Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L. o S.L.)
Características generales:
- Número de socios: Uno o más.
- Responsabilidad limitada al capital aportado.
- Capital social dividido en participaciones.
- Razón social con siglas S.R.L. o S.L.
- Transmisión de participaciones con comunicación previa.
- Tributación por Impuesto sobre Sociedades.
Constitución:
- Inscripción en el Registro Mercantil en 2 meses.
- Escritura de constitución con estatutos de la sociedad.
Órganos de la sociedad:
Junta General:
- Órgano de deliberación y decisión.
- Acuerdos vinculantes para todos los socios.
Administradores:
- Administrador único o consejo de administración.
- No pueden dedicarse al mismo comercio que la sociedad.
- Cargo con duración y posibilidad de destitución.
- Siguen normas de S.A. para cuentas anuales.
- No es necesario ser socio.
Socios:
- Derecho a participar en beneficios y patrimonio (liquidación).
- Derecho de tanteo en adquisición de participaciones.
- Derecho a participar en decisiones y ser administrador.
- Derecho de información según escrituras.
Sociedad Anónima (S.A.)
Características generales:
- Sociedad capitalista, relevancia del capital aportado.
- Número de socios: Uno o más (personas físicas o jurídicas).
- Responsabilidad limitada al capital aportado.
- Capital mínimo de constitución: 60.000 euros.
- Razón social con siglas S.A.
- Transmisión libre de acciones tras inscripción en el Registro Mercantil.
- Tributación por Impuesto sobre Sociedades.
Constitución:
- Escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil en 2 meses.
Órganos de la sociedad:
Junta General:
- Reunión de socios para decisiones importantes.
Administradores:
- Administrador único o consejo de administración.
Accionistas y acciones:
- Derecho a participar en el reparto de beneficios.
- Derecho preferente de suscripción de nuevas acciones.
- Derecho de asistencia y voto en juntas.
- Derecho a impugnar acuerdos sociales.
- Derecho de información sobre asuntos de la junta.
Empresario Individual
- Persona física con actividad comercial, industrial o profesional.
- Mayor de edad y plena disponibilidad de bienes propios.
- Sujeto a Código de Comercio y Código Civil.
- Control total de la empresa y su gestión.
- Responsabilidad limitada.
- Sin capital mínimo requerido.
- Nombre de la empresa coincide con el del titular.
- Tributación por IRPF.
- Idóneo para empresas pequeñas.
- Constitución sencilla.
Empresa
- Entidad con capital y trabajo para producción industrial, mercantil o de servicios.
Fórmulas
- Costes: CT = CF + CV; CM = CT / Q; CMV = CV / Q; CMg = SUMATORIO CT / SUMATORIO Q.
- Punto muerto: B = IT – CT; IT = P * Q; Q = CF / (P – Cvu).