Fundamentos de Economía: Escasez, Modelos Económicos, Finanzas Personales y Tipos de Empresas

Escasez, Elección y Asignación de Recursos

La elección y asignación de recursos es fundamental. Como los bienes son escasos y las necesidades humanas ilimitadas, esto obliga al individuo a elegir entre las opciones que considera necesarias, administrando sus recursos de manera eficiente, ya que no puede satisfacer todas sus necesidades. Estas decisiones impactan no solo al individuo, sino también, indirectamente, al resto de la sociedad.

La toma de decisiones no es aleatoria, sino racional, considerando la escasez, el costo, la necesidad de evitar el despilfarro, el beneficio potencial y si esto incentivará un mayor beneficio.

El coste de oportunidad de adquirir algo es aquello a lo que se renuncia para obtenerlo.


Modelos Económicos

Modelo Clásico o Liberal

Este modelo aboga por el libre mercado sin restricciones, con una mínima intervención estatal en la economía, tanto legal como en el gasto público. Se espera que la empresa privada satisfaga las necesidades sociales. Las únicas competencias del estado serían la legislación, la justicia y las fuerzas de seguridad, entre otras.

Modelo de Economía Planificada

Este modelo defiende el control total de la actividad económica por parte del estado, mediante la planificación centralizada, sin priorizar la propiedad privada de los medios de producción.

En este sistema, el estado es el único proveedor de empleo, salarios y servicios sociales, aunque esto se logra a costa de reducir las libertades políticas y económicas de los ciudadanos.

Modelo Mixto

Este modelo combina el libre mercado con la regulación estatal (derechos laborales, características de producción, etc.). Incluye la existencia de algunas empresas públicas y, sobre todo, servicios públicos financiados por el estado (sanidad, educación, transporte).

El estado no garantiza empleo ni salario a sus ciudadanos, pero utiliza los impuestos para ofrecer servicios sociales gratuitos y ayudas a los más necesitados.


Economía Personal

Ingresos: El dinero que obtienen las familias proviene de salarios y pagas extraordinarias, pensiones, alquileres, rentas de la tierra y beneficios de capital productivo, subvenciones y ayudas. Este dinero se destina al ahorro o al consumo de bienes y servicios. La cantidad de dinero necesaria depende de las necesidades percibidas por la familia.

El salario: Es el principal ingreso de las familias y varía en función de cuatro factores:

  • La cualificación del trabajador (siempre y cuando se aplique al trabajo), dado que habrá menos trabajadores cualificados y los bienes y servicios producidos serán más caros.
  • El mercado: es decir, el número de empresas que demandan ese tipo de trabajador. Si hay muchos demandantes compitiendo por pocos trabajadores, el salario sube.
  • El salario mínimo obligatorio: un salario inferior sería ilegal (en España, el salario mínimo es de 900 euros/40h semanales en 2019).
  • Los impuestos: aunque no reducen el salario aportado por el empresario, sí disminuyen el ingreso neto que recibe el asalariado, que debe pagar a la hacienda pública.

Ingresos provenientes del estado: En un estado de bienestar, el estado distribuye la riqueza para evitar grandes desigualdades. El individuo recibe riqueza en forma de:

  • Prestaciones contributivas: Para quienes han cotizado (desempleo, incapacidad, maternidad, sanidad, jubilación).
  • Prestaciones no contributivas: Para quienes no han cotizado nunca o insuficientemente (invalidez, jubilación, hijos a cargo).
  • Subsidios: Para quienes han agotado las otras prestaciones y carecen de medios (parados mayores de 45 años, hijos a cargo, familias dependientes de fallecidos, becas de estudio, cuidado de niños y ancianos).


Cuentas bancarias: Contrato con una entidad bancaria para depositar dinero. Existen:

  • Cuentas corrientes o a la vista: El cliente puede retirar el importe en cualquier momento.
  • Cuenta o libreta de ahorro: Similar a la anterior, pero no permite talonario de cheques ni domiciliar recibos (agua, luz, etc.).
  • Depósito a plazo: El cliente deposita dinero por un plazo determinado, recibiendo un interés a cambio. Si retira el dinero antes del plazo, sufre una penalización económica no superior a los intereses.


Préstamo personal: Préstamo de dinero de un banco a un cliente a cambio de su devolución más intereses en un plazo determinado. El importe no suele ser muy elevado, su destino es la compra de bienes y servicios, y se responde con los bienes presentes y futuros. El banco puede solicitar un aval o avalista, es decir, el compromiso de un tercero solvente de pagar el préstamo si el cliente no paga.

Préstamo hipotecario: Préstamo de dinero de un banco (prestamista) a un cliente (prestatario) destinado a la compra de una vivienda, utilizando la propia vivienda como garantía de su devolución más intereses en un plazo de entre 20 y 35 años y con un tipo de interés inferior al préstamo personal. El tipo de interés puede ser fijo o variable en función de alguna referencia (EURIBOR, etc.). La cuantía no excede del 80% del valor de tasación de la vivienda. Si el cliente no puede devolver el préstamo, el banco adquiere la vivienda hipotecada, que puede vender para recuperar el capital prestado (hipoteca inversa).


Tarjeta de débito: Permite disponer de fondos propios depositados en una cuenta corriente o de ahorro en la oficina bancaria y en cajeros, y pagar en comercios y por internet.

Tarjeta de crédito: Permite disponer de fondos prestados por el banco, a devolver en plazos y en condiciones fijadas.


Seguros: Medio para cubrir un riesgo que se transfiere a una compañía aseguradora, la cual se encarga, a cambio de una cantidad económica (prima), de garantizar e indemnizar todo o parte del perjuicio producido por la aparición accidental de diferentes situaciones (muerte, incapacidad, accidente de tráfico).

La aseguradora valora la prima a pagar por el asegurado en función de la cantidad asegurada y del riesgo de que el accidente ocurra. A menor posibilidad o mayor plazo para que el siniestro ocurra, menor será la prima a pagar, y viceversa.

Es voluntario, pero excepcionalmente puede ser obligatorio, como el seguro de vehículos a terceros.

Tipos de seguros

  • Seguros personales: Aseguran a una persona ante la ocurrencia de un evento como fallecimiento, supervivencia, alteración de la salud física o psíquica.
  • Seguros patrimoniales: Aseguran la pérdida de un patrimonio (vivienda, coche, etc.) como consecuencia de un siniestro (incendio, inundación, robo, etc.).
  • Seguro de prestación de servicios: Aseguran la prestación de un servicio por parte del asegurador cuando se produzca una necesidad (decesos, defensas jurídicas, asistencia en viaje, etc.).


Economía Empresarial

La empresa es la unidad básica de producción y su objetivo es obtener el máximo beneficio.

Tipos de empresas

  • Sector primario: Obtiene recursos de la naturaleza (ganadería, agricultura, minería, energía, etc.).
  • Sector secundario: Compra materias primas a sus proveedores, las almacena y las transforma en productos que vende a los clientes (industria, construcción, textil, siderúrgica, etc.).
  • Sector terciario: Ofrece servicios a sus clientes, aunque para ello necesite bienes naturales (bancos, dentistas, peluquerías, comercio, etc.).

Forma jurídica

  • Empresario individual o autónomo: Es la persona física que realiza en nombre propio una actividad empresarial. Tiene responsabilidad ilimitada, tributa por el IRPF, el nombre de la empresa es el suyo y no requiere capital mínimo para su creación.
  • Sociedad mercantil personalista o comunidad de bienes: Asociación entre dos o más autónomos (comuneros) que tienen una cosa o derecho en común del que obtienen un beneficio o esperan obtenerlo a través de la actividad empresarial. Prevista para pequeños negocios que no exijan una elevada inversión. Es necesario firmar un contrato privado. No existe capital social mínimo. Los socios aportan bienes, dinero y trabajo, tienen responsabilidad ilimitada y solidaria por deudas frente a terceros, y tributan por el IRPF.
  • Empresario de responsabilidad limitada: Igual que la anterior, pero permite dejar la vivienda particular exenta de responsabilidad frente a terceros, siempre que no valga más de 300.000 euros y se haya actuado de buena fe.
  • Sociedad mercantil de interés social o cooperativa: Formada por personas que se asocian por un interés (agrícola, industrial, vivienda), comprometiéndose a cumplir unas obligaciones y unas aportaciones fijadas (suscripciones) a un fondo social. Pueden darse de baja cuando lo deseen y recuperar lo aportado, si bien siendo responsables por lo suscrito.


Sociedad mercantil de responsabilidad limitada (SL): Pensada para pequeñas empresas familiares en la que los socios tienen una responsabilidad limitada sobre las deudas que se contraigan. Está restringida la venta de acciones por derechos de preferencia, y se precisan 3000 euros de capital para constituirse.

Sociedad Anónima (SA): Son empresas en las que el capital o bienes materiales han sido divididos en acciones que representan una parte del capital aportado por los socios de la empresa, los cuales tienen una responsabilidad limitada sobre las deudas que se contraigan. Precisan un mínimo de 60.000 euros.

Estas sociedades las gestionan unos administradores (uno o varios de un consejo de administración) que han de dar cuentas anualmente de lo hecho a la junta general de socios accionistas, que valora su gestión y decide si repartir o reinvertir los beneficios obtenidos (dividendos), si aumentar el capital dando entrada a nuevos socios, y si ha de fusionarse con otra empresa o no. Los socios poseedores de acciones tienen pues derechos políticos (de control de los administradores) y económicos (de recibir beneficios).

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