Derecho mercantil:
Es la parte del derecho que regula la actividad económica que por medio de una organización de elementos personales irreales desarrolla un empresario
•El código de comercio: es el principal Marco legislativo de las operaciones mercantiles en España.En todo lo referente a los contratos mercantiles sus requisitos, modificaciones, extinción y capacidad de los contratantes y la orden de aplicación es primero el código de comercio y las leyes especiales y en su defecto las normas y reglas generales del derecho común o civil.
Sociedad colectiva
Las cualidades personales de sus socios son determinantes para su funcionamiento ya que se trata de una sociedad personalista y se rige por el código mercantil, sus carácterísticas son que el número mínimo de socios para su constitución es de dos, todos los socios intervienen en la gestión de la empresa y si los socios aportan únicamente trabajo no pueden intervenir, Los socios responden de las deudas sociales ante terceras personas de forma personal solidaria e ilimitada, no hay capital social mínimo para su constitución, la razón social ha de ser el nombre de todos los socios seguido de la expresión y compañía o su abreviatura y tributa por el impuesto sobre sociedades
-Sociedad de responsabilidad limitada: es un tipo de sociedad de carácter capitalista apropiado para empresas con pocos socios y que no necesita una cifra elevada de capital sus carácterísticas generales son que el número de socios para su constitución es de uno o más y cuando están formadas por un solo socio se llaman sociedades unipersonales, la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado y, el capital social está dividido en participaciones son partes iguales acumulables indivisibles y el capital mínimo debe de ser de 3000 €, la razón social debe estar formada por el nombre seguido de SRL O SL, Y esta sociedad tributa por el impuesto sobre sociedades y su constitución se ha de constituir en escritura pública que deberá estar inscrita en el plazo de dos meses en el registro mercantil y se deben incluir los estatutos de la sociedad. este órgano directivo está formada por dos tipos la junta general que es el órgano de deliberación y decisión y la de los administradores que no puede dedicarse al mismo sector, ejercerán durante un periodo de tiempo que señale la escritura social y podrán ser despedidos en cualquier momento, deberán seguir las normas de la sociedades anónimas y no es necesario que tengan la condición de socios.Los socios tienen derecho al reparto de beneficios en el patrimonio de la sociedad en caso de liquidación al derecho en la adquisición de las participaciones de los socios salientes, derecho a participar en las decisiones sociales y agradecidos, administradores y derecho de información en los periodos establecidos en las escrituras.
-Sociedad limitada nueva empresa: es un tipo de sociedad capitalista que se ha creado con el objetivo de permitir la constitución de empresas de pequeña dimensión de forma rápida y sencilla sus carácterísticas generales son el número de socios puede ser de uno solo y de cinco como máximo, la responsabilidad de los socios es limitada y proporcional al capital aportado, el capital social no podrá ser inferior a 3012 ni superior a 120.002 y el capital está dividido en participaciones, la razón social estará formada por los dos apellidos Y el nombre de uno de los socios fundadores seguidos de un código y esta sociedad tributa por el impuesto sobre la sociedades y en la constitución será decisivo el documento único electrónico en el que se incluirán todos los datos referentes a la sociedad
-Sociedad anónima: constituye una sociedad puramente capitalista ya que las condiciones personales de los socios no tienen ninguna relevancia el capital es el único elemento importante sus carácterísticas generales son que el número de socios para la constitución puede ser de uno o más y cuando hay un solo socio se Denominan sociedades unipersonales, la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado y, el capital social mínimo es de 60.000 € este capital está dividido en acciones nominativas este tipo de sociedades se puede crear mediante fundación simultánea o o mediante fundación sucesiva, la razón social debe estar formada por el nombre de la sociedad seguido por las siglas S.A., la transmisión de las acciones es libre una vez que la sociedad está inscrita en el registro mercantil y esta sociedad tributa por el impuesto sobre sociedades y su constitución al igual que todas las sociedades mercantiles se ha de constituir en la escritura pública que deberá estar inscrita en el plazo de dos meses en el registro mercantil. Su órgano de sociedad está dividido entre junta general que es la reuníón de los socios donde se decide cuestiones importantes de la empresa existen tres tipos de juntas junta general ordinaria, extraordinaria y universal y por otro lado están los administradores: la administración de la sociedad se puede confiar a un único administrador o a un grupo de personas, Los accionistas tienen varios derechos tienen derecho a participar en el reparto de beneficios, derecho de suscripción preferente, derecho de asistencia y a voto y derecho de la información sobre los asuntos en la junta de accionistas