Impuesto sobre Sociedades: Soluciones a Ejercicios Prácticos

Capítulo 8. Impuesto sobre Sociedades: Soluciones a los Ejercicios

Ejercicio 1

Véase punto 2.1, pp. 228-232. La visión absolutista ofrece una serie de argumentos basados en el principio de equidad (capacidad de pago y del beneficio), en el de eficiencia y en base a cuestiones administrativas (control y método de retención de rendimientos).

Ejercicio 2

a) El valor de adquisición es de 100.000 u.m.

Método lineal: la cuota de amortización es constante a lo largo del tiempo (100.000/5=20.000), así como el porcentaje ((20.000/100.000)*100=20%).

Método de amortización degresivo según un % constante: el porcentaje de amortización es del 45% (2,25*20%) 

1º año: 100.000*45%= 45.000

2º año: (100.000-45.000)*45%= 24.750

3º año: (100.000-45.000-24.750)*45%= 13.612

4º año: (100.000-45.000-24.750-13.612)*45%= 7.487,1

5º año: (100.000-45.000-24.750-13.612-7.487,1)*45%= 9.150,9

Método de amortización degresivo según la suma de dígitos: la suma de dígitos es igual a 15, a partir de lo cual podemos calcular las cuotas anuales de amortización,

1º año: 100.000* (5/15)= 33.333,33

2º año: 100.000* (4/15)= 26.666,66

3º año: 100.000* (3/15)= 19.999,99

4º año: 100.000* (2/15)= 13.333,33

5º año: 100.000* (1/15) = 6.666,67

b) Para calcular la bonificación por unidad monetaria invertida, se necesita calcular el valor actual del ahorro fiscal, el cual se relativiza por el importe invertido en la adquisición (100.000 u.m.). Por su parte, el ahorro fiscal resulta de multiplicar el gasto anual fiscalmente deducible por el tipo impositivo que, dado que no se provee en el enunciado, supondremos que es igual a 35%.

Método lineal:

C+PBXBqdSOgqwoAADs=

Bonificación por unidad monetaria invertida =  hBF5GeeoDHvx2Yuz3rzjJiGLBYrl6aXqyq4Nmr2j

Método de amortización degresivo según un % constante:

kqrTLzn5fQl0pQMRxubHNQTWrGHEw1YBAAA7

Bonificación por unidad monetaria invertida =  +hB2xeQYZV88wbKQydxBcUkDhARZjyHbR3AkO4+L

Método de amortización degresivo según la suma de dígitos:

QVc8TkFAAA7

Bonificación por unidad monetaria invertida =  8pBpCFxkUGADggv1lCHzhejkHM8KikAADs=

Tal y como se comenta en el punto 3.2.1.2. del Capítulo 8, los sistemas decrecientes de amortización ofrecen una mayor bonificación por u.m. invertida respecto del sistema lineal.

Ejercicio 3

En ausencia de un mecanismo para la corrección de doble imposición de dividendos (sistema clásico), la cuota tributaria es la siguiente:

Cuota Impuesto sobre sociedades (ISOC)= 100.000*0,35=35.000

Cuota Impuesto sobre la renta (IR)= (100.000-35.000)*0,48=31.200

Cuota total (T)= ISOC+IR= 66.200

Es decir, si la situación de referencia (ausencia plena de doble imposición) es aquélla en la que el 100% del beneficio tributa en el seno del socio (100.000*0,48=48.000), tenemos que en el caso del sistema clásico el exceso de carga (%EC) es el siguiente:

%EC=  YMOnSDAgA7

Respecto de este sistema, que marca el nivel máximo de exceso de carga, se trata de analizar en qué medida los sistemas de corrección de la doble de imposición de dividendos consiguen disminuir ese exceso de imposición.

a) Cuota ISOC= (100.000*0,2)*0,35=7.000

 Cuota IR= (100.000-7.000)*0,48=44.640

 Cuota T= ISOC+IR= 51.640

  %EC=  FDlKrerV0KCfRKiO4hIHTwjjxeRSfvXKWBBXhAop

b) Cuota ISOC= 100.000*(0,8*0,35)=28.000

    Cuota IR= (100.000-28.000)*0,48=34.560

    Cuota T= ISOC+IR= 62.560

     %EC=  78E7To0RsKAAA7

c) Cuota ISOC= 100.000*0,35=35.000

    Cuota IR= ((100.000-35.000)*1,5*0,48)-(100.000*0,65)*0,5= 14.300

    Cuota T= ISOC+IR= 51.640

     %EC=  vh2MuIXJxAEZO34MObIzyZQrPygAADs=

En este último caso, la doble imposición no se corrige plenamente, puesto que el tipo impositivo implícito utilizado es del 33,33% ( zy9Lvw8w4DOBBAsaJFEAADs=

), es decir, inferior al 35%.

d) Cuota ISOC= 100.000*0,35=35.000

    Cuota IR= ((100.000-35.000)*0,48)-(100.000*0,65)*0,35=8.450

    Cuota T= ISOC+IR= 43.450

     %EC=  wmDjo6QvVTW3xXVqNa9eoFz39vQLmGrevoELG6Zr

e) Cuota ISOC= 100.000*0,35=35.000

    Cuota IR= ((100.000-35.000)*0,8*0,48) =24.960

    Cuota T= ISOC+IR= 59.960

     %EC=  WR8VWiv27k8Yh0D0zIqFURE3UAQ1GESZkGGqhjkb

Ejercicio 4

El hecho de que el ISOC pueda no ser neutral respecto del nivel de inversión empresarial reside en el hecho de que no coincida el coste de uso del capital y el coste fiscalmente deducible derivado de la adquisición de un bien de capital. Esta circunstancia se explica en el punto 5.1.1.2 (pp. 264-265) y se desarrolla a nivel analítico en el Apéndice 6 (pp. 290-293). Así, utilizaremos la expresión [A6.8]:

dneCjYJzfl8IT4CBm5htcoGWW2tkOo5rWleMcRyn

donde i es el tipo de interés o coste financiero,  gif;base64,R0lGODlhEQAVAHcAMSH+GlNvZnR3Y

 es el porcentaje del coste financiero fiscalmente deducible, a es el % de amortización fiscalmente deducible y  gif;base64,R0lGODlhDwATAHcAMSH+GlNvZnR3Y

 es el % de amortización económica. La parte izquierda de la desigualdad recoge el coste fiscalmente deducible y la parte derecha el coste de uso del capital. En el caso en que la parte izquierda sea superior (inferior) al valor que aparece en la parte derecha, el impuesto sobre sociedades incentiva (desincentiva) la inversión de las sociedades empresariales. A partir de esta información, se puede responder fácilmente a las cuestiones planteadas en este ejercicio.

a)  gif;base64,R0lGODlhKAATAHcAMSH+GlNvZnR3Y

gif;base64,R0lGODlhNQAVAHcAMSH+GlNvZnR3Y

: desincentivo a la inversión

b)  mgRxmvpsq5Nr6W1hFjKlkx1Rqp0kpn4U6Fx1C3Kr

gif;base64,R0lGODlhJwAVAHcAMSH+GlNvZnR3Y

: incentivo a la inversión

c)  gif;base64,R0lGODlhKAATAHcAMSH+GlNvZnR3Y

gif;base64,R0lGODlhJwAVAHcAMSH+GlNvZnR3Y

: desincentivo a la inversión

En la solución al ejercicio 7 de este Capítulo, se comenta el impacto que la inflación puede tener sobre el coste fiscalmente deducible derivado de la adquisición de un bien de capital y, por tanto, sobre el nivel de inversión empresarial. En general, cabe decir que, por un lado, el hecho de permitir la deducción del coste financiero nominal en lugar del real genera un incentivo a la inversión; por otro lado, la no consideración de las ganancias de capital nominales provoca también un incentivo a la inversión.

Ejercicio 5

Dado el especial trato fiscal que recibe la adquisición de bienes de capital en el ISOC, ciertamente, se puede llegar a asimilar el ISOC con un impuesto sobre la adquisición de bienes de capital. Este hecho se explica en el Apéndice 6. En concreto, en la p. 293, se demuestra analíticamente este hecho.

Ejercicio 6

Véase el punto 5.1.2.2. (punto 269-270).

Ejercicio 7

En ausencia de inflación, de acuerdo con la expresión [12], el coste de uso del capital se define como sigue:

Coste de uso (%)=  ThzUN5CgA7

Mientras que, en presencia de inflación y si la tomamos en cuenta, la anterior expresión pasa a ser la siguiente:

Coste de uso (%)’=  e12vnlEAADs=

Es decir, el verdadero coste financiero que debería permitir deducirse es el coste financiero real ( gif;base64,R0lGODlhKAAVAHcAMSH+GlNvZnR3Y

. En otro caso, tal y como se comenta en el punto 5.1.1.3 (p. 265), la deducción del coste financiero nominal supone un incentivo a la inversión empresarial. Por su parte, el segundo sumando incorpora el coste de la depreciación económica expresada en términos reales (expresión [A1.2]). Así, por un lado, el coste de la depreciación debe incrementarse, puesto que el desgaste debería valorarse a los precios actuales de adquisición ( gif;base64,R0lGODlhFwATAHcAMSH+GlNvZnR3Y

), mientras que el coste tiende a disminuir por la presencia de la ganancia de capital que supondría vender el activo a los precios actuales ( gif;base64,R0lGODlhGwAPAHcAMSH+GlNvZnR3Y

). Dado que  gif;base64,R0lGODlhJAATAHcAMSH+GlNvZnR3Y

, el efecto neto de este último componente apunta en la dirección de incentivar el nivel de inversión empresarial.

Soluciones ejercicios tipo test

PREGUNTA

SOLUCIÓN

1

A

2

B

3

D

4

B

5

A

6

C

7

A

8

C

9

A

10

D

11

A

12

D

13

D

14

A

15

A

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