Cuentas Corrientes
Una cuenta corriente es una operación financiera doblemente compuesta, concertada entre dos personas físicas o jurídicas. Consiste en el intercambio no simultáneo de capitales, acordando saldar las diferencias financieras en un momento determinado, denominado fecha de cierre, y de acuerdo con una ley financiera previamente establecida.
Características de las Cuentas Corrientes
- Operación doblemente compuesta: Generalmente, la prestación y la contraprestación son múltiples.
- Imperfecta: Se desconoce la cuantía de los capitales que van a intervenir.
- Operación a corto plazo: Se suele saldar cada año o fracción del año.
- Capitalización simple: L(t,p)=(p-t), siendo P la fecha de cierre.
Los intereses suelen liquidarse semestralmente, tomando como fechas de cierre el 30 de junio y el 31 de diciembre.
Suelen ser de crédito unilateral, donde solo el depositante concede créditos a la entidad financiera.
Las partidas de la cuenta pueden tener carácter positivo o negativo. El signo de cada operación dependerá del punto de vista que adoptemos: un cargo para la entidad financiera supondrá un abono en la contabilidad del cliente. Por el contrario, un ingreso de efectivo por parte del cliente supone un cargo en su contabilidad y un abono en la contabilidad del banco.
Clasificación de las Cuentas Corrientes
Por el Número de Titulares
- Personales: El titular podrá ser una persona física o jurídica.
- Pluripersonales: Varios titulares, personas físicas o jurídicas. Estas, a su vez, pueden ser:
- Indistintas: Cualquiera de los titulares o autorizados en la cuenta podrá disponer con su sola firma de los saldos disponibles y realizar cualquier tipo de operaciones.
- Conjuntas: Es condición indispensable para cualquier operación la firma de todos los titulares de la cuenta.
Atendiendo a la Existencia o no de Intereses
- Cuentas corrientes simples o sin interés: No se computan intereses a los capitales que conforman la operación. El saldo se obtiene por simple diferencia entre los capitales acreedores y deudores. Son frecuentes entre empresas y clientes cuando este compra a crédito.
- Cuentas corrientes con intereses: Se clasifican a su vez en:
- Con intereses recíprocos: La ley financiera es única para ambos sujetos económicos, aplicándose el mismo tipo de interés tanto a los capitales acreedores como a los deudores.
- Con interés no recíproco: Se aplican distintos tipos de interés para los capitales deudores y acreedores.
- A interés variable: El tipo de interés varía a lo largo de la operación.
Atendiendo a las Características de las Partes Intervinientes
- Cuentas corrientes comerciales: La operación se define entre empresas que se conceden crédito recíproco.
- Cuentas corrientes bancarias: Una de las dos partes es una entidad financiera. El crédito suele ser unilateral, salvo que exista acuerdo expreso. Dentro de las bancarias existen:
- Cuentas corrientes de depósito a la vista: Su característica fundamental es la disponibilidad inmediata del dinero. El titular puede retirar en cualquier momento y sin previo aviso el depósito o parte del mismo.
- Cuentas de ahorro: El banco entrega al titular la libreta de ahorro en la que se van anotando los movimientos de capitales y los saldos, debiendo presentarse al realizar cada ingreso.
- Cuentas financieras: Conjunto de ofertas de entidades financieras en las cuales los fondos depositados se invierten por cuenta del depositante en activos financieros públicos y privados de elevada liquidez.
- Cuentas corrientes de crédito: Operación activa realizada por entidades financieras que conceden al cliente la posibilidad de disponer de efectivo hasta un límite fijado en el contrato y durante toda la vigencia del mismo.
Operaciones de Leasing
El leasing o arrendamiento financiero es un contrato cuyo objetivo es la cesión de uso de bienes, muebles o inmuebles, a cambio de una contraprestación consistente en el abono periódico de unas cuotas que necesariamente incluirá una opción de compra a su término a favor del usuario.
Intervinientes en un Contrato de Leasing
- El usuario o arrendatario: Pueden ser personas físicas o jurídicas, con la condición de que el bien adquirido vaya dirigido exclusivamente a la actividad empresarial o profesional que realicen.
- El arrendador: Entidades financieras en las que figure la actividad de arrendamiento financiero en su objeto social.
- El proveedor o suministrador del bien objeto de arrendamiento.
El arrendatario debe satisfacer las cuotas del leasing que le otorga el arrendador. Al final del arrendamiento, el usuario puede:
- Adquirir el bien.
- Suscribir un nuevo contrato: Se realiza un nuevo arrendamiento sobre el mismo bien.
- Devolver el bien al arrendador.
Gastos y Comisiones de la Operativa en Bolsa
Cualquier operación de bolsa, ya sea al contado o a crédito, acarrea una serie de gastos. En las del primer tipo hay comisiones para los intermediarios que intervienen, y una cantidad por gasto de contratación y liquidación. En las operaciones a crédito, principalmente en las compras a crédito, además de estas comisiones existen unos gastos adicionales, ya que una parte de la operación se realiza solicitando un préstamo.
Gastos de las Operaciones Bursátiles
- Canon bursátil: Cobrado por la bolsa en función del efectivo de la operación.
- Canon cobrado por Iberclear: Por la compensación y liquidación de valores, en función del efectivo de la operación y comprendido entre 0,04 y 1 euro.
- Comisión de intermediación o corretaje: Comisión cobrada por el intermediario por la operación de compra o venta de valores. Las sociedades, agencias de valores y entidades de crédito miembros del mercado son las únicas que pueden realizar directamente estas operaciones, por lo que suelen ser los intermediarios que ofrecen unas comisiones muy competitivas.
- Comisión de administración, depósito o custodia de valores: Cobrada por el intermediario, normalmente con periodicidad semestral, por este servicio que consiste en la administración de los títulos informáticamente, etc.