Nuevos Mercados
Se agrupan valores de sectores tecnológicos o innovadores, con gran potencial de crecimiento pero con alto riesgo.
Sistema Fixing
Segmento de negociación donde se establecen precios únicos para cada valor con operaciones, en dos momentos del día. Consiste en establecer dos periodos de subasta, el primero entre las 8:30 y las 12 horas, y el segundo entre las 12 y las 16 horas. Durante dichos periodos se pueden introducir, modificar y cancelar órdenes, pero no se realizan operaciones; estas solo se ejecutan en dos momentos del día, a las 12 y a las 16. Al realizarse las operaciones, cuando ha existido contrapartida, se establecen precios para cada valor.
Mercado de Bloques
Mediante él se cancelan operaciones de elevada cuantía. Funciona desde las 9:00 hasta las 17:30 y se trabaja con dos modalidades:
1. Bloques Convenidos
Se trata de operaciones previamente acordadas y un volumen superior a 600.000€ y al 2,5% del volumen medio de contratación del valor en el último trimestre.
2. Bloques Parametrizados
Operaciones de cualquier valor por importe superior a 1.200.000€ y al 5% de la media de contratación en el último trimestre.
Instituciones Aseguradoras
En España se limita la actividad aseguradora a los siguientes tipos de compañías privadas: sociedades anónimas, mutuas, cooperativas y mutualidades de previsión social. También pueden ejercer dicha actividad las entidades de derecho público, siempre que tengan por objeto realizar operaciones de seguro equivalentes a las aseguradoras.
Sociedades Anónimas
Deben tener su capital dividido en acciones nominativas. Deben tener un capital social mínimo en función al ramo o actividad que comercialice. Tienen junta general en la que intervienen los socios para decidir sobre cuestiones de su competencia. La gestión y representación de la compañía es facultad de los administradores.
Mutuas de Seguros
En las mutuas a prima fija, los socios pagan una cuota determinada al principio de cada periodo por la cobertura de sus riesgos. Tienen las siguientes características:
- Carecen de ánimo de lucro.
- El número mínimo de mutualistas es de 50.
- La condición de mutualista es inseparable de la de tomador del seguro o de asegurado.
- Los mutualistas que den aportaciones para constituir el fondo mutual podrán percibir intereses.
- Los mutualistas no responden de las deudas sociales, salvo que en los estatutos se disponga otra cosa.
- Los resultados de cada ejercicio darán lugar a la correspondiente derrama activa o retorno.
- Cuando un mutualista cause baja, tendrá derecho al cobro de derramas activas y obligación de pago de las pasivas, así como a que le sean devueltas las cantidades que aportó al fondo mutual.
- Si la mutua se disuelve, los mutualistas participarán en la distribución del patrimonio resultante.
Las mutuas a prima variable son entidades aseguradoras privadas sin ánimo de lucro. Tienen por objeto la cobertura a sus socios de los riesgos asegurados mediante el cobro de derramas una vez que los siniestros se han producido. Comparten con las de prima fija las características citadas anteriormente excepto la 5 y le son aplicables dos normas:
- Los mutualistas deben aportar una cuota de entrada y deben constituir un fondo de maniobra.
- Los administradores no perciben remuneración alguna por su gestión. La captación de seguros será directa, sin mediación y sin que pueda ser retribuida.
Cooperativas de Seguros
Son sociedades constituidas por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión, para la realización de actividades empresariales encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas con estructura y funcionamiento democrático. Entre los organismos sociales de las cooperativas destacamos: la asamblea general que es el órgano soberano en el que se forma la voluntad social, el consejo rector que ejerce funciones de gobierno y representación, y los interventores cuya misión principal es censurar las cuentas anuales que el consejo presenta a la asamblea.
Mutualidades de Previsión Social
Ejercen una modalidad aseguradora de carácter voluntario mediante aportaciones a prima fija o variable. Sus principales características son:
- Carecen de ánimo de lucro.
- La condición de tomador es inseparable de la de mutualista.
- Los socios tienen igualdad de derechos y obligaciones.
- Los mutualistas limitan su responsabilidad por las deudas sociales.
- La incorporación de los mutualistas a la entidad es voluntaria.
- Las mutualidades asumen directamente los riesgos garantizados a sus socios, que esencialmente se resumen en: muerte, viudedad, orfandad, jubilación, accidente.
- Para constituir estas entidades se requiere un mínimo de 50 personas.
Competencias de las CCAA en Materia de Seguros
Si se encuentran recogidas en los estatutos, podrán ejercerlas en las entidades aseguradoras que realicen su actividad en la respectiva CCAA. Las competencias autonómicas en materia de seguros se centran en las siguientes cuestiones:
- Desarrollo normativo de las bases de ordenación y supervisión de los seguros privados.
- Competencia en la regulación de la organización y funcionamiento de las cooperativas de seguros y mutualidades de previsión social.
- Conceder a cooperativas y mutualidades la autorización para ejercer su actividad, así como revocarla en los supuestos legalmente establecidos.
- Ordenación y supervisión, similar a la que ejerce la DGS, en el ámbito de su competencia.
Establecimientos Financieros de Crédito
La normativa vigente permite a las empresas que tengan la consideración de establecimiento financiero de crédito, dedicarse a una o a varias de las actividades siguientes:
- Préstamos y crédito.
- Factoring y todas sus actividades complementarias.
- Arrendamiento financiero (leasing).
- Emisión de tarjetas de crédito.
- Concesión de avales, garantías y suscripciones de compromisos similares.
Financiación de los Establecimientos Financieros de Crédito
La legislación les prohíbe captar fondos reembolsables del público en forma de depósito, préstamo, cesión temporal de activos financieros u otros análogos. Para obtener fondos pueden recurrir a los siguientes instrumentos:
- Financiaciones concedidas por entidades de crédito.
- Entrega de fondos por parte de entidades de su mismo grupo.
- Emisiones de valores sujetas a lo dispuesto por la LMV.
- Obtención de fianzas, avales, etc.
También pueden titulizar sus activos con el fin de obtener financiación. Este proceso consiste en crear fondos de titulización, que son patrimonios sin personalidad jurídica, administrados y representados por sociedades gestoras.
Activos de Deuda a Corto Plazo
Los productos financieros de deuda también se conocen como productos, activos o títulos de renta fija. Esta denominación se debe a los intereses pactados en la emisión. La vida de estos títulos es el periodo que transcurre entre la fecha de su emisión y la de su vencimiento. Los activos de deuda a corto plazo oscilan entre unos pocos días y dos años o dos años y medio.
Letras del Tesoro
Pueden tener vencimiento a 3, 6, 12 o 18 meses. Su valor nominal siempre es de 1.000€, emitiéndose al descuento, es decir, la cantidad a desembolsar es menor. Si el título se vende en el mercado secundario antes de su vencimiento, los intereses percibidos serán la parte proporcional correspondiente al periodo que dure la inversión.
Subastas de Letras del Tesoro y Determinación del Tipo de Interés
En las subastas hay dos tipos de ofertas, las competitivas en las que quien desea suscribir indica el precio al que está dispuesto a adquirir los títulos, y las no competitivas, en las que quien desea suscribir no señala el precio, sino que adquiere al precio medio ponderado. En el plazo marcado se presentan las ofertas, directamente al BE o a través de los intermediarios financieros. Terminado ese plazo, se clasifican las ofertas competitivas de menor tipo de interés a mayor. Se aceptan todas las ofertas competitivas cuyo tipo de interés sea inferior al tipo máximo y todas las que se realicen a dicho tipo o la parte proporcional que se determine. Las ofertas que sobrepasen el tipo máximo quedan rechazadas.
Pagarés de Empresa
O pagarés financieros, son títulos de renta fija producto de empréstitos a corto plazo. Se emiten con vencimientos que oscilan entre unos pocos días y dos años o dos años y medio. Se admiten al descuento. Las empresas suelen crearlos «bajo programa», es decir, se ponen en circulación manteniendo un saldo vivo de pagarés durante un determinado periodo, y cuando vencen, se sustituyen por otros de nueva emisión. Otra forma es la «emisión numerada» por importe cerrado. Se amortizan al vencimiento.
Activos de Deuda a Medio y Largo Plazo
Se incluyen en el medio plazo los títulos que superan los dos años y medio de vencimiento y no alcanzan los 10, y de largo plazo los que superan los 10 años.
Emisión, Amortización y Renta
Dependerán de las características que establezca la entidad que los crea.
Emisión
Se pueden emitir de tres formas:
- A la par: cuando la compañía pide al inversor el 100% de su valor nominal.
- Bajo la par o con prima de emisión: cuando se exige un desembolso inferior al 100% de su nominal.
- Sobre la par: cuando se pide una suscripción superior a su valor nominal.
Amortización
Excepto los de renta perpetua, los activos de renta fija se amortizan a su vencimiento. La amortización se produce generalmente a la par. El inversor recupera el 100% de su valor nominal. En ocasiones se establece una prima de reembolso, así que el titular recibiría una cantidad superior al valor nominal. Normalmente la amortización de títulos, sobre todo en los de largo plazo, se efectúa por sorteo. Además, en el momento de la amortización, los bonos también pueden canjearse por otros títulos.
Intereses
Los activos de renta fija a medio y largo plazo se crean normalmente con intereses explícitos, abonándose al inversor los cupones en las fechas establecidas en las condiciones de emisión, por lo general, una o dos veces al año. Como excepción al abono explícito de intereses, están las obligaciones cupón cero cuya renta se obtiene por diferencia entre el valor de amortización y el de compra. El tipo de interés de las emisiones de renta fija puede ser fijo o variable. En el primer caso, los cupones son siempre del mismo importe. En el segundo caso, cada cierto tiempo se produce una revisión del tipo aplicable.
Cupón Corrido
Son los intereses devengados entre dos fechas consecutivas de abono de cupón, que todavía no se han percibido porque no ha llegado el momento de su vencimiento. La valoración de un bono en un momento determinado se realiza «ex-cupón», es decir, se calcula el valor actual de la corriente de renta que genera el bono después de deducir a dicho valor el importe del cupón corrido en ese momento.
Bonos y Obligaciones del Estado
La Dirección General del Tesoro emite dos modalidades de títulos de deuda pública a medio y largo plazo. Los primeros se llaman Bonos del Estado y los segundos Obligaciones del Estado. Los bonos se crean con una vida entre 2 y 5 años y las Obligaciones para un plazo superior, que pueden llegar hasta 30 años. Estos activos tienen un valor nominal de 1.000€, se ponen en el mercado primario según los mismos procedimientos que las letras, normalmente a través de subasta, pero con la particularidad que después de la misma se abre un plazo para que quien desee pueda suscribir dichos títulos al precio medio fijado en la subasta. Se emiten con intereses explícitos y se abonan mediante cupón al final de cada periodo anual.
Bonos y Obligaciones Privados
Los empréstitos privados a medio y largo plazo adoptan diversas formas, y los títulos emitidos reciben diferentes denominaciones: obligaciones, bonos, bonos high yield, etc. Al contrario de lo que sucede con la deuda del estado, las denominaciones de obligación y bono se utilizan a veces indistintamente, con independencia del plazo de la emisión.
- Obligaciones y bonos con prima: La prima puede ser de emisión o de reembolso.
- Obligaciones y bonos amortizables por sorteo: Se escalona la devolución del importe de los títulos.
- Obligaciones y bonos con cupón cero: No producen cupones.
- Obligaciones y bonos flotantes: Tienen interés variable.
- Obligaciones y bonos indexados: El importe de los cupones se revaloriza conforme lo haga el IPC generalmente.
- Obligaciones y bonos con cupón diferido: En estos títulos no se abonan los cupones durante los primeros años de vida, sino a partir del 3º o 4º.
- Obligaciones y bonos de ahorro: Los cupones no se entregan al propietario del título, sino que se acumulan, recuperándose al vencimiento el importe invertido.
- Obligaciones y bonos hipotecarios: El pago de intereses y la devolución del capital se garantizan con la hipoteca de bienes inmuebles.
- Obligaciones y bonos convertibles en acciones: llegado el vencimiento, los títulos de deuda se pueden convertir en acciones de la sociedad.
- Obligaciones y bonos con warrant: El warrant es un certificado de opción que permite comprar o vender en el futuro un determinado número de acciones.
- Bonos de alto rendimiento o high yield: Bonos emitidos por entidades de solvencia limitada que, a cambio de un mayor riesgo para el inversor, ofrece más rentabilidad.
- Obligaciones participativas: Además de un cupón fijo devengan un cupón variable.
- Obligaciones subordinadas: Los propietarios son acreedores de la entidad emisora y recuperan el importe de sus títulos después de que lo hayan hecho el resto de acreedores.
Renta Fija: Riesgo, Rating y Perfil del Inversor
La inversión en activos financieros está sometida a 3 tipos de riesgo:
- El riesgo de crédito: que consiste en la posibilidad de no recuperar el capital invertido, de no obtener la renta esperada o de percibir uno y otra significativamente tarde.
- La volatilidad: que es la variación del precio de los títulos en el mercado secundario; cuanto más volátil es un activo, más rápido y con mayor intensidad oscila su precio.
- El riesgo de tipo de cambio: que se produce cuando un inversor coloca su dinero en títulos emitidos en otra divisa.
Clasificación de los Riesgos de Crédito o Rating
Existen compañías internacionales dedicadas a valorar la calidad de crédito de los emisores de títulos y de sus correspondientes emisiones. Son las agencias de rating. Su valoración es necesaria para las entidades que quieren colocar sus productos de deuda en mercados internacionales y para dichos productos. Para calificar el riesgo de crédito de los activos tienen en cuenta tanto las cuentas de la entidad emisora como la idoneidad de su gestión y sus expectativas. Entre las empresas de calificación o rating destacan dos: Standard & Poor’s y Moody’s. La primera establece una escala de mayor a menor seguridad, basada en una combinación de letras mayúsculas y signos de + o -. La segunda combina letras mayúsculas con minúsculas y con números.
Volatilidad de los Títulos de Renta Fija
Normalmente el valor de los títulos de renta fija, en el mercado secundario, oscila de forma moderada, y su volatilidad se origina por variaciones en los tipos de interés. Cuando descienden los tipos en el mercado primario, aumenta el valor de los títulos de renta fija que cotizan en el mercado secundario, y al contrario.
Perfil del Inversor en Productos de Renta Fija
Las emisiones de renta fija de elevado rating, no tienen prácticamente riesgo de impago, están sometidas al riesgo de tipos de interés. El riesgo no existe si el inversor espera al vencimiento de los activos para cobrarlos. Los activos de renta fija de elevado rating son una inversión conservadora que no produce grandes beneficios, pero que tiene escaso riesgo de tipo de interés. Este riesgo es menor cuanto más corto sea el plazo de colocación del capital. A corto plazo lo más adecuado para colocar dinero son las letras del Tesoro y los pagarés de empresas muy solventes. Si lo que se desea es invertir en bonos u obligaciones, interesa hacerlo si se espera una bajada de tipos de interés.
Cesiones Temporales de Activos
También denominadas «repos» son una inversión mediante la cual una persona o entidad incorpora a su cartera, durante cierto tiempo, títulos de otra. El propietario de los activos los cede temporalmente a un inversor que desea colocar su dinero a corto plazo. A cambio el cedente recibe fondos líquidos del inversor y se compromete a reembolsar el dinero y a readquirir los títulos al vencimiento (repos a plazos) o cuando quien los posee quiera deshacerse de ellos (repos a la vista).