Obligaciones y Derechos de la Empresa
El empresario tiene unas normas y debe seguir una pauta de actuación. A continuación, se detallan algunas de las más importantes:
Normas Contables
En este apartado se recogen las obligaciones en materia de contabilidad, entre las cuales están las siguientes:
- El empresario debe llevar una contabilidad ordenada que permita un seguimiento cronológico de las operaciones, como la elaboración periódica de balances e inventarios, y un libro de inventario y cuentas anuales.
- La contabilidad la llevarán los empresarios o las personas autorizadas.
- Las sociedades mercantiles tienen que llevar un libro de actas donde constarán los acuerdos adoptados en las juntas generales y las fechas de las convocatorias.
Competencia y Publicidad
La Ley de Competencia sanciona los actos que puedan impedir, restringir o falsear la competencia, como el reparto de mercados o fuentes de aprovisionamiento para dominar el sector. También sanciona los actos que menosprecien productos de los competidores. Se busca crear un marco leal, sin perjuicios a terceros, que no atente contra personas ni valores.
Propiedad Industrial y Defensa de los Consumidores
El Estado ha creado unas normas que amparan la propiedad industrial para proteger a los creadores de nuevos inventos y técnicas que se puedan aplicar a procesos industriales, así como al productor, fabricante o comerciante con la creación de signos distintivos. Hay dos modalidades:
- Las invenciones, que comprenden la patente de invención.
- Los signos distintivos, que comprenden el nombre, la marca, los rótulos, etc.
Registro Mercantil
Es un organismo del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia, que tiene como finalidad la publicidad oficial de las situaciones jurídicas de los empresarios inscritos en él, además de otras funciones. Este tiene por objeto:
- Inscribir a las empresas en el momento de su constitución.
- Legalizar los libros de las empresas.
- Inscribir a los apoderados.
El Registro Mercantil se divide en Registros Territoriales, uno en cada capital de provincia, en Ceuta y otro en Melilla, y un Registro Central de todo el Estado.
Legislación Fiscal
El Derecho Fiscal surge por la necesidad del Estado de obtener ingresos para cubrir los gastos públicos que se recogen de forma detallada en los Presupuestos Generales del Estado.
Ingresos Públicos
Son la clase de ingresos más importantes del presupuesto del Estado. Tienen carácter obligatorio y su finalidad es obtener los recursos necesarios para financiar el gasto o controlar la actividad económica del país. Hay tres tipos:
- Tasas: Prestaciones de dinero hechas a un ente público.
- Contribuciones: Tributos que se ingresan en un ente público por parte de un particular por un motivo determinado, pero cuyo beneficio obtenido con el dinero invertido no será únicamente para el contribuyente.
- Impuestos: Pagos exigidos por las Administraciones Públicas sin que haya un destino directo para ese dinero.
Impuestos y sus Clases
- Directos: IRPF, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Indirectos: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (pagan los particulares que compran un bien a otro), IVA e Impuestos Especiales como los especiales sobre alcohol, electricidad, hidrocarburos, etc.
Elementos de un Impuesto:
- Hecho imponible
- Base imponible
- Base liquidable
- Tipo impositivo
- Cuota tributaria
- Deuda tributaria
- Contribuyente
- Sujeto pasivo
Impuestos Directos
IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
Está dividido en 5 partes:
- Rendimiento del trabajo
- Rendimientos del capital inmobiliario
- Rendimiento del capital mobiliario
- Rendimientos de actividades económicas
- Ganancias y pérdidas patrimoniales
El que paga puede optar por el régimen de estimación directa y calcular el beneficio de sus actividades restando los gastos y llevando la contabilidad, o el régimen de estimación objetiva, formado por la naturaleza de las actividades y parámetros objetivos medibles. Para ello, el volumen de rendimiento no supera los 450.000€ para las actividades económicas y 300.000€ para las ganaderas, y el volumen de compras no debe superar los 300.000€ anuales.
Impuesto sobre Sociedades
Es un tributo de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades y otras entidades jurídicas. Está determinado por las ganancias de la empresa y, para tributar este impuesto, tienen que tener personalidad jurídica propia.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Es un impuesto municipal, recaudado por el ayuntamiento. Es un tributo de carácter real y directo que tiene por objeto el ejercicio en el territorio nacional de una actividad empresarial, profesional o artística. La cantidad a liquidar se obtiene por la aplicación de las tarifas del impuesto sobre las cuotas municipales mínimas y sobre unos índices determinados que dependen de diversos factores.
Impuestos Indirectos
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)
El valor añadido es la diferencia entre el valor de los bienes hechos y los costes de las materias primas u otros bienes intermedios que se usaron para producirlos. Así se aplica el IVA, que grava las siguientes operaciones:
- Entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuados por empresarios.
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes.
- Importaciones de bienes hechas por empresarios.
Algunas actividades no soportan este impuesto. El funcionamiento de este impuesto es: IVA repercutido – IVA soportado = IVA a ingresar. Así, el sujeto pasivo lo constituyen las empresas que ingresan a Hacienda lo que han recaudado, y el contribuyente es el consumidor.
Los tipos impositivos, por otra parte, se califican en función de si son de necesidad, lujo, etc. Actualmente hay tres tipos:
- Superreducido: 4%
- Reducido: 7%
- General: 16%
En el IVA existe un régimen general y varios especiales. El general es de aplicación cuando no proceda aplicar ninguno de los especiales. Los especiales son: régimen simplificado, especial de agricultura, ganadería o pesca, bienes usados, operaciones con inversión, agencias de viajes, etc. Así, las empresas tienen que guardar facturas, libros de registros, facturas de todos los bienes, etc.