Conceptos Fundamentales
Presupuesto: Estimación programada y sistemática de las condiciones de operación y de los resultados que obtendrá una organización en un período determinado.
Clasificación del Presupuesto
- Según flexibilidad:
- Rígidos: Sin variaciones.
- Flexibles: Se adaptan a las condiciones económicas.
- Según período:
- Corto plazo.
- Largo plazo (2 a 5 años).
- Operativos: Ventas, producción, materiales, gastos.
- Financieros:
- De caja (fácil acceso, con entrada y salida de dinero).
- Derogaciones capitalizables (inversión en activos fijos).
- Públicos: Preparados por entidades del Estado.
- Privados: Según los lineamientos de activos de la empresa.
Título I: Sistema de Administración Financiera del Estado (SAFE)
Artículo 1 del DL 1263: «Conjunto de procesos que permiten la obtención de recursos y su aplicación a la consecución de los objetivos del Estado.»
Proceso de Administración de Fondos
Artículo 6: «Proceso consistente en la obtención y manejo de los recursos financieros del sector público. Las recaudaciones y asignaciones globales se efectúan a través de la Cuenta Única.»
Instrumentos para la Administración de Fondos
- Cuenta Única: Opera los fondos a través de la cuenta principal administrada por la Tesorería para efectuar recaudaciones y pagos globales. También existen cuentas subsidiarias que operan los servicios para el control de sus propios recursos monetarios.
- Programa de Caja: Instrumento que autoriza al Servicio de Tesorería para entregar los fondos del aporte fiscal. Es formulado por la DIPRES (Dirección de Presupuestos) para los servicios, y también por ellos para los Servicios Públicos dependientes. Contiene el número de cuenta, el ítem y los meses.
- Giro Global: Documentos mediante los cuales los servicios operan centralizadamente y retiran fondos autorizados por el Programa de Caja. Actualmente, se utiliza más la transferencia bancaria.
Título II: Sistema Presupuestario
Está constituido por un programa financiero de mediano plazo (instrumento de planificación y gestión a tres o más años que comprende previsiones de gastos e ingresos, créditos internos/externos, inversiones y adquisiciones). Es un documento interno de la DIPRES (Art. 10) y el presupuesto anual (que debe especificar las dotaciones de personal).
Título IV: Crédito Público
Artículo 39, inciso 1: «Capacidad del Estado de contraer obligaciones internas o externas tendientes a la dotación de recursos.» (Endeudarse).
Deuda Pública
Inciso 2: Compromisos monetarios adquiridos por el Estado derivados de obligaciones de pago futuro o empréstitos.
- Deuda Directa: El Fisco y organismos del Estado se comprometen a pagar directamente (Art. 40, inc. 1).
- Indirecta: El deudor cuenta con la garantía o aval del Estado o de algún Servicio Público (inc. 2).
- Deuda Interna (Art. 42): El Estado contrae deuda con personas naturales o jurídicas, exigibles solo en territorio nacional.
- Deuda Externa (Art. 41): Obligación adquirida con otro Estado u otro ente fuera del territorio nacional.
Empréstito Público
Contrato especial de derecho público donde el Estado obtiene recursos sujetos a reembolso (Art. 39, inc. 3).
Servicio a la Deuda
Amortización de capital en cuotas, pago de intereses, comisiones y otros gastos (Art. 48).
Título V: Control Financiero
Cautela y fiscaliza la correcta administración de los recursos del Estado, verificando el cumplimiento de los fines, el acatamiento de las disposiciones legales y la dotación de metas por quienes integran el Servicio Público. Está en manos de la Contraloría General de la República (CGR), con su gran cantidad de facultades, o por auditoría externa.
Título VI: Sistema de Contabilidad
Artículo 63: «Conjunto de normas, principios y procedimientos técnicos tendientes a recopilar, medir, elaborar, controlar e informar gastos y otras operaciones del Estado.»
Corresponde a la CGR elaborar estados consolidados de situación financiera, presupuestaria y patrimonial (Art. 69).
Presupuesto del Sector Público
Artículo 11: «Estimación financiera de ingresos y gastos del Sector Público para un año dado, compatibilizando los recursos disponibles con el logro de metas y objetivos establecidos.»
Características
- Documento jurídico aprobado por el Congreso y obligatorio para el Gobierno.
- Documento de elaboración y ejecución periódica.
- Expresado en lenguaje o forma contable.
- Acto de previsión o estimación anticipada.
- Documento político.
Clasificación del Presupuesto en Chile
- Gobierno Central: Instituciones centralizadas, entidades estatales autónomas, instituciones descentralizadas e instituciones públicas autónomas sin fines de lucro.
- Gobierno General: Incluye al Gobierno Central más las municipalidades.
- Sector Público no Financiero: Incluye al Gobierno General más las empresas públicas.
- Sector Público: Incluye al Sector Público no Financiero más el Banco Central.
Desagregación en la Ley de Presupuestos
Existen 3 niveles de desagregación:
- Partida: Poderes, ministerios y Tesoro Público.
- Capítulos: Subdivisión, organismos en la Ley de Presupuestos.
- Programa: División funcional y objetivos de la organización.
Desagregaciones Adicionales
- Por objeto o naturaleza: Ordenadas de acuerdo con su origen de ingresos y motivos de destino. Incluye subtítulo (operaciones homogéneas o conjunto de ítem), ítem (motivo significativo de ingreso o gasto) y asignación (monto específico del ingreso o gasto).
- Por moneda: Valoración del presupuesto en moneda nacional y extranjera.
- Por iniciativas de inversión: Asignaciones especiales a estudios, proyectos y programas de inversión.
- Por grado de afectación: Preafectación (llamado a licitación), afectación (adjudicación de concurso), compromiso cierto (contrato), compromiso implícito (simultáneo al devengamiento).
Ciclo Presupuestario
Integra las etapas primordiales de decisiones respecto a la asignación, implementación y evaluación del presupuesto.
A) Formulación
Preparación por cada Servicio Público de las proyecciones de ingresos y gastos conforme con las actividades a efectuar, establecidas en políticas, programas y proyectos.
A.1) Actores Involucrados
- DIPRES: Elabora el Presupuesto de la Nación y la política presupuestaria.
- MINHA (Ministerio de Hacienda): Especifica el calendario de formulación del presupuesto, que permite coordinar acciones de los Servicios Públicos entre sí, con las administraciones regionales y locales.
- Presidente de la República: Tiene iniciativa exclusiva de proyectos relacionados con la administración financiera y el presupuesto de la Nación (Art. 62 CPR) y puede estimar el rendimiento de recursos y de nuevos gastos, previo informe de organismos técnicos (Art. 4).
- MINDES (Ministerio de Desarrollo Social): Propone anualmente las metas de inversión pública regional y sectorial; coordina con la DIPRES el presupuesto de ministerios, intendencias y otros. A su vez, colabora con los Fondos Nacionales de Desarrollo Regional (FNDR).
B) Discusión
Análisis conjunto de estimaciones, de elementos de juicio y antecedentes existentes, entre personal del Servicio Público en cuestión y autoridades de la DIPRES y MINDES. Concluye con la proposición de la Directora de Presupuestos.
C) Aprobación
Distintas instancias revisan el presupuesto, entre ellas el Presidente, quien propone antes de 3 meses. La DIPRES asesora en la discusión y aprobación. El Congreso Nacional aprueba en Comisión Mixta Especial de Presupuesto las partidas estudiadas por subcomisiones. Las instituciones públicas deben fundamentar las consultas que se realicen en base a las propuestas.
D) Ejecución
Se lleva a cabo simultáneamente en los procesos de administración de fondos, contabilidad y control.
Intervienen
- DIPRES: Publica, dicta normas, prepara proyectos, asesora y elabora estudios para la mejor ejecución.
- Oficinas de Presupuesto de los Ministerios: Ejecutan conforme a las normas y a lo que diga la DIPRES.
- Servicio de Tesorerías: Recaudan, decretan inversión, efectúan pagos y cobranzas.
- Congreso Nacional: Seguimiento en Comisión Mixta.
E) Control y Evaluación
Verificación y valorización de las acciones comprometidas, con el fin de medir el cumplimiento de objetivos y determinar las correcciones necesarias para ejecutar las provisiones originales.
Intervienen
- E1) Control Interno:
- Jefes superiores: Controlan sus funciones como controles jerárquicos.
- DIPRES: Orienta balances anuales, realiza estudios, evalúa programas y supervisa.
- Oficinas de Presupuesto de los Ministerios: Elaboran informes de sus estados financieros.
- Unidades de Auditoría Interna: Evalúan cómo se manejan los recursos.
- Consejo de Auditoría Interna del Gobierno: Formula planes y medidas de control interno.
- SEGPRES (Ministerio Secretaría General de la Presidencia): Informes y análisis que ayudan a la toma de decisiones.
- E2) Control Externo:
- CGR: Ejerce control de legalidad, fiscaliza el ingreso y egreso de inversión de fondos, examen de cuentas, contabilidad de la Nación, etc.
- Congreso: Fiscaliza al Gobierno.
Reformas y Avances en la Transparencia Fiscal
- A) Reglas de política fiscal: Balance estructural (ajuste por las tendencias macroeconómicas de largo plazo que compensan períodos de expansión y contracción económicas) y el superávit estructural del 1% del PIB.
- B) Difusión de información y adecuación a estándares internacionales.
- C) Mejoras en el marco legal de administración presupuestaria: Regulación de gastos reservados (transparencia y fiscalización), información presupuestaria de instituciones de Defensa Nacional, informe de finanzas públicas como ley permanente, mejor regulación a donaciones, reforzar facultades del Congreso con apoyo técnico.
- D) Sistemas de información y gestión financiera del Estado: SIGFE (Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado) y SIAPER (Sistema de Información del Personal de la Administración Pública). El SIGFE entrega información de ejecución presupuestaria en medios electrónicos. SIAPER es una base de datos del personal del Estado.