TAI:
Península y baleares
Países terceros
Fuera de la UE, Ceuta y Melilla e islas Canarias.
– Ceuta y Melilla (Aduana = iva + arancel)
– Islas Canarias ( no aduana)
OPERACIONES INTERIORES (TAI):
Toledo a Madrid (IVA)
– Entrega de bienes
– Prestación de servicios
Teritorio comunitario (Op intracomunitarias): España a Francia ue ( NO EXISTE ADUANA)
–
Adquisiciones intracomunitarias de bienes: AIB –> Dentro de UE ( no exenta)
– Entregas intracomuntarias de bienes (EIB) –> Dentro de UE (exenta)
Territorio tercero (fuera de la UE): España a Canadá ( EXISTE ADUANA EXTERNA)
– Importaciones de bienes (Tributan en IVA)
– Exportaciones de bienes ( exentos)
Operaciones sujetas a TPO o ITP:
A) Operaciones realizadas sujetas y exentas del IVA:
Entregas, arrendamientos, constitución o transmisión de derechos reales de goce o disfrute sobre bienes inmuebles, salvo que se renuncie a la exención del IVA (y tributen por IVA), la condición es que los 2 sujetos sean empresarios o profesionales.
- Transmisión de valores cuyo activo sea de al menos un 50% de inmuebles
- Transmisiones de valores recibidos por aportaciones de inmuebles realizadas por constitución, ampliación de sociedades.
- Las segundas o ulteriores ventas de inmuebles tributarán en TPO y estarán exentas en IVA.
Operaciones realizadas por empresarios o profesional no sujetas al IVA
b) Las entregas de inmuebles que estén incluidos en la transmisión de un conjunto de elementos corporales que formando parte del patrimonio empresarial o profesional, constituyan una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad empresarial o profesional por medios propios.
Operaciones no sujetas:
– Transmisión de un patrimonio empresarial o profesional (en bloque) ( en determinadas circunstancias):
– Estará SUJETA en caso de TRANSMISIÓN PARCIAL de bienes o derechos que se desafecten de dicho Patrimonio. Ejemplo: La transmisión del patrimonio empresarial en bloque, excepto una nave industrial que se tiene como inversión, esta no sujeta al impuesto por constituir una unidad económica autónoma. – Si se transmiten en bloque no tributa en IVA, si se vende por partes sí.
–
Operaciones promocionales:
– Entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable. – Prestaciones de servicios de demostración a título gratuito, efectuadas para la promoción de las actividades empresariales o profesionales. – Las entregas sin contraprestación de impresos u objetos de carácter publicitario con coste por cliente inferior a 90,15 €, salvo si se entregan para su redistribución gratuita a otros sujetos
–
Supuestos que no constituyen actividad empresarial
–
Los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia derivado de relaciones administrativas o laborales, incluidas en estas últimas las de carácter especial. TRABAJO POR CUENTA AJENA (No hay IVA) – Los servicios prestados a las cooperativas de trabajo asociado por los socios de las mismas y los prestados a las demás cooperativas por sus socios de trabajo. – Las operaciones realizadas por las Comunidades de Regantes para la ordenación y aprovechamiento de las aguas – Entregas de dinero como pago o contraprestación. (No hay IVA)
– Operaciones realizadas por entes públicos:
– Cuando se realicen directamente por los organismos públicos. – Sin contraprestación o mediante contraprestación tributaria.
EXCEPTO
(Actividades si sujetas) Cuando los referidos entes actúen por medio de empresa pública, privada, mixta o, en general, de empresas mercantiles.
- Telecomunicaciones
- Distribución de agua, gas, calor, frío, energía eléctrica y demás modalidades de energía.
- Transportes de personas y bienes.
- Servicios portuarios, aeroportuarios e infraestructuras ferroviarias.
- Obtención, fabricación o transformación de productos para su transmisión posterior.
- Intervención sobre productos agropecuarios dirigida a la regulación del mercado de estos productos.
- Explotación de ferias y de exposiciones de carácter comercial.
- Almacenaje y depósito.
- Las de oficinas comerciales de publicidad.
- Explotación de cantinas y comedores de empresas, economatos, cooperativas y establecimientos similares.
- Las de agencias de viajes.
- Las comerciales o mercantiles de los entes públicos de radio y televisión, incluidas las relativas a la cesión del uso de sus instalaciones.
- Las de matadero.
– Concesiones y autorizaciones administrativas : EXCEPTO (si sujetas): –
Las que tengan por objeto la cesión del derecho a utilizar el dominio público portuario. – Las que tengan por objeto la cesión de los inmuebles e instalaciones en aeropuertos. – Las que tengan por objeto la cesión del derecho a utilizar infraestructuras ferroviarias. – Las autorizaciones para la prestación de servicios al público y para el desarrollo de actividades comerciales o industriales en el ámbito portuario.
–
Servicios gratuitos obligatorios:
Que sean obligatorias para el sujeto pasivo en virtud de normas jurídicas o convenios colectivos, incluso los servicios telegráficos y telefónicos prestados en régimen de franquicia. Ejemplo: Los servicios prestados por abogados y procuradores en los casos de designación de oficio para la asistencia letrada a detenidos. Reciben asignaciones presupuestarias sin considerar retribución. Ejemplo: Abogado de oficio
Autoconsumo:
Siempre que no se hubiese atribuido al sujeto pasivo el derecho a efectuar la deducción total o parcial del Impuesto sobre el Valor Añadido efectivamente soportado con ocasión de la adquisición o importación de los bienes o de sus elementos componentes que sean objeto de dichas operaciones.
DIFERENCIA ENTRE OPERACIONES NO SUJETAS Y EXENCIONES:
Operaciones no sujetas: no se produce el hecho imponible
Exenciones: Operaciones sujetas pero que quedan libres de tributación
ENTREGAS DE BIENES (SUJETAS):
Bienes corporales : gas, calor, frio, energía eléctrica…
Tipos:
– Ejecuicones de obra: construcción o rehabilitación d euna edificación con aportación parcial de materiales Si el coste de los materiales es >40%. Si no es prestación de servicios.
– Aportaciones no dinerarias: De elemetnos afectos al patrimonio empresarial o profesional a comunidades de bienes
– Ceson de bienes:
Arrendamiento
Venta y asimilados. Hasta que no se pague la ultima cuota no pertenece al individuo.
– Transmisión de bienes: En virtud de una norma o de una resolución administrativa o jurisdiccional, incluida la exporapiacion forzosa.
– Transmisiones de bienes entre comitente y comisionista: Comisión por venta o por ocmpra.
Suministro de un producto informático normalizado: no neceistan modifcicaicon sustancial para ser utilziados (OFFICE; SPS:::) Si fuese especializado para mi empresa seria p. Servicios.
Prestación de servicios:
– Ejercicio de una profesión arte u oficio
– Arrendamientos:
Bienes, Negocios, Empresas, Con o sin opción de compra
– Traspaso de locales de negocio
– Cesiones de bienes:
Uso y Disfrute
– Cesiones de la propiedad industrial e intelectual:
Patentes y licencias, Marcas, Derechos de autor
– Contratos de venta en exclusiva:
Convenios de distribución, Obligaciones de hacer y no hacer
– Transporte
–
Hostelería:
Restaurantes , Bares
– Ejecuciones de obra:
Construcción o rehabilitación de edificios si los materiales no superan el 40% de la B. Imponible., Ejecuciones de bienes muebles.
– Seguro, reaseguro y capitalización
– Operaciones de mediación:
Agencia, Comisión, Comisionista por cuenta ajena
– Hospitalización
– Utilización de instalaciones deportivas o recreativas
– Explotación de ferias y exposiciones
– Préstamos y créditos en dinero
– Suministro de productos informáticos específicos
– Ejecución de obra: PS y sujeta
– Transmisiones de bienes en virtud de norma , incluid ala exporpiacion : Entrega de bienes
– Arrendamiento (leasing): PS hasta que se ejecuta la opción de compra, después entrega d ebienes cuando compras lo alquilado.
– Entregqa biene snormalizados: Spss, word… No se precisa modificación para ser utilziado
– Entrega d ebienes especialziados: PS
– Arrendamiento local a otra persona : No exenta
– 2º transmisión : exenta
– No sujetas ( no se produce el hecho imponible): autoconsuimo, servicio de recogida de basuras, venta de licencia de taxi, proyecto de arquitecto a empresa constructora…
. Servicio de basuras ( op. Realizada por ente publico=: PS
– Venta licencia taxi: No sujeta: Transmisión patrimonio empresarial
– Proyecto arquitecto a constructora: No sujeta: No constituye actvididad empresarial
– Si no tiene contrato laboral: PS
– Operaciones gratuitas :
autoconsumo (entrega de bienes)
– Entrega de bienes: autoncomumo, creación de empresa privada (SUjeta)
– Creación de emrpesa distriucion de agua (sujeta): entrega de bienes
– Cesión derechos autor: PS