencia.

Los efectos dinámicos mejoran los ritmos de crecimiento, de proceso y de bienestar, pero en ningún momento se hace referencia al grado de equidad, ya que nos encontramos en una economía liberal.

4ª Diferencia entre uníón monetaria y uníón monetaria optima.

Entendemos por una zona monetaria óptima aquella en la que existe una rigidez total de los tipos de cambio entre los países que se integran y un tipo totalmente flexible frente a terceros.

En economía, una zona monetaria óptima (ZMO), también conocida como una regíón monetaria óptima (RMO), es una regíón geográfica en la que se maximizaría la eficiencia económica si la regíón entera compartiera una única divisa.

5ª Requisitos del área monetaria optima.

El principal elemento del coste que supone para un país perder su moneda propia deriva del potencial de la utilización de ésta como herramienta de estabilización y ajuste. Muchos países durante su historia han recurrido a sus políticas monetarias y cambiaras como instrumento de política económica. Renunciar a este instrumental es el principal coste de pasar a compartir moneda en un proceso de integración monetaria.

Entendemos por una zona monetaria óptima aquella en la que existe una rigidez total de los tipos de cambio entre los países que se integran y un tipo totalmente flexible frente a terceros.

Pese a que la Uníón Europeacuenta con las carácterísticas citadas anteriormente, no llega a ser considerada como un área monetaria óptima debido a que la movilidad de capitales entre sus miembros aún no ha alcanzado un gran nivel

6ª Diferencia entre área monetaria y uníón monetaria.

  UM:   Entraña fijar irrevocablemente los tipos de cambio entre los países miembros o crear una única moneda que sustituya a todas las demás. Lo que implica establecer una Política Monetaria  y del Tipo de Cambio comunes. Puesto que es imposible alcanzar la Uníón Monetaria sin contar con un Mercado único y con políticas macroeconómicas coordinadas, la Uníón Monetaria supone la existencia previa de Uníón Económica

AM: Conjunto de países agrupados en torno a un país centralque convienen en mantener una paridadfija entre sus monedas, en la convertibilidadde éstas y en poner en común sus reservasde cambio

7ª Costes de la Unión monetaria.

8º ¿Qué significa el carácter supracional de la legislación comunitaria?

A) Independencia de las instituciones comunes respecto de los EM

B) Carácter vinculante para los EM de las normas comunitarias: primacía

C) Relaciones directas

Instituciones-normas comunitarias

Instituciones-ciudadanos

D) Reglas de votación por mayoría en la toma de decisiones y aprobación de normas

E) Atribución de competencias: principios de subsidiaridad y proporcionalidad

Exclusivas

Compartidas

 9º Objetivos comunes del tratado de Lisboa.

La uníón ha sido creada para alcanzar los siguientes objetivos:

La uníón tiene como finalidad pomover la paz sus valores y el bienestar de sus pueblos. No es económico y desde el principio el motivo de la puesta en marcha del proceso de construcción europea.

La uníón ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores , garantizando la libre circulación de personas, con medidas adecuadas en materias de control, asilo, inmigración y de prevención y lucha contra la delincuencia.

El tercer objetivo es de carácter económico y social, recoge los fines formulados en el Tratado de Roma, alude al establecimiento de un mercado interior y a la consecución de un desarrollo sostenible de Europa, basado en un crecimiento económico equilibrado y en la estabilidd de precios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente, al pleno empleo y al progreso social y en un nivel elevado de proyección y mejora en la calidad del medio ambiente.Acompañado de:

La promoción del proceso científico y técnico

La lucha contra la marginación y contra la discriminación

Fomento de la cohesión económica social y territorial y la solidaridad entre los estados miembros.

Establecer una uníón económica y monetaria cuya moneda es el euro.

La uníón contribuirá a la paz, la seguridad y el desarrollo sostenible del planeta, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos, el comercio libre y justo, la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos.

10º Principios y competencias de la uníón Europea

*Principios:

Principio de atribución: la uníón actúa dentro de los limites de la competencia que le atribuyen los estados miembros en los tratados, toda competencia no atribuida a la uníón en os tratados corresponde a los estados miembros.

Principio de proporcionalidad: el contenido y la forma de la acción no excederá de la necesaria para alcanzar el objetivo de los tratados.

Principio de subsidiariedad: solo intervendrá en los ámbitos que le son propios, los objetivos de la acción pretendida no ser alcanzados por los estados miembros, ni a nivel central, ni a nivel regional ni local. Los objetivos pueden alcanzarse a escala de la uníón debido a la dimensión o a los efectos de la acción pretendida.

*Competencias:

Competencia exclusiva: solo la uníón puede legislar o adoptar decisiones en el mismo:

Unión aduanera y política comercial común

Las normas sobre las competencias necesarias para el funcionamiento del mercado interior.

La política monetaria

La conservación de los recursos biológicos marinos, dentro de la política pesquera común

***Competencia Compartida: los estados y la uníón, tienen capacidad de legislas y adoptar decisiones en el mismo ámbito. Los estados ejercen sus competencias la uníón no ejerce la suya:

El mercado interior

Política social

Cohesión económica social y territorial

El espacio de seguridad, libertad y justicia

Agricultura y pesca

Transporte y las redes transeuropeas

La energía

Medio ambiente

Protección de los consumidores

Aspectos comunes en materia de salud publica

La uníón tiene competencia en los ámbitos de investigación, desarrollo tecnológico y el espacio, sin impedir que los estados miembros ejerzan la suya, y del mismo modo para la cooperación al desarrollo y la ayuda humanitaria.

Competencias de apoyo:

Competencias para promover y garantizar la coordinación de las políticas económicas, sociales y de empleo de los estados miembros.

Competencias para definir y realizar una política exterior común y d seguridad común.

Competencia para llevar a cabo acciones de apoyo y complemento:

Protección y mejora de salud humana

Educación y formación profesional

Juventud y deporte

Industria

Cultura y turismo

Protección civil

11º fuentes del derecho comunitario (derecho primario y derecho derivado)

Obligatorias

Derecho primario (o derecho originario)

Fomado por: tratados de la uníón:

Tratados constitutivos: incluidos anexos, apéndices y protocolos: (ECA,CEE,CEEA,TUE)

Complementos y modificaciones posteriores: Acta Única, Trtado de Maastricht, Amsterdam, Niza, Lisboa.

Tratados Vigentes: TFUE, TUE, CEEA, Carta Derechos fundamentales.

Derecho derivado: lo hacen las instituciones

Actos de carácter legislativo

Reglamentos-directivas-decisiones

Actos de carácter no legislativo

Actos delegados-actos de ejecución

Otros actos

No obligatorias

Recomendaciones y dictáMenes-acuerdos interinstitucionales-resoluciones, declaraciones y programas de acción.

12º funciones de las instituciones de la ue

*Parlamento europeo: única institución miembros elegidos por sufragio universal directo: representa a los ciudadanos de la ue. Naturaleza consultiva, politoca y colegisladora. Se encarga del control político de la ue.

Consejo europeo: órgano político e intergubernamental, sin competencia legislativa. Compuesto por jefes de estado o gobierno, figura de presidente y alto representante.

Consejo de la uníón europea (consejo): órgano formado por los representantes de os gobiernos de cada uno de los estados. Naturaleza legislativa, intergubernamental y político. Competencia legislatuva y presupuestaria de coordinación, negociación y de representación, responsable de la política exterior y de seguridad común.

Comisión europea: órgano administrativo  de la UE, poder ejecutivo, se encarga de hacer respetar y funcionar los tratados, es independiente, prevaeciendo la supranacionalidad. Órgano colegiado, solidario e iqualitario. Los tratados de Niza y Lisboa han reforzado la posición del presidente de la Comisión. Competencias: poder de control y vigilancia del cumplimientos de tratados, poder de iniciativa legislativo y poder ejecutivo.

Tribunal de justicia de la ue: naturaleza jurídica. Garantizar el respeto del derecho comunitario en la integración y aplicación de los tratados, todas las actividades de la constitución europea. Órgano integrado por magistrados, asistidos or 8 abogados miembros generales.

BCE: reglamentos aprobados temas de legalidad esta controlado por el tribunal de justicia, el BCE puede actuar contra un BCN incumpla alguna de las obligaciones del tratado.

Tribunal de cuentas: órgano encargado de control de finanzas publicas UE.

13º Proceso de toma de decisiones (Proceso legislativo ordinario)

Comisión elabora propuestas y las pasa al consejo de la UE, que establece su posición común, para ello usa:

Unanimidad, si se aparta de lo que dice la comisión.

Mayoría cualificada, en caso contrario

Una vez están en común, se pasa al parlamento europeo hace la 1º lectura, tomando estas decisiones:

Silencio administrativo: la norma se aprueba.

Establece enmiendas: el proyecto pasa al Consejo, las analiza y si no esta de acuerdo, pasa al parlamento, quien hace una 2º lectura, si decide seguir enmiendas se forma un Comité de Conciliación formado por el Consejo y parlamento y ya decides si aceptan o no las enmiendas ( voto a la totalidad).

14º Diferencia entre Mercado Común vs. Mercado Interior.

15º Instrumentos del mercado común

16º principales obstáculos para la consecución del mercado interior

Barreras físicas: constituidas por los pasos fronterizos que subsistían entre los estados miembros con el fin de controlar las mercancías y los viajeros, recaudar IVA e impuestos de consumo especifico. 1988 introdujo el documento unificado administrativo (Dúa), para transacciones intra y extracomunitarias de bienes. Entrada en vigor del mercado interior, el Dúa se utiliza para transacciones extracomunitarias pars los intracomunitarios surgió el Intrasat, permitió eliminar las barreras. Actualmente persisten controles fronterizos, se minimizan entre los estados firmantes del acuerdo de Schengen.

Barreras técnicas: Son obstáculos de todo  orden que un país impone de acuerdo con su legislación interna y se convierten en un factor restrictivo de la libre circulación de personas, bienes, servicios y capitales. Las legislaciones nacionales sobre importación obligaban a que los productos cumpliesen requisitos

Barreras fiscales: Son obstáculos muy importantes para garantizar la libre circulación. A través de os impuestos deben ser neutrales  en los intercambios que garantiza el correcto funcionamiento del mercado común. 1º eliminar los derechos de aduanas a la importación y las exacciones de efecto equivalente a los estados miembros. 2º armonizar los sitemas impositivos ncionales comenzando por la imposición indirecta que es la que mayor incidencia tiene sobre el comercio de bys.

Barreras que aun no se han superado, idiomas o moneda.

17º política de defensa de la competencia. Concepto y objetivos.

18º libre circulación de personas. ¿Qué es el espacio Schengen?

Derecho fundamental que asiste a los ciudadanos de la ue en virtud de los tratados. Se expresa a través del espacio de libertad, seguridad y justicia exento de fronteras internas. La supresión de as fronteras internas implica una gestión reformada de las fronteras externas de la uníón así como la regularización de la entrada y residencia de personas de países extracomunitarios a través de medidas como la política común de asilo e inmigración.

La libre circulación de personas emana del acuerdo de Schengen en 1985 y el posterior convenio de Schengen en 1990, que marco el inicio de la supresión de los controles fronterizos entre países participantes. La cooperación Schengen, marco jurídico e institucional de la ue, se ha expandido paulatinamente hasta incluir a la mayoría de los estados miembros y a algunos países extracomunitarios.

Como consecuencia de la extensión progresiva del espacio Schengen a todos los estados miembros de la UE, algunos terceros países con relaciones especiales con la uníón participan en la cooperación de Schengen.

19º BCE. DISTIGUIR ENTRE BASE Jurídica, SEBC, EUROSISTEMA Y ZONA EURO

Base Jurídica: aquel articulo del T.C.E. Donde se reconoce una competencia a la C.E.

Sebc: El sistema europeo de bancos centrales compuesto por BCE y bancos centrales nacionales de los estados miembros de la uníón europea independientemente si están integrados o no. El objetivo primordial que el tratado asigna al SEBC es el de mantener la estabilidad de precios, sin perjuicio de lo cual apoyara las políticas económicas generales de lacomunidad.

Eurosistema: Es la autoridad monetaria de la eurozona. La institución esta formada por el BCE, su núcleo y los BCN de los estados miembros de la eurozona.

Zona Euro: conjunto de estados miembros de la Unión Europea que han adoptado el euro como moneda oficial, formando así una uníón monetaria. La autoridad monetaria que controla la eurozona es el Eurosistema. La autoridad económica y política reside en el Eurogrupo y en la comisión europea.

Eurogrupo: reuníón informal de al menos una vez al mes de los ministro de economía y finanzas de los estados de la uníón cuya moneda es el euro, al presidente del BCE, al Comisario europeo de asuntos económicos y monetarios y a su propio presidente.

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