Principios Fundamentales del Sistema Impositivo: Criterios y Objetivos

Principios de la Imposición

Los principios en los cuales se fundamentan los mecanismos de imposición han de responder a unos objetivos o finalidades últimas de diferentes tipos:

  • De carácter ético: justicia o equidad.
  • De tipo económico: eficacia en la asignación de recursos, estabilidad económica, desarrollo económico.
  • De carácter operativo: eficiencia técnica.

De acuerdo con estos planteamientos, siguiendo los criterios de F. Neumark, se puede establecer un conjunto sistemático y exhaustivo de 18 principios que se deducen de los objetivos indicados, y que pueden ser agrupados en tres grandes bloques, que se corresponden en buena medida con lo que se ha expuesto antes:

Principios Político-Sociales (Distribución Interindividual del Impuesto)

  1. Generalidad: Que sean sometidos todos aquellos que tengan capacidad de pago (aunque pueden existir mínimos exentos).
  2. Igualdad: Ante situaciones iguales se tiene que recibir el mismo trato impositivo.
  3. Proporcionalidad: La carga fiscal tiene que ser proporcionada a la capacidad de pago, es decir, el impuesto tiene que ser relativamente igual de oneroso para todo el mundo.
  4. Redistribución: Ha de contribuir a reducir las diferencias de Renta. Ello lleva a un criterio de progresividad fiscal.

Principios Político-Económicos

De Orden Económico:

  1. Evitar el dirigismo fiscal: No se ha de favorecer ni perjudicar a sectores concretos de la vida económica.
  2. Minimizar la intervención en la esfera privada y en la libre disponibilidad económica de los individuos.
  3. Evitar distorsiones a la competencia, tendiendo a favorecerla: neutralidad fiscal en relación a productos, empresas, etc.

Relativos al Proceso Económico:

  1. Suficiencia: El sistema fiscal ha de cubrir las necesidades del sector público de forma estable.
  2. Capacidad de adaptación (complementario con el anterior): El sistema fiscal ha de permitir obtener aumentos en los ingresos públicos en situaciones de necesidades extraordinarias.
  3. Flexibilidad activa: Posibilidad de intervención consciente en el sistema con objetivos de estabilidad.
  4. Flexibilidad pasiva: Igual que en el caso anterior, pero de manera cuasi-automática.
  5. Favorecer el desarrollo: Influencia positiva en el crecimiento económico.

Principios Técnico-Tributarios

  1. Congruencia y sistematización: Sin contradicciones por lo que respecta a la estructura y composición del sistema tributario.
  2. Transparencia: Claridad en las normas; que sean lo más fácilmente comprensibles.
  3. Factibilidad o practicabilidad: Que puedan ser aplicables con la mayor facilidad posible.
  4. Continuidad: Vigencia sostenida del sistema fiscal. Cambios solamente mediante reformas generales y sistemáticas.
  5. Economicidad: Gastos mínimos en recaudación, gestión e inspección.
  6. Comodidad: Máximas facilidades para el contribuyente.

Este conjunto de criterios constituye un abanico amplio de requisitos deseables para el sistema impositivo referentes a aspectos bastante diversos y cuyo cumplimiento en su totalidad resulta complejo. Sin embargo, representan una referencia bastante exhaustiva de los principios que serían exigibles para una buena imposición.

Desde una consideración más simplificada, se pueden resumir en cuatro aspectos o cuestiones principales:

  • Simplicidad: El sistema impositivo ha de ser lo más sencillo posible, para que pueda ser fácilmente comprendido y asumido por los contribuyentes.
  • Adecuación: Los impuestos han de ser cobrados en el momento y en la forma que puedan crear menos distorsiones a los sujetos pasivos. El sistema de retenciones, por ejemplo, permite ajustar el pago del impuesto sobre la renta al ritmo al que se van percibiendo los ingresos, de forma que el contribuyente no haya de afrontar en una sola vez el pago de cantidades elevadas.
  • Economía: Los costos de gestión y de recaudación han de ser tan reducidos como sea posible. Por ejemplo, los impuestos indirectos sobre productos tienen unos costos de este tipo mucho más bajos que los impuestos sobre la propiedad, ya que estos últimos requieren una valoración permanente de las bases de tributación por parte de la administración.
  • Equidad: Este criterio comporta que la carga impositiva ha de ser distribuida de tal manera que represente el mismo sacrificio para todos los contribuyentes, aunque no hay ningún procedimiento objetivo para determinar cómo se ha de aplicar este principio. A efectos prácticos, el criterio que se adopta de forma generalizada es el de progresividad en los impuestos directos, cosa que significa que las rentas más altas han de pagar más que los niveles más bajos, no solamente en términos absolutos, sino también en una proporción más elevada.

Como se ha señalado en un tema anterior, este criterio se basa en la disminución progresiva de la utilidad marginal de la renta y del consumo. Así, si los incrementos de renta proporcionan una utilidad cada vez más reducida, se justifica un impuesto progresivo, ya que la cantidad de utilidad que reduce puede ser similar para los contribuyentes de renta baja pagando una parte más reducida de su renta que para los contribuyentes de rentas altas pagando una proporción mayor de sus ingresos.

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