Obligaciones Fiscales y Legales para Empresas en España

Obligaciones y Derechos de la Empresa

El empresario tiene unas normas y tiene que seguir su pauta de actuación, estas son:

Normas Contables

En estos artículos se recogen las obligaciones en materia de contabilidad entre las cuales están las siguientes:

  1. El empresario debe llevar una contabilidad ordenada que permita un seguimiento cronológico de las operaciones como la elaboración periódica de balances e inventarios y un libro de inventario y cuentas anuales
  2. La contabilidad la llevarán los empresarios o las personas autorizadas
  3. Las sociedades mercantiles tienen que llevar un libro de actas donde constarán los acuerdos adoptados en las juntas generales y las fechas de las convocatorias.

Competencia y Publicidad

La ley de competencia sanciona que puedan impedir, restringir o falsear la competencia o el reparto de mercados o fuentes de aprovisionamiento para dominar el sector o los actos que menosprecian productos de los competidores creando un marco leal sin perjuicios a terceros que no atente contra personas ni valores.

Propiedad Industrial y Defensa de los Consumidores

El estado ha creado unas normas que amparan la propiedad industrial para proteger a los creadores de nuevos inventos y técnicas que se puedan aplicar a procesos industriales, así como al productor, fabricante o comerciante con la creación de signos, así hay dos modalidades: las invenciones que comprenden la patente de invención y los signos distintivos que comprenden el nombre, la marca, los rótulos…

Registro Mercantil

Organismo del estado dependiente del Ministerio de Justicia que tiene como finalidad la publicidad oficial de las situaciones jurídicas de los empresarios inscritos en él además de otras funciones. Este tiene por objeto: inscribir a las empresas en el momento de su constitución, legalizar los libros de las empresas e inscribir a los apoderados. El registro mercantil se divide en registros territoriales, uno en cada capital de provincia, en Ceuta y otro en Melilla y un registro central de todo el estado.

Legislación Fiscal

El derecho fiscal surge por la necesidad del estado de obtener ingresos para cubrir los gastos públicos que se recogen de forma detallada en los presupuestos generales del estado.

Ingresos Públicos

Son la clase de ingresos públicos más importantes del presupuesto del estado, tienen carácter obligatorio y su finalidad es obtener los recursos necesarios para financiar el gasto o controlar la actividad económica del país: hay 3:

  • Tasas: prestaciones de dinero hechas a un ente público.
  • Contribuciones: tributos que se ingresan en un ente público por parte de un particular por un motivo determinado, pero cuyo beneficio obtenido con el dinero invertido no será únicamente para el contribuyente.
  • Impuestos: pagos exigidos por las administraciones públicas sin que haya un destino directo para ese dinero.

Impuestos y sus Clases

  • Directos: IRPF, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Indirectos: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (pagan particulares que compran un bien a otro), IVA e Impuestos especiales como: los especiales de alcohol, electricidad, hidrocarburos…

Elementos de un Impuesto

  • Hecho imponible de un impuesto
  • Base imponible
  • Base liquidable
  • Tipo impositivo
  • Cuota tributaria
  • Deuda tributaria
  • Contribuyente
  • Sujeto pasivo

Impuestos Directos

IRPF (Renta Personas Físicas)

Está dividido en 5 partes: rendimiento del trabajo, rendimientos del capital inmobiliario, rendimiento del capital mobiliario, rendimientos de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales. El que paga puede optar por régimen de estimación directa y calcular el beneficio de sus actividades restando los gastos y llevando la contabilidad o el régimen de estimación objetiva formado por la naturaleza de las actividades y parámetros objetivos medibles, para ello el volumen de rendimiento no supera los 450.000€ para las económicas y 300.000€ para las ganaderas y el volumen de compra no supere los 300.000€ anuales.

Impuesto sobre Sociedades

Tributo de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades y otras entidades jurídicas. Está determinado por las ganancias de la empresa y para tributar este impuesto tienen que tener personalidad jurídica propia.

Impuesto sobre Actividades Económicas

Impuesto municipal, recaudado por el ayuntamiento. Es un tributo de carácter real y directivo que tiene por objeto el ejercicio en el territorio nacional de una actividad empresarial, profesional o artística. La cantidad a liquidar se obtiene por la aplicación de las tarifas del impuesto sobre las cuotas municipales mínimas y sobre unos índices determinados que dependen de diversos factores.

Impuestos Indirectos

IVA

El valor añadido es la diferencia entre el valor de los bienes hechos y los costes de las materias primas u otros bienes intermedios que se usaron para producirlos, así se aplica el IVA, que grava las operaciones: entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuados por empresarios, adquisiciones intracomunitarias de bienes, importaciones de bienes hechas por empresarios. Algunas actividades no soportan este impuesto. El funcionamiento de este impuesto es: IVA repercutido – IVA soportado = IVA a ingresar. Así, el sujeto pasivo lo constituyen las empresas que ingresan a Hacienda lo que han recaudado y el contribuyente, el consumidor. Los tipos impositivos por otra parte se califican en función si son de necesidad, lujo… actualmente hay 3 tipos: superreducido del 4%, reducido del 7% o tipo general 16%. En el IVA existe un régimen general y varios especiales, el general es de aplicación cuando no proceda aplicar ninguno de los especiales. Los especiales son: régimen simplificado, especial de agricultura, ganadería o pesca, bienes usados, operaciones con inversión, agencias de viajes… así, las empresas tienen que guardar facturas, libros de registros, facturas de todos los bienes…

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