Modelos de Bienestar Social, Economía Social y Planificación en Andalucía

Modelos de Bienestar Social

Modelo Residual

  • Extensión mínima de los servicios y beneficios estatales.
  • Proporción del PNB para el gasto social: mínima.
  • Rol más importante de las entidades privadas, grupos de ayuda, etc.
  • El Estado interviene sólo si las estructuras de la familia y el mercado son insuficientes.
  • Población cubierta: minoritaria.
  • Antes: test de elegibilidad. Ahora: medidas selectivas.

Modelo Institucional

  • Sistema de bienestar social frente a las necesidades crecientes de la sociedad: protección contra los riesgos.
  • Proporción del PNB para el gasto social: elevada.
  • Responsabilidad del Estado: óptima.
  • Servicios numerosos hacia la mayoría de la población.
  • De la elegibilidad a las medidas universales.

Welfare: responsabilidad de la sociedad respecto de la persona marginada y en el derecho de ésta a la integración. Institucional.

Workfare: responsabilidad del individuo demostrable mediante contrapartidas consistentes en su participación en acciones de integración (residual).

Economía Social

Sector económico entre lo privado lucrativo y lo social no lucrativo. Empresas que actúan en el mercado con fines pro desarrollo social y económico no excluyente.

España: Ley 5/2011 de Economía Social: punto de inflexión en reconocimiento, visibilidad y desarrollo del sector.

Entidades que persiguen bien el interés colectivo de sus integrantes, bien el interés general económico o social, o ambos.

Actores del Tercer Sector

Entidades Singulares: diferentes del resto

  • Cáritas: Fundación con fines asistenciales creada por la Iglesia Católica.
  • Cruz Roja: Asociación voluntaria de utilidad pública, lo que implica la tutela del Estado.

Entidades No Lucrativas de Carácter General

  • Asociaciones
  • ONGs
  • Fundaciones

Órganos Adscritos de la Administración Autonómica

  • Instituto Andaluz de la Mujer.
  • Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
  • Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
  • Instituto Andaluz de la Juventud.
  • Empresa Andaluza de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A (INTURJOVEN).
  • Fundación Andaluza San Juan de Dios de Lucena y Fundaciones fusionadas de Córdoba.

Órganos Colegiados

  • Comisión permanente de diálogo con la mesa del tercer sector de Andalucía.
  • Comisión de Acreditación, evaluación y control de centros servicios sociales.
  • Consejo Andaluz del Voluntariado.
  • Comisión interdepartamental del plan de solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía.
  • Comisiones provinciales de seguimiento del programa extraordinario para suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia social.
  • Comisión andaluza de seguimiento del programa extraordinario para suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia social.
  • Comisión de coordinación de la Red de solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía.
  • Comisiones Técnicas de seguimiento de la Red de solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía.
  • Comisión de seguimiento del Programa de Ayuda a la Contratación.
  • Observatorio de la Infancia.
  • Comisión de seguimiento del programa de solidaridad de los andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad.
  • Comisiones de valoración del programa de solidaridad de los andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad.
  • Comisión especial de seguimiento de la ley por la que se regula el uso de la lengua de signos y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
  • Comisión de participación en materia de concertación con los centros de atención especializada a personas mayores y centros de atención especializada a personas con discapacidad.
  • Comisión de seguimiento de la alianza para la mejora de la atención a personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia en Andalucía.
  • Observatorio Andaluz sobre drogas y adicciones.
  • Comisiones provinciales de drogodependencias.
  • Consejo asesor sobre drogodependencias.
  • Consejo andaluz de mediación familiar.
  • Comisión provincial de medidas de protección de menores.
  • Consejos provinciales de la infancia.
  • Consejo regional de la infancia.
  • Consejo Andaluz de asuntos de menores.
  • Consejo Andaluz de mayores.
  • Consejos provinciales de mayores.
  • Comisión técnica de accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
  • Consejos provinciales de atención a las personas con discapacidad.
  • Consejo andaluz de atenciones a las personas con discapacidad.
  • Comisión andaluza de valoración de las discapacidades.
  • Consejo de la juventud de Andalucía.
  • Observatorio de la Igualdad de género.
  • Comisión interdepartamental para la igualdad de hombres y mujeres.
  • Consejo andaluz de participación de las mujeres.
  • Consejos provinciales del voluntariado.
  • Consejo andaluz de cooperación internacional para el desarrollo.
  • Comisión de cooperación para el desarrollo.
  • Comisión del voluntariado.

Administración Autonómica, Diputaciones y Ayuntamientos

Corresponde a la Administración Autonómica

  • Planificación general de los Servicios Sociales, al objeto de eliminar desequilibrios territoriales.
  • La coordinación de actuaciones y programas entre sus propios Departamentos, con las distintas Administraciones públicas, y con los sectores de la iniciativa social, con el objeto de racionalizar los recursos sociales.
  • La supervisión y control del cumplimiento de la normativa en vigor.
  • La determinación de los criterios generales para la participación de los usuarios en los Servicios Sociales.
  • La gestión, a través del Instituto Andaluz de Servicios Sociales (IASS), de los Servicios Sociales propios que requieran su prestación con carácter supraprovincial.
  • La promoción y realización de investigaciones, estudios y formaciones.
  • La asistencia y asesoramiento técnico a entidades.

Corresponde a las Diputaciones Provinciales

  1. Las competencias que les estén atribuidas legalmente con el carácter de propias (Comunitarios).
  2. Con el carácter de competencias delegadas por la Junta de Andalucía:
    1. La gestión de los Centros y establecimientos de Servicios Sociales especializados de ámbito provincial y supramunicipal.
    2. La coordinación y gestión de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios, así como de los Centros de Servicios Sociales Especializados de ámbito local, en los municipios de hasta 20.000 habitantes.
    3. La ejecución y gestión de los programas de Servicios Sociales y prestaciones económicas que pudiera encomendarles el Consejo de Gobierno.

Corresponde a los Ayuntamientos

  1. Responsables de los Servicios Sociales de su ámbito territorial, de acuerdo con la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  2. Competencias de los Ayuntamientos, por delegación de la Junta de Andalucía:
    1. La gestión de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios en los municipios de más de 20.000 habitantes.
    2. La gestión de los Centros de Servicios Sociales Especializados de ámbito local, en los municipios de más de 20.000 habitantes.
    3. La ejecución y gestión de los programas de Servicios Sociales y prestaciones económicas que pudiera encomendarles el Consejo de Gobierno.

Planificación de Servicios Sociales: Plan, Programa y Proyecto

Plan

Documento que recoge decisiones de carácter general que definen: las directrices políticas fundamentales, las prioridades que se derivan de esas formulaciones, la asignación de recursos acorde a esas prioridades, las estrategias de acción y el conjunto de medios e instrumentos que se van a utilizar para alcanzar las metas y objetivos propuestos. El plan define a grandes rasgos las ideas que van a orientar y condicionar el resto de niveles de la planificación para el mismo.

Determina prioridades y criterios, cobertura de equipamientos y disposición de recursos, su previsión presupuestaria y su horizonte temporal.

Es el nivel estratégico, con unas metas genéricas que dan sentido al resto de los niveles, de forma que no se hagan actuaciones aisladas, sino que todas tengan una coherencia, una finalidad.

Programa

Conjunto organizado, coherente e integrado de actividades, servicios o procesos de un conjunto de proyectos, relacionados, coordinados entre sí y que son de determinada naturaleza.

El programa concreta los objetivos y los temas que se exponen en el plan, teniendo como marco un tiempo más reducido.

Ordena los recursos disponibles en torno a las acciones y objetivos que mejor contribuyan a la consecución de las estrategias marcadas. Señala prioridades de intervención en ese momento.

Sería el nivel táctico, situado entre el Plan y el proyecto. Intenta acercar uno a otro, concretando esas ideas y objetivos más generales del Plan en un lugar y tiempo determinados y a partir de unos recursos concretos disponibles. De esta forma las ideas generales del Plan se llevan a una situación concreta.

Proyecto

Conjunto de actividades concretas, interrelacionadas y coordinadas entre sí, que se realizan para producir bienes y servicios, capaces de satisfacer necesidades o resolver problemas.

Es una intervención concreta, individualizada, para hacer realidad algunas de las acciones contempladas en el nivel anterior (nivel táctico).

Define resultados previstos y procesos para conseguirlos, así como el uso concreto de los recursos disponibles. Este es el nivel operativo del proceso de planificación, por lo que no debe ser algo teórico, sino una actividad práctica y útil de cara a la intervención.

El plan es la expresión de una voluntad institucional. El programa representa la especificación de fines y la concreción de recursos (son responsabilidad de las estructuras, centros o servicios). Los proyectos deben ser responsabilidad de las personas y equipos que tienen encomendada la intervención.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *