Guía completa sobre la Sociedad Anónima: Características, Constitución y Órganos

Sociedad Anónima

Una sociedad anónima es una sociedad de tipo capitalista cuyo capital social está dividido en acciones que pueden ser transmitidas libremente.

Características

  • El número de socios puede ser de uno o más.
  • Responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado.
  • El capital mínimo es 61.012,10€ dividido en acciones nominativas o al portador. Este tipo de sociedades se pueden crear mediante fundación simultánea, es decir, se desembolsan todas las acciones en el momento de la creación o mediante fundación sucesiva, las acciones se van desembolsando de forma sucesiva. En el momento de la constitución el capital debe estar suscrito y desembolsado al menos un 25%. Las cantidades pendientes de desembolso se llaman dividendos pasivos y se abonan posteriormente según lo acordado.
  • La razón social (nombre + S.A)

Constitución

El número de acciones en que está dividido el capital social, su valor nominal, su clase y su serie.

Órganos de la sociedad

Junta General

Es la reunión de los socios donde se decide sobre cuestiones importantes de la empresa:

  • Junta general ordinaria: se reúne dentro de los 6 primeros meses de cada ejercicio para censurar la gestión social, aprobar las cuentas anuales y resolver sobre las aplicaciones de los resultados.
  • Junta extraordinaria: toda junta que no reúna los requisitos de la anterior, pueden existir varias al año y debe estar convocada por los administradores.

Junta Universal

Se celebra cuando está presente todo el capital social y los asistentes aceptan por unanimidad su celebración.

Los Administradores

Son nombrados por la junta general y deben cumplir los siguientes requisitos:

  • No podrán dedicarse por cuenta ajena al mismo género de comercio que sea objeto de la sociedad.
  • No es necesario que sean accionistas.
  • Deberán llevar a cabo las cuentas anuales.
  • Ejercerán el cargo durante el periodo de tiempo que señale la escritura social y podrán ser destituidos en cualquier momento por la junta general.
  • Responden frente a la sociedad, a los accionistas y a los acreedores del daño que causen por actos contrarios a la ley o a los estatutos.

Derechos de los Accionistas

  • Derecho a participar en el reparto de los beneficios de la sociedad y en el patrimonio resultante de la liquidación de acuerdo con su participación en la sociedad, también se puede acordar no repartir beneficios acumulados en reservas.
  • Derecho de suscripción en la emisión de nuevas acciones.
  • Derecho de asistencia y voto en las juntas.
  • Derecho a impugnar los acuerdos sociales en caso de que sean contrarios a la ley o a los estatutos.
  • Derecho de información sobre los asuntos a tratar en la junta de accionistas para poder emitir el voto.

Clases de Acciones

  • Según los derechos:
    • Ordinarias: no tienen ningún derecho especial.
    • Privilegiadas: tienen un privilegio como recibir un dividendo mínimo.
  • Según las titularidades:
    • Nominativas: llevan el nombre del propietario.
    • Al portador: no lo llevan.
  • Según su capital:
    • Ordinarias: se pagan en moneda.
    • Propias: se pagan con bienes.

Conceptos Básicos Relativos a las Acciones

  • Valor nominal (VN) = Capital social / Nº de acciones: valor que tiene cada acción.
  • Valor ejecutivo: es el valor de mercado en el momento de compraventa. Cuando el valor ejecutivo es superior al valor nominal, la cotización está sobre par, pero si es inferior, bajo par y si es igual, a la par.
  • Valor teórico: es el valor que tiene una acción según diversos criterios. VT = Neto patrimonial / Nº de acciones.

Derecho de Suscripción

Cuando la empresa necesita dinero puede emitir nuevas acciones, puede hacer una ampliación de capital. La empresa otorga a sus accionistas referencia a la hora de quedarse con la misma proporción de capital y poder que posee. Este derecho es variable económicamente.

Rentabilidad

La renta de una acción es el importe de los ingresos que proporciona la acción en cada periodo, la rentabilidad es la capacidad de un capital de producir una renta.

TASA = Renta de Periodo / La inversión X 100

Órganos de la Sociedad

La gestión y la administración de la sociedad se encarga a un órgano social. Este órgano está formado por la junta general de accionistas y por los administradores. La junta general es el órgano de la deliberación y la decisión. Los asuntos que puede realizar la junta son:

  • La censura de la gestión laboral.
  • La aprobación de las cuentas anuales.
  • El nombramiento y distribución de los administradores.
  • La modificación de los estatutos.

Los Administradores

La administración de la empresa se puede confiar a un solo administrador o a un consejo de administradores. Los administradores tienen que cumplir una serie de requisitos, no podrán dedicarse por cuenta ajena al mismo tipo de comercio que constituya el objeto de la sociedad. Ejercerá en el cargo durante el periodo de tiempo que señalen las escrituras sociales y podrán ser destituidos en cualquier momento por la junta general. Los administradores no tienen por qué ser socios.

Los Socios (Derechos)

  • Derecho a participar en el reparto de beneficios y en el patrimonio de la sociedad en caso de liquidación.
  • Derecho de tanteo en la adquisición de las participaciones de los socios salientes.
  • Derecho a participar en las decisiones sociales y a ser elegidos como administradores.
  • Derecho de información en los periodos establecidos en las escrituras.

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