Normas de Valoración de Compras y Ventas, Principio de Devengo y Deterioro de Existencias

Normas de Valoración de Compras

Según la Norma 10.ª del PGC y 12.ª del PGC de Pymes:

  • Todos los gastos de compras, sea cual sea su naturaleza, incluso el IVA cuando no es recuperable, se cargarán a la cuenta 600 (compras de mercaderías), incrementando el precio de adquisición.
  • Los gastos financieros (intereses) sólo se podrán imputar al precio de adquisición si son con vencimiento no superior a un año y no tienen un tipo de interés contractual. Si son a largo plazo, se aplica la normativa de valoración del inmovilizado; por lo tanto, deberán imputarse al coste de las existencias, siempre que se hayan devengado antes de que las existencias estén en condiciones de ser vendidas.
  • Todos los descuentos, cualquiera que sea su naturaleza, si van incluidos en la factura de compra, minorarán el importe del cargo a la cuenta 600 (Compras de mercaderías). Ahora bien, si tales descuentos no van incluidos en la factura de compra, sino en una factura posterior, se registrarán respectivamente, según sea la naturaleza del descuento, en las cuentas 606, 608 o 609.

Normas de Valoración de Ventas

Según la Norma 14.ª del PGC y 16.ª del PGC de Pymes:

  • Todos los descuentos, cualquiera que sea su naturaleza, si van incluidos en la factura de venta, minorarán el importe del abono en la cuenta 700 (ventas de mercaderías). Ahora bien, si tales descuentos no van incluidos en la factura de venta, sino en una factura posterior, se registrarán respectivamente, según sea la naturaleza del descuento, en las cuentas 706, 708 o 709.
  • Obsérvese que en cuanto a los gastos de ventas no ocurre como en las compras en las cuales se cargaban todos los gastos. En el caso de ventas, dichos gastos se cargarán a las respectivas cuentas de gastos del grupo 6.

Principio de Devengo

Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.

Conceptos Clave

Amortización:

Pérdida de valor que experimentan los activos como consecuencia del paso del tiempo. La amortización puede deberse a causas físicas, técnicas y/o económicas.

Base Amortizable:

Es la diferencia entre el precio de adquisición (coste de la compra más los costes asociados a este) y el valor residual.

Vida Útil:

Periodo durante el que una empresa espera utilizar el activo de forma eficiente o bien el número de unidades de producción que la empresa espera obtener del activo.

Valor Residual:

Importe estimado que la entidad podría obtener por la enajenación del activo al final de su vida útil.

IVA:

Las operaciones de compra-venta están sujetas a normativa legal en materia de fiscalidad. El impuesto que grava las operaciones es el Impuesto sobre el Valor Añadido. Es un impuesto indirecto, es decir, los contribuyentes no se lo pagan directamente a Hacienda sino que lo pagan los empresarios al comprar sus bienes y estos se lo ingresan a Hacienda Pública.

IVA Soportado:

Es el que tiene que pagar la empresa por las compras de materias primas, materiales, servicios recibidos, etc.

IVA Repercutido:

Es el que tiene que cobrar una empresa a sus clientes por las ventas y servicios realizados.

Valor Neto Realizable y Deterioro de Existencias

El valor neto realizable de un activo es el importe que la empresa puede obtener por su enajenación en el mercado, en el curso normal del negocio, deduciendo los costes estimados necesarios para llevarla a cabo, así como, en el caso de las materias primas y de los productos en curso, los costes estimados necesarios para terminar su producción, construcción y fabricación.

Deterioro de Valor de las Existencias

Las existencias pueden experimentar pérdidas. En virtud del principio de prudencia, se han de registrar contablemente las pérdidas ciertas tan pronto como sean conocidas. En esta línea, la norma de registro y valoración 10ª del PGC, apartado 2, señala: Cuando el valor neto realizable de las existencias sea inferior a su precio de adquisición o a su coste de producción, se efectuarán las oportunas correcciones valorativas reconociéndolas como un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Si las circunstancias que causaron la corrección del valor de las existencias hubiesen dejado de existir, el importe de la corrección será objeto de reversión reconociéndolo como un ingreso en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Cuando el valor de mercado de las existencias es inferior a su precio de adquisición o coste de producción, se produce una situación de pérdida de valor. Siempre que se produzca esta circunstancia se deberá dotar a la oportuna corrección de valor.

Ejemplo: Precio de Compra (PC) = 9.000€ > Valor Neto Realizable (VNR) = 6.750€ entonces tenemos un Deterioro de valor. Hay una pérdida potencial de 2.250€ que deberá reflejarse contablemente a través del oportuno deterioro. No obstante, antes de tocar el deterioro por depreciación de mercaderías del ejercicio, la empresa debe eliminar la pérdida que reflejó el ejercicio anterior y que asciende a 1.500€. De esta forma los asientos que realizará la empresa en el libro diario son los siguientes:

Debe Libro Diario Haber

1. Por la eliminación del deterioro del ejercicio anterior

1.500 (391) Deterioro de valor de las existencias a (793) Reversión del deterioro de las existencias 1.500

2. Por la dotación del ejercicio actual

2.250 (693) Pérdidas por deterioro de existencias a (391) Deterioro de valor de las existencias 2.250

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