(LEASING)
El leasing o arrendamiento financiero es un contrato mercantil de cesión de uso en virtud del cual una empresa compra en nombre propio, siguiendo las instrucciones del futuro arrendatario, determinados bienes muebles o inmuebles para, como propietaria arrendadora, alquilarlos al arrendatario-usuario que los utilizará por un tiempo irrevocable convenido, a cambio de un precio distribuido en cuotas periódicas, que incluyen el coste del equipo más los intereses correspondientes, y un valor residual prefijado, similar a las cuotas anteriores.
Al término del plazo convenido de contrato, el usuario tendrá la triple opción de:·
Cancelación del contrato
El cliente devuelve el bien·Renovación del contrato
Continuar utilizando el bien por un nuevo periodo de tiempo mediante pago de unas menores que las del primer periodo (calculado sobre la el Valor residual ya que está amortizado).Ejercer la opción a compra y adquirir la totalidad o parte del bien arrendado por el precio convenido previamente con el propietario arrendador (Valor Residual1.Por las carácterísticas del arrendador o finalidad:a.Financiero:
Lo realizan entidades especializadas con una vocación estrictamente financiera de obtención de beneficios por la prestación de un servicio financiero. El arrendador son sociedades financieras que adquieren los bienes que va a utilizar el arrendatario de los mismos, pero los gastos de reparación y mantenimiento, así como los riesgos técnicos, son de cuenta de dicho arrendatario. Los bienes objeto del leasing son hechos o comprados a petición del usuario. No suele ser posible la revocación anterior del contrato.
B.Operativo
Es practicado directamente por fabricantes, distribuidores o importadores, de este modo, disponen de un método adicional de financiar sus ventas. El arrendador paga los gastos de reparación o mantenimiento, así como los contrato normalmente se devuelve el bien ya que tiene valores residuales más altos que los del leasing financiero que hacen que no se suela ejercer la opción de compra. Esta modalidad de contrato es revocable por el arrendatario en cualquier momento (preaviso).3.Por la funcionalidad financiera: Examen.Levaraged leasing o leasing apalancado:
es una opción combinada entre una entidad de leasing (arrendador), un prestamista a l/p (un banco) y el usuario (arrendatario), mediante la cual los dos primeros comparten la financiación de la compra del bien (entre un 20% y un 40% la 1º y el resto el 2º).Lease-back o retroleasing:
es la venta de un activo del usuario y propietario del mismo, a una compañía de leasing para, a continuación, pactar un arrendamiento con opción de recompra del activo. El propietario pasa a ser el arrendatario del bien, de esta forma el arrendatario ingresa el dinero de la venta de esos bienes aunque puede seguir utilizándose a cambio del pago de una cuota (que además puede deducirse fiscalmente).Ventajas e Inconvenientes de Leasing:Ventajas
: ·No es necesario hacer un desembolso inicial para el uso del bien, lo que supone no distraer recursos del objeto principal del negocio.·Elimina el riesgo de obsolescencia tecnológica.· Financia el 100% del precio del equipo adquirido, mientras que los préstamos no suelen financiar más del 80% del mismo, excepto el importe de la primera cuota, que se paga al formalizar el contrato de arrendamiento. Son contratos muy flexibles adaptables a las necesidades del usuario, se puede incluso vincular las cuotas a los momentos de generación de los recursos del activo utilizado en leasing.·Las cuotas de alquiler son deducibles fiscalmente aplicando determinados coeficientes, pues se consideran gastos de explotación: el doble del coeficiente para elementos productivos (así si un bien requiere 10 años de amortización con el leasing se amortiza en 5 años), y el triple del coeficiente en el caso de pymes.· Permite incorporar como parte del financiamiento los gastos asociados a la adquisición del bien, tales como gastos de importación, transportes, impuestos, gastos leales, etc. Los rendimientos que genera el elemento sirven para ir amortizando el leasing.Evita al cliente el pago del IVA de la compraventa, que corre a cargo de la entidad de leasing.Permite diversificar las fuentes de financiamiento.Es posible ceder el contrato a un tercero.Se pueden conseguir descuentos por pronto pago del suministrador del bien que la sociedad del leasing hace llegar al arrendatario vía reducción de las cuotas.Inconvenientes:
Carácter irrevocable, en general en el leasing financiero, existencia de cláusulas penales previstas por incumplimiento de obligaciones contractuales. Coste a veces mayor que el de otras formas de financiación, en particular cuando se producen descensos en los tipos de interésEntidades de Renting:es una modalidad de alquiler no financiero a medio y largo plazo para bienes de uso duradero, principalmente de bienes de equipo industrial, vehículos, sistemas informáticos y electrónicos, sistemas de seguridad, material de oficina, etc., en el que no existe opción de compra (salvo pacto en contrario). No tiene regulación específica en nuestro ordenamiento jurídico, por lo que se acudirá a las condiciones de los propios contratos de renting, y supletoriamente a la regulación del Código Civil del arrendamiento, así como el Código de Comercio y los usos mercantiles en la materia, y a disposiciones reguladoras del arrendamiento financiero (leasing) en la medida de la similitud de ambas figuras lo permita.
Entidades de Factoring:
Consiste en una operación financiera en la que se ceden en firme, con o sin derecho de regreso, y antes de su vencimiento, los créditos comerciales a c/p que genera una empresa (cedente) contra sus clientes (facturas, recibos, letras, etc.). Una entidad especializada (empresa de factoring) se encarga de poner en circulación dichos créditos contabilizarlos y cobrarlos según la forma y el plazo establecido entre empresa y clientes asumiendo el riesgo de insolvencia del titular.
Ventajas e Inconvenientes del Factoring:Ventajas:
1.Reduce las cargas administrativas y otorga precisión en la obtención de informes.2. Permite disponer de anticipos según las necesidades de la empresa. 3. Se considera como un cobro anticipado de nuestros créditos, por lo que no afecta a la capacidad crediticia de la empresa. 4 mejora la liquidez de la empresa. 5. Garantiza el cobro de los deudores. 6. No endeudamiento: compra en firme y sin recurso. 7. Fuente de financiación y aumenta el activo corriente. 8. Consolidación de la clientela.Inconvenientes:
Coste elevado. El factor puede rechazar algunos documentos de su cliente. Excluye operaciones a l/p. El cliente cede al factor la evaluación del riesgo de los compradores.Entidades de Confirming:
Es un servicio administrativo financiero de gestión integral de pagos, que se ofrece a empresas de reconocida solvencia, a través de cual se pueden formalizar o confirmar las operaciones de cobros y entre dicha empresa y sus proveedores. Es un intermediario financiero externo el que asume la realización de los pagos que su cliente le indique, con lo cual hace suyo el riesgo de la operación y las tareas administrativas y emite cheques y pagarés por cuenta de su cliente para pagar a sus proveedores a los que ofrece también financiación.No es necesario que coincida la fecha de pago al proveedor con el desembolso del cliente. La entidad no suele cobrar a su cliente pues a través de él obtiene información sobre sus cobros futuros, existiendo la posibilidad de que aquélla incremente, a su vez, su volumen de negocio. El intermediario o entidad de confirming emite una carta de pago al proveedor o vendedor por el importe y vencimiento y paga al proveedor en el momento en que éste presenta la factura.Sociedades de Valores (Dealers):
Son aquellas empresas de servicios de inversión que pueden operar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, y realizar todos los servicios de inversión y auxiliares.Si además negocian valores en bolsa es necesario que sean socios o accionistas de la sociedad rectora de la bolsa en cuyo caso se denominan sociedades de valores y bolsa. En el caso de que sean miembros de una sola bolsa, sólo podrán negociar valores de ésta y de ninguna más. Si quieren contratar en un mercado de valores del que no forman parte, actuarán de la misma forma que cualquier inversor. Las sociedades valores solo reciben órdenes de cualquier inversor, también gestiona la suscripción de participación en fondos de inversión.Agencia de Valores (Brokers):
las agencias de valores (brokers) son aquellas empresas de servicios de inversión que sólo pueden operar por cuenta ajena, con representación o sin ella. Podrán realizar los servicios de inversión y los servicios auxiliares igual que las sociedades de valores excepto (lo que le distingue de las sociedades de valores):. La concesión de créditos o préstamos a inversores.Las agencias de valores pueden ser miembros de la bolsa de valores. Las sociedades de valores y bolsa no sólo ejecutan órdenes de sus clientes, también lo hacen para sí, para obtener beneficios propios. Aspectos que les están prohibidas a las agenciad de Valores que actúan por cuenta ajena, se le exige menor capital social.
Sociedades gestoras de Carteas
Son aquellas empresas de servicios de inversión que pueden prestar los siguientes servicios de inversión: la gestión de carteras de inversión con arreglo a los mandatos conferidos por los clientes. El asesoramiento en materia de inversión, es decir, recomendaciones personalizadas a clientes y a empresas sobre estructura del capital. .Reciben fondos y valores de sus clientes y toman decisiones de compra y venta de valores. El riesgo de pérdidas es del propio cliente, a no ser que la sociedad gestora de carteras actúe con negligencias. Las sociedades gestoras de carteras son sociedades anónimas sometidas al control de la CNMV. Son intermediarios destinados a inversiones con cierto nivel patrimonial. Las tarifas son libres, los bancos, cajas de ahorro, sociedades y agencias de valores pueden también gestionar carteras.Cuenta de Ahorro Vivienda. Se caracteriza por:
Es un ventajoso tratamiento fiscal. Las cantidades depositas permiten su deducción en el IRPF siempre y cuando cumplan las condiciones de: que el dinero ingresado en la cuenta se destine a la adquisición de la vivienda habitual. Que el plazo no supere los 4 años para los beneficios fiscales, pero se pondrá de 2 años adicionales para ejercitar la compra de la vivienda sin perder los beneficios.
La cuenta de Ahorro vivienda es un producto de ahorro, nunca de inversión. Puede utilizar cualquier cuenta corriente de alta remuneración, libretas de ahorro, o imposiciones a plazo, no puede emplear para este fin un fondo de inversión. Cada contribuyente sólo puede tener abierta 1 cuenta ahorro vivienda. Tienen que ser cuentas separadas del resto de los depósitos que cada cliente puede tenerlo.
Dentro de los cheques especiales encontramos entre otros:·
Cheque conformado
Es el que lleva la firma del librado, y se utiliza sobre todo en la realización de pagos de elevada cuantía en los que interesa tener garantía bancaria de que el cheque será abonado. El librador o el tenedor de un cheque podrá solicitar del banco librado que preste su conformidad al mismo con la mención “certificación” “visado” “conforme”.·Cheque cruzado
Es el que lleva dos barras paralelas en el anverso realizadas por el librador o tenedor del título para disminuir el riesgo de robo sobre todo de los cheques al portador, pues el tenedor que pretenda cobrarlo deberá identificarse. Este puede ser general o especial.OEs general si no contiene entre las dos barras designación alguna o contiene la mención “banco” y “compañía”. El banco librado solo podrá pagarlo a un banco o a un cliente de aquél identificado.OEs especial si entre las barras se escribe el nombre de un banco determinado. En este caso el banco librado solo podrá pagarlo al banco designado o si este es el mismo librado a un cliente suyo identificado.·Cheque para abonar en cuenta
El librador o el tenedor pueden prohibir su pago en efectivo insertando en el anverso del cheque la mención transversal “para abonar en cuenta”. En este caso el librado solo puede abonar el cheque mediante el asiento contable de ingreso en cuenta, al pago.·Cheque bancario o cheque de ventanilla
es el emitido por la propia entidad financiera a petición del cliente titular de una cuenta corriente que desea disponer de sus fondos y no tiene en ese momento el talonario de cheques.