Recursos, Endeudamiento y Equilibrio Presupuestario
Se pueden obtener recursos por medio del endeudamiento, pero este endeudamiento luego hay que pagarlo en forma de intereses (cargas financieras) y devolución del principal. Una de las medidas que se han adoptado frente a la crisis económica tiene que ver con la llamada «regla del equilibrio presupuestario». Esta consiste en que los poderes públicos no elaboren sus presupuestos autorizando gastos que no puedan financiar con los recursos que obtienen a través de los tributos. Dicho de otro modo, que no establezcan gastos que, para financiarlos, tengan que hacerlos a través de préstamos. Esta es la regla del equilibrio presupuestario.
Cuando una administración pública aprueba un presupuesto y los gastos autorizados son mayores que lo que esa entidad puede recaudar a través de los impuestos, el presupuesto se cierra con déficit. Más gastos que ingresos. Equilibrar esto requiere pedir préstamos. Cuando se genera más dinero del que se debe, el dinero se devalúa. Hay una relación entre la masa monetaria y la actividad económica; si esa relación se descompensa, lo que ocurre es que el dinero vale menos: inflación. Hay una armonía entre la riqueza real de un país y la masa monetaria integrada por todos aquellos recursos que valen como el dinero. Estos representan el valor de la economía. Si se tienen más recursos monetarios que el valor de la economía, los recursos monetarios valen menos.
Financiación de las Comunidades Autónomas (CCAA)
Las CCAA tienen que financiar el ejercicio de su autonomía, las actividades en que consisten los poderes públicos autonómicos que constituyen el contenido de la autonomía (capacidad de hacer cosas por su cuenta, para hacer cosas por su cuenta hay que pagar). Cuando se crean las CCAA, estas de inmediato empiezan a disfrutar de la autonomía en la vertiente económica, pero el problema fue su financiación. La primera solución fue que se financiaran a través de dinero cedido por el Estado, lo que provocó que las CCAA no exigiesen a los ciudadanos los ingresos necesarios, sino que simplemente acudían al Estado.
El sistema de financiación de las CCAA pasa de una primera etapa en la que se financiaban mediante transferencias del Estado, donde era el Estado quien recaudaba y las CCAA las que gastaban, al cambio de la corresponsabilidad fiscal, donde se corresponsabiliza a las CCAA también de los ingresos.
El caso del País Vasco y Navarra: Régimen de Cupo o Concierto
La LOFCA (Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas) solo regula el régimen de financiación de 15 comunidades autónomas, porque el País Vasco y Navarra disfrutan de un régimen de financiación de cupo o concierto, donde las autoridades de estas CCAA tienen un poder en su economía parecido al del Estado, donde pactan con el Estado la cantidad que deben transferirle a este para contribuir con la recaudación. La Constitución Española (CE) reconoció los fueros vascos y navarros y con ello sus fueros económicos.
El Gobierno de España ha negociado el cupo en una posición de inferioridad (por causa del terrorismo, ETA). En consecuencia, genera un agravio comparativo.
Modalidades de Financiación de las CCAA
En una primera etapa, principalmente se financió por transferencias desde los presupuestos estatales y paulatinamente:
- Tributos cedidos: Se habla de un impuesto como de donaciones o sucesiones, una transmisión de una propiedad de un bien a título gratuito. El obtener una donación o herencia es aumentar el patrimonio y grava transmisiones económicas. El Estado establece tributos y los cede a las CCAA, pero les cede a las CCAA la recaudación y la gestión de estos tributos, pero no la regulación de estos. A través de esta modalidad, la responsabilidad fiscal que tienen las CCAA es mínima. La CCAA puede crear un tributo, pero no sobre los hechos imponibles que ya el Estado grava con los tributos estatales. Pero, por ejemplo, el impuesto de la renta de las personas físicas, con una tarifa progresiva, se le aplican una tarifa estatal y otra autonómica, pero se ha empezado a permitir que la CCAA pueda tener posibilidad de decisión en materia de tributos estatales.
- Transferencias del Estado en un principio: Hay una muy particular que es el Fondo de Compensación Interterritorial, destinado a gastos de inversión entre las CCAA, no destinado a gastos corrientes del servicio público, un fondo de solidaridad previsto en la CE (son por ejemplo la construcción de carreteras, renovación de hospitales, etc., y no gastos cotidianos como los gastos de personal, luz, agua, etc.). Es una de las únicas leyes que cuando se tramita, esa tramitación empieza por el Senado.
- Participación en los tributos estatales.
- Podrían establecer recargos en los tributos estatales.
- Tributos propios sobre actos que no están gravados por el Estado.
- Transferencias procedentes de la UE, que ahora tienden a menguar (Fondo Social Europeo, Fondo de Cohesión, etc.).
- Los rendimientos de su propio patrimonio (bienes propios como vía de ingreso).
- Donaciones o sucesiones que una CCAA reciba.
Armonización Fiscal y Desafíos Actuales
Cuando se va creando el Estado Moderno, los monarcas iban armonizando formalmente la economía de los territorios, para así pagar el mismo tipo de impuestos en todos los territorios del Estado, creando así un espacio común económico para el país. En la actualidad, esa misma exigencia de armonización fiscal se da en territorios comunes como puede ser la Unión Europea, para así tener unos impuestos comunes para, por ejemplo, la entrada de productos de otros países europeos.
En el momento de cambio, a medida que las CCAA ejercen su autonomía en materia tributaria, parece que empiezan a aparecer de nuevo las fronteras fiscales entre los territorios, con condiciones más o menos favorables en cada una de las CCAA. Esto viene complicando la situación desde entonces, hasta el punto de que hoy en día cada región tenga diferencias económicas, donde unas aportan más de lo que reciben y viceversa. El sistema de financiación autonómica tiene y plantea problemas serios que son la base de conflictos que amenazan a España como unidad política. Luego el propio sistema tenía vicios de fondo, como que las CCAA se acostumbraron a no recaudar, los mecanismos de solidaridad deben tener sus límites y porque la existencia de cupos o conciertos mal regulados crea agravios comparativos.