Marco Jurídico y Económico de México: Análisis de Artículos Constitucionales y Sistemas Económicos

Marco Jurídico y Económico de México

Artículos Constitucionales Clave

  • Artículo 5 Const.- Trata sobre la libertad de elegir y ejercer la profesión que más le agrade.
  • Artículo 11 Const.- Derecho de libre tránsito. Todo individuo tiene derecho a residir en cualquier parte del país sin necesidad de pasaporte, siempre y cuando sea de manera lícita.
  • Artículo 16 Const.- Refleja las garantías individuales de las personas. Establece los requisitos mínimos de un juicio, aplicable no solo al derecho penal, sino también al civil, administrativo, mercantil, agrario, etc. Los párrafos de este artículo detallan el proceso penal, garantizando la libertad del individuo.

Recursos Naturales y la Intervención del Estado

Estado rector.- Capacidad jurídica del estado para conducir la economía. Rectoría del estado.- Responsabilidad del estado.

Formas de intervención:

  1. Directa.- Facultad del estado para participar por sus órganos y empresas en la actividad económica. (Ejemplos: Pemex, CFE, Correos, Telégrafos).
  2. Indirecta.- Conducir, estimular o restringir la actividad de los particulares.

Recursos naturales (elementos de la naturaleza):

  • Renovables.- Los produce la naturaleza y no se agotan con su aprovechamiento.
  • No renovables.- Con su simple uso se agotan.

Aprovechamiento de recursos.- Artículo 27 «propiedad originaria».

Desarrollo Sustentable

Diferenciar:

  • Crecimiento económico (indicadores).
  • Desarrollo económico (bienestar social).
  • Sustentable (protección del medio ambiente).

Ingreso per cápita: Producto interno bruto ÷ el total de la población.

Áreas Estratégicas y Prioritarias

Áreas estratégicas.- Conjunto de facultades y actividades económicas que el estado mexicano se reserva para sí, para ejercerlas a través de organismos públicos descentralizados.

Fundamento: (Artículo 28 párrafo IV). (Artículo 25 párrafo IV). Acuñación de moneda, correos, telégrafos, radiotelegrafía, billetes. (Organismos descentralizados).

Áreas prioritarias.- Conjunto de actividades económicas que el gobierno federal realiza por sí o en concurrencia con los sectores social y privado para impulsarlas y organizarlas.

Fundamento: Artículo 25 párrafo V. Artículo 28 párrafo VI. * Ferrocarriles. * Comunicación vía satélite.

Principios y Presupuesto

Principio de legalidad.- Las autoridades deben actuar conforme a la ley. Artículo 6 de la constitución.

Ejecutivo (lo propone). Presupuesto. Ley de ingresos, cuenta pública (ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria).

Presupuesto de egresos.- Instrumento que señala la cantidad de dinero público a gastar, detallando cómo y en qué sectores. Empréstito.- El sujeto de crédito es el estado.

El Derecho Económico en los Sistemas del Siglo XX

Sistema económico.- Conjunto de estructuras, relaciones e instituciones que resuelven la contradicción entre necesidades ilimitadas y recursos limitados. (Principio de escasez).

El principio de escasez se resuelve con tres preguntas: qué producir, cómo producir y para quién producir.

El sistema jurídico es un subsistema de control social que emana del estado en forma de normas jurídicas.

Sistemas Económicos Contemporáneos

  1. Sistema capitalista liberal (o economía de mercado).
  2. Sistema colectivista socialista (o economías centralmente planificadas).
  3. Sistemas mixtos duales (o economías formadas por sectores públicos y privados).

Sistema capitalista o liberal.- Produce lo que el mercado demanda por medio de empresas privadas. El estado protege el orden económico privado (estado gendarme).

Sistema colectivo socialista.- Produce para el consumo interno por medio de empresas estatales. El estado suplanta el mercado.

Sistema mixto o dual.- Produce para el mercado y la colectividad, con empresas estatales y privadas. El derecho público y privado coexisten.

Intervención y Participación del Estado

La propiedad privada, la libertad de contratación y la libertad económica fueron los pilares del modelo económico liberal del siglo XIX.

El estado nacional custodia externamente a los individuos.

El estado del bienestar participa en la economía mixta con empresas privadas, públicas y trasnacionales.

La política económica avanza hacia la planificación regulando las decisiones económicas.

El derecho económico regula la política económica y la planificación del desarrollo.

Economía de Mercado Libre a Economías Mixtas

Sistema de Economía Libre o de Mercado

Surgió en el siglo XVIII y se consolidó en el XIX. Factores de su gestación:

  1. Consolidación de mercados nacionales.
  2. Apertura de mercados internacionales.
  3. Intervenciones tecnológicas productivas.
  4. Consolidación de la propiedad privada.
  5. División social del trabajo.
  6. Desarrollo de ideas liberales.
  7. Desarrollo de instrumentos financieros.
  8. Estado abstencionista.
  9. Economía autorregulada por el mercado.
  10. Libertad económica total.

Tuvo su mayor esplendor en el siglo XIX, con crisis en el siglo XX.

Sistema de Economía Centralmente Planificada

Inspirado en la filosofía marxista-leninista, rechaza la propiedad privada. El primer país fue Rusia en 1917.

Características:

  1. Propiedad social sobre los medios de producción.
  2. Planificación autoritaria de la economía.
  3. Monopolio estatal del comercio exterior.
  4. Rígido control de cambios.
  5. Desarrollo del derecho público socialista.
  6. Sistema político de partido único.
  7. Inexistencia de libertad económica.

Sistema de Economía Mixta

Surge en la década de 1930 como respuesta al colapso de las economías puras de mercado. Se basa en las teorías de John Maynard Keynes.

Características:

  1. Rectoría del estado en la dirección del sistema económico.
  2. Creación de un sector público estratégico.
  3. Existencia de empresas privadas nacionales y extranjeras.
  4. Áreas económicas planificadas publicitarias.
  5. Áreas económicas concurrenciales o privatizadas.
  6. Aceptación parcial y regulada de los mecanismos del mercado.
  7. Liberación parcial del comercio exterior.
  8. Protección estatal de sectores atrasados.
  9. Servicios públicos en salud, seguridad social, etc.
  10. Libertad individual empresarial.

Liberalismo y Neoliberalismo

El liberalismo valora la libertad individual y las pasiones humanas.

Los neoliberales consideran el egoísmo como la base de la máxima ganancia.

El sistema de economía de mercado asigna al estado una función reguladora.

Formas de Intervención

La intervención del estado en la economía surge para corregir las contradicciones del sistema liberal.

Técnicas de intervención:

  • Policía: Resguardo externo a los agentes privados.
  • Fomento: Apoyos tributarios, financieros y crediticios.
  • Servicios públicos: Actividades que no interesan al sector privado.

El estado dirige la política económica mediante instrumentos directos e indirectos.

La intervención directa es la participación del estado como sujeto económico.

Los modos de gestión pública directa pueden ser centralizados o descentralizados.

La orientación, concentración y planeación son principios de las economías mixtas.

Orientación, Concentración y Planeación

Orientación: El estado promueve el crecimiento económico.

Concentración: Se previenen los efectos negativos de las fusiones empresariales.

Planeación: En México, la planeación democrática tiene base constitucional (art. 26 Const).

Política Económica y Organizaciones No Gubernamentales

La política económica diseña la aplicación de instrumentos para conseguir metas públicas o privadas.

Tipos de Política Económica

  • Política cuantitativa: Ajusta la economía a los cambios.
  • Política cualitativa: Introduce cambios estructurales.
  • Política de reforma: Modifica los fundamentos del sistema económico.

Organizaciones no gubernamentales.- Ámbito de la sociedad civil, diverso en política, social y financiera.

Organización Económica del Estado Mexicano

Las constituciones políticas establecen las bases de organización del poder.

En 1983 se reformó la constitución introduciendo un marco regulatorio económico.

  • Artículo 25 Const.- Obligación del gobierno de dictar leyes y fomentar el desarrollo económico.
  • Artículo 26 Const.- El estado organiza un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional.
  • Artículo 27 Const.- Reserva a la nación la propiedad de los recursos naturales.
  • Artículo 28 Const.- Fomenta la libre competencia y la participación de empresas privadas.

Fundamentación Constitucional del Derecho Económico

Tres principios inspiran la normativa económica:

  • Rectoría económica del estado (artículos 25 – 27).
  • Economía mixta (artículos 5, 11, 16, 25 y 28).
  • Planeación democrática (artículo 26).

El poder ejecutivo tiene la mayor presencia en la orientación y ejecución de las normas de derecho económico.

El poder legislativo aprueba las normas que dan contenido a los preceptos constitucionales.

Facultades del Congreso de la Unión en Materia Económica

El artículo 73 establece las facultades del congreso, clasificadas en tres grupos:

  1. Facultades que ejercen ambas cámaras.
  2. Facultades exclusivas de cada cámara.
  3. Facultades que ejercen por separado.

Facultades expresas:

  1. Facultades en materia de división territorial.
  2. Facultades en materia hacendaria.
  3. Facultades respecto al comercio entre los estados.
  4. Facultades respecto a materias federales.
  5. Facultades en materia económica.

El congreso está facultado para imponer contribuciones, dar bases para empréstitos, impedir restricciones al comercio, establecer casa de moneda, expedir leyes sobre planeación nacional, etc.

Facultades del Ejecutivo en Materia Económica

El artículo 89 constitucional señala las atribuciones del ejecutivo federal, con contenido económico:

  • Promulgar y ejecutar las leyes.
  • Dirigir la política exterior.
  • Habilitar puertos y establecer aduanas.
  • Las demás que le confiere la constitución.

Artículos principales: 25, 26, 27, 28, 31 y 131.

Facultades de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

El artículo 42 establece las facultades en materia económica:

  1. Aprobar la ley de ingresos y el presupuesto de egresos.
  2. Formular su proyecto de presupuesto.
  3. Ampliar el plazo de presentación de iniciativas.
  4. Formular observaciones al programa general de desarrollo.
  5. Expedir disposiciones para organizar la hacienda pública.
  6. Legislar en materia de planeación del desarrollo.
  7. Regular la prestación de servicios públicos.
  8. Expedir normas sobre fomento económico.
  9. Revisar la cuenta pública.
  10. Analizar informes trimestrales.

Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Aprobada el 30 de abril de 1999. Atribuciones:

  1. Examinar y aprobar la ley de ingresos y el presupuesto de egresos.
  2. Formular observaciones al programa general de desarrollo.
  3. Formular su proyecto de presupuesto.
  4. Revisar la cuenta pública.
  5. Aprobar los programas de desarrollo urbano.
  6. Recibir y analizar informes trimestrales.
  7. Someter a referéndum la aprobación de proyectos legales.
  8. Las demás que le otorga la constitución.

Recursos Naturales

Hidrocarburos

Petróleo

Características: Alto poder energético, facilidad de manejo, abundantes subproductos.

Dificultades: Explotación costosa, reservas limitadas, distribución desigual, requiere inversiones.

Fundamento constitucional: artículo 27.

Distribución: 70% a empresas estatales, 25% a empresas mixtas, 5% a transaccionales y privadas.

Camino a la privatización: Desde los 80, con objetivos de asegurar abasto a EUA y aprovechar refinerías texanas.

En los últimos años, el mercado de energéticos se ha revalorizado.

El negocio del petróleo en México asciende a 3 billones de dólares.

Nueva Perspectiva de los Países Petroleros

Positivos: Tecnologías innovadoras, PEMEX debe asociarse con empresas reconocidas, desarrollar la innovación tecnológica.

Negativos: Privatizarlo como mercancía, el abasto debe estar controlado por el estado.

Reforma Energética de 2013

Publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2013. Leyes expedidas y reformadas.

La Comisión Reguladora de Energía

Fundamento: Ley de la Comisión Reguladora de Energía (DOF 31 de octubre de 1995).

Órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía con autonomía técnica y operativa.

Energía Eléctrica

Fundamento: párrafo sexto del artículo 27 constitucional.

La CFE se transforma en empresa productiva del Estado, excluyéndose de la generación y transformación de energía eléctrica.

Leyes reguladoras: Ley de la Industria Eléctrica, Ley de Órganos Reguladores Coordinados en materia energética, Ley de la Comisión Federal de Electricidad.

Energía Nuclear

Fundamento: art. 27 párrafo sexto de la const. y Ley Reglamentaria del Artículo 27 en Materia Nuclear. El uso de energía nuclear es exclusivo del Estado.

Aguas y Pesca

Fundamento: Art. 27 párrafo III y V de la Const. Legislación: Ley de Aguas Nacionales, Ley Federal del Mar, Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

Ley de Aguas Nacionales

Regula la administración del agua, creando la Comisión Nacional del Agua.

Zona de reserva: Limitaciones en la explotación del agua.

Zona de veda: No se autorizan aprovechamientos adicionales.

Ley Federal del Mar

Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución, en lo relativo a las zonas marinas mexicanas.

Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución, regula el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas.

Forestal

Fundamento: Art 27 const. Leyes de la materia: Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Ley Federal de Variedades Vegetales, Ley Federal de Sanidad Vegetal, Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución, regula la conservación, protección y aprovechamiento de los ecosistemas forestales.

Ley Federal de Variedades Vegetales

Fija las bases para la protección de los derechos de los obtentores de variedades vegetales.

Ley Federal de Sanidad Vegetal

Regula y promueve la sanidad vegetal.

Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados

Regula las actividades de organismos genéticamente modificados.

Minería

Fundamento: art. 27 const. Párrafos cuarto y sexto. Legislación: Ley Minera (DOF 26 de junio de 1992).

Tierra

Actividades agrícolas, ganaderas y artesanales. Fundamento: Artículo 27 const. Párrafo tercero.

Ley Agraria

Tierras para el asentamiento humano, tierras de uso común y tierras parceladas.

Zona Económica Exclusiva

Área donde el Estado goza de derechos económicos.

El Espectro Radioeléctrico

Recurso natural finito y escaso. Instituto que regula: IFETEL.

Derecho Económico como Instrumento para el Equilibrio y el Desarrollo

La Política Fiscal

Presupuesto: Programa de acción que manifiesta gastos e ingresos.

Características del Presupuesto:

  1. Competencia exclusiva del Estado.
  2. Principio de legalidad.
  3. Anualidad.
  4. Naturaleza jurídica compleja.
  5. Unidad.
  6. Principio de universalidad.
  7. Principio de no afectación de recursos.
  8. Especificación de gastos.

Fuentes jurídicas: Fracciones VII del artículo 73, y IV del artículo 74 constitucionales, Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Ley General de Deuda Pública, Ley de Ingresos.

Instrumentos de la Política Fiscal

Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos de la Federación

El proyecto de Ley de Ingresos se presenta a más tardar el 8 de septiembre.

El Presupuesto de Egresos comprende etapas de preparación, presentación y aprobación.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Reglamenta los artículos 74 fracción IV, 75, 126 y 134 constitucionales. La SHCP vigila el cumplimiento de la Ley.

Auditoría Superior de la Federación

Organismo de la Cámara de Diputados que revisa la Cuenta Pública.

Ley General de Deuda Pública

Necesidad de los Estados de endeudarse. Fundamento constitucional: Fracción VIII del Artículo 73.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público

Reglamenta el artículo 134 de la Constitución.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionada con las Mismas

Reglamenta el artículo 134 de la Constitución.

La Política Monetaria

Acción de las autoridades monetarias para cambiar la cantidad, disponibilidad o costo del dinero.

El Banco de México.- Ordenador de la política monetaria. Fundamento: artículo 28 Const.

Ley del Banco de México

Finalidad: Proveer a la economía de moneda nacional y procurar la estabilidad del poder adquisitivo.

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