Medición Contable de Activos y Pasivos: Criterios y Aplicaciones
5.3. Otros Créditos en Moneda
Para estos activos se considerará su destino probable. Cuando existiera la intención y la factibilidad de negociarlos, cederlos o transferirlos anticipadamente, se computarán a su *valor neto de realización*, determinado por su valor descontado, utilizando una tasa del momento de la medición que refleje las evaluaciones del mercado sobre el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de la operación, menos los gastos relacionados con la negociación, cesión o transferencia.
Los activos surgidos por aplicación del método del impuesto diferido se medirán por su valor nominal o por su valor descontado, en los términos del párrafo anterior. El criterio elegido para su medición no podrá cambiarse en los siguientes ejercicios.
En los restantes casos, su medición contable se efectuará sobre la base de la mejor estimación posible de la suma a cobrar, descontada usando:
a) La tasa aplicada en la medición inicial; o *(VALOR CORRIENTE)*
b) La tasa que hubiera correspondido usar, si el descuento inicial no se hubiera efectuado por haberse seguido el criterio alternativo admitido en el último párrafo de la sección 4.5.4 (Otros créditos en moneda).
5.4. Créditos no Cancelables en Moneda (Derechos de Recibir Bienes o Servicios)
**(Anticipo a Proveedores que Fija Precio):** Deben aplicarse las reglas de medición contable correspondientes a los bienes o servicios a recibir.
5.5. Bienes de Cambio
5.5.1. Bienes de Cambio Fungibles, con Mercado Transparente y que Puedan ser Comercializados sin Esfuerzo Significativo
Se los medirá al *valor neto de realización*.
5.5.2. Bienes de Cambio sobre los que se Hayan Recibido Anticipos que Fijan Precio y las Condiciones Contractuales de la Operación Aseguren la Efectiva Concreción de la Venta y de la Ganancia
Se los medirá al *valor neto de realización*.
5.5.3. Bienes de Cambio en Producción o Construcción Prolongada
La medición contable se hará al *valor neto de realización*, según el avance y resultados de la producción o construcción, si se cumplen ciertos requisitos:
a) Anticipos con precio fijado.
b) Condiciones contractuales aseguran la venta.
c) Capacidad financiera para finalizar la obra.
d) Certidumbre de ganancia.
En otros casos, se usará el costo de reposición de bienes similares, o el costo de reproducción si no es posible obtener el costo de reposición. Si esto también es impracticable, se usará el costo original.
5.5.4. Bienes de Cambio en General
Se tomará el *costo de reposición* a la fecha de los estados contables. Si no se puede obtener, se usará el costo original. Los costos de reposición en moneda extranjera se convertirán a moneda argentina usando el tipo de cambio del momento de la medición.
5.14. Pasivos en Moneda (Originados en la Compra de Bienes o Servicios, en Refinanciaciones y en Transacciones Financieras)
Para estos pasivos se considerará la posibilidad e intención de cancelación anticipada.
Si el ente no estuviera en condiciones de cancelar el pasivo con anticipación o no tuviera la intención de hacerlo, su medición contable se efectuará considerando:
a) La medición original del pasivo;
b) La porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a pagar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas;
c) Los pagos efectuados.
Esta medición podrá obtenerse mediante el cálculo del *valor descontado* de los flujos de fondos que originará el pasivo, utilizando la tasa determinada al momento de la medición inicial. En caso de existir cláusulas de actualización monetaria o de modificaciones de la tasa de interés, se considerará su efecto.
En los casos de cuentas a ser pagadas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, los cálculos indicados deben ser efectuados en ella y los importes así obtenidos deben ser convertidos a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.
**(Posibilidad de Cancelación Anticipada):** Si el ente estuviera en condiciones financieras de cancelar anticipadamente la deuda y hechos anteriores o posteriores a la fecha de cierre de los estados contables revelaran su conducta o modalidad operativa en ese sentido, la medición contable del pasivo se efectuará al *valor descontado* de la deuda, calculado con la tasa que el acreedor aceptaría para recibir su pago anticipado.
Del mismo modo se procederá si los riesgos de cambio de valor del pasivo fueran objeto de una cobertura efectiva mediante la tenencia de un activo cuya medición contable deba hacerse a su valor corriente. Para determinar si la cobertura es efectiva se aplicarán las pautas descriptas en la sección 2.3.2 (Eficacia de la cobertura) de la segunda parte de la Resolución Técnica Nº 18 (Normas contables profesionales: desarrollo de algunas cuestiones de aplicación particular).
Las mediciones contables de los pasivos que deban ser pagados en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina deben ser efectuadas en la primera y los importes así obtenidos se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.