Las Creaciones Intelectuales: Las Patentes de Invención
Una patente de invención consiste en una invención susceptible de ser aplicada a la industria. El Derecho de patentes, regulado por la Ley de Patentes 11/1986, abarca tanto las patentes como los modelos de utilidad, con el objetivo de proteger la invención y los inventos. Se entiende por invención la creación de la mente humana que permite transformar la naturaleza, o bien una regla técnica que permite resolver un problema técnico.
Requisitos para obtener una patente
Para que algo sea objeto de patente, se requiere que cumpla con los siguientes requisitos esenciales:
- Novedad universal: La invención no debe depender del estado actual de la técnica, es decir, debe ser nueva respecto al estado de la técnica.
- Susceptibilidad de aplicación industrial: El objeto resultante de la invención debe poder ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola. Ejemplos de invenciones que no son objeto de patentes son: una teoría matemática, las variedades vegetales y las razas animales.
El registro donde se inscriben los derechos de propiedad industrial y las patentes es la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Invenciones no patentables
No pueden ser inscritos como patentes:
- Los procedimientos de clonación de seres humanos.
- Los procedimientos de modificación de la identidad genética del ser humano.
- La utilización de embriones con fines industriales o comerciales.
- Aquellos procedimientos de modificación genética en los animales que les supongan sufrimiento.
- Todo lo referente al cuerpo humano, y en concreto al descubrimiento de cualquiera de sus elementos, incluida la secuencia parcial de un gen.
- Los derechos que no son susceptibles de aplicación industrial.
Derecho de Patente
El derecho de una patente nace con la concesión administrativa que otorga la Oficina de Patentes, tras un procedimiento en el que se presenta la invención y se decide si se otorga o deniega la patente. Posteriormente, se emite un certificado o título de patente.
El derecho de patentes es un derecho fundamental para el desarrollo económico y social de un país. Para ello, la ley protege al inventor de las siguientes maneras:
- Prohíbe que terceros exploten la invención sin el consentimiento del titular.
- Permite resarcir al inventor de los costes de la invención.
- Incentiva la creación y la innovación.
Contenido del Derecho a la patente
- Derecho de exclusiva: El titular obtiene un derecho de exclusiva (monopolio) sobre el objeto de la patente. Este monopolio se extiende, en el caso de la patente de un procedimiento, no solo al procedimiento en sí, sino también al producto directamente obtenido por él. Este derecho es de carácter patrimonial y puede transmitirse por todos los medios que el Derecho reconoce. El titular de la patente tiene la facultad de impedir a terceros que exploten, comercialicen o importen el objeto de la patente.
- Obligación de explotarla: El titular asume la obligación de explotar la patente. Si no hay explotación, se reducen o incluso eliminan algunos de los efectos favorables que tienen las patentes para el desarrollo económico, industrial y tecnológico. Si el titular no explota la patente o lo hace insuficientemente, será sancionado mediante la concesión de licencias obligatorias a terceros interesados, o se producirá la caducidad de la patente. El titular debe pagar tasas anuales para el mantenimiento de la vida legal de la invención patentada. Una vez transcurrido el plazo de veinte años, o con anterioridad si se incumplen las obligaciones legales, la patente cae en el dominio público, pudiendo ser explotada libremente por todos.
Modelos de Utilidad y Dibujos o Modelos Industriales
Modelo de Utilidad: Es aquel que da a un objeto una configuración, estructura o constitución de la que resulta alguna ventaja apreciable para su uso o fabricación.
Dibujos o Modelos Industriales: Son creaciones estéticas destinadas a servir de modelo para la fabricación de un producto industrial o artesanal. Los modelos industriales son creaciones de forma.
La diferencia entre ambos es que el modelo industrial requiere que sea novedad, mientras que el modelo de utilidad tiene que aportar una utilidad o ventaja, cosa que no se exige en los modelos industriales.
Invenciones Laborales
Hay que distinguir entre invenciones de servicio, mixtas y libres:
- De servicio: Son aquellas en las que el titular es el empresario porque son el resultado de una actividad inventiva objeto de un contrato laboral. Dentro de esta categoría existe una excepción: cuando un trabajador ha tenido una participación notable y el empresario ha obtenido beneficios desproporcionados, se le otorgará una participación al trabajador.
- Mixtas: Son aquellas en que el contrato de servicio no es de actividad inventiva, pero el trabajador ha utilizado los medios y conocimientos que proporciona la empresa. En este caso, se compartirán los derechos.
- Libres: Son aquellas que no tienen relación alguna con el contrato de trabajo del trabajador ni utiliza los medios de la empresa.