EL ARANCEL DE ADUANAS
6.1. INTRODUCCIÓN
En términos generales podemos decir que el arancel es una tarifa del impuesto que se aplica a los productos que se importan. Por tanto, esto lleva consigo una serie de problemas para solucionar, a saber:
Su inclusión
. La cuestión está en que hay que incluir y abarcar toda la gama de productos existentes en el mercado. Ello se soluciona agrupando a los más importantes citándolos expresamente, y al resto se les menciona en partidas residuales con el título de “los demás”.Designación
Consiste en dar una denominación común a los diferentes productos. Esto se logró a través de una puesta en común de los diferentes elementos interesados en el comercio internacional, principalmente los empresarios y las autoridades gubernamentales de los diferentes países. Así nacíó en 1983 el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Clasificación de Mercancías (SA).Su clasificación
. La clasificación se realizó teniendo en cuenta los tres reinos de la naturaleza, es decir: animal, vegetal y mineral, ordenando los productos de menor a mayor grado de elaboración.La codificación
. Una vez incluidos todos los productos y clasificados, hay que darles un código numérico que consiste en ir añadiendo dígitos a medida que se van necesitando.- Sistema Armonizado (SA).
- Nomenclatura Combinada (NC).
- TARIC.
6.2. CONCEPTO :
El A.A.C. (Arancel Aduanero Común) surgido como consecuencia de la UE y de la consiguiente desaparición de los aranceles propios de los Estados miembros, es un instrumento económico-fiscal clave para la protección comercial frente al exterior.
- NOMENCLATURA ARANCELARIA: que es la estructura o catalogación sistemática de las mercancías en el arancel.
- TARIFA ARANCELARIA: conjunto de graváMenes aplicados a cada una de las mercancías, lo que configura su grado de protección ante el exterior.
6.3. EL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN
En 1983 se firmó en Bruselas, entre los principales países del mundo, el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de designación y codificación de mercancías (SA).
El Sistema Armonizado gestionado por la Organización Mundial de Aduanas (OMA; órgano intergubernamental con sede en Bruselas) es un listado sistemático de los productos (no de los servicios) que sirve para tres cosas:
- De base para las negociaciones comerciales internacionales.
- Para la resolución de controversias de carácter arancelario.
- Para el establecimiento de las estadísticas comerciales.
6.3.1. Estructura del Sistema Armonizado
La estructura del Sistema Armonizado se compone de:
- 21 secciones, que definen grupos de mercancías (por ejemplo: la sección XI incluye las “materias textiles y sus manufacturas”). Cada sección comprende un determinado número de capítulos.
-
96 capítulos, se agrupan mercancías que tienen relación entre sí, bien por su materia constitutiva o por su función (El capítulo 1º de la Sección 1: Animales Vivos y Productos del Reino Animal relaciona con unos códigos las siguientes mercancías: caballos, asnos, terneras, vacas… Siendo cada uno una partida)
1.241 partidas, contiene un código con 4 dígitos y la designación de la mercancía.
5.019 subpartidas, contienen un código con 6 dígitos y la designación más detallada de la mercancía.. Esta subpartida desarrolla la partida de las plantas vivas
6.4. NOMeNCLATURA COMBINADA DE LA UE
La Nomenclatura Combinada (NC) está basada en el SA; la UE ha añadido dos dígitos más.
Así, es obligatorio que al importar/exportar mercancías, al vender o comprar mercancías de empresas comunitarias, hay que declarar la partida de la NC que corresponda a la naturaleza de las mercancías. La Comisión Europea ha añadido 2 dígitos a los 6 del SA configurando un sistema de 8 dígitos, 6 de la subpartida del SA y 2 más que se añaden en este caso.
Los MOTIVOS de esta adicción de 2 dígitos son los siguientes:
- Obtener una estadística más desagregada (más precisa y completa).
- Aplicar con mayor precisión la política comercial, arancelaria y agrícola a la importación/exportación de las mercancías.
Casi todos los códigos estadísticos de los países industrializados (USA, Japón,…) utilizan códigos de 8 dígitos.
6.4.1. Reglas interpretativas
- Las mercancías hay que clasificarlas de acuerdo con los textos de las partidas y notas. Solamente cuando éstas sean insuficientes se aplicarán las otras reglas.
- Esta segunda regla tiene tres apartados:
- Un artículo incompleto o sin acabar se codificará según el artículo completo o terminado.
- Un artículo desmontado o sin montar se codificará como montado.
- Las partidas que mencionan a una mercancía determinada se aplicarán igualmente cuando ésta esté mezclada o asociada a otras.
- Esta regla se refiere a mercancías que, a primera vista, sean susceptibles de entrar en varias partidas. Los criterios de codificación, y por este orden, serán:
- Las mercancías que no se pueden designar según los criterios anteriores se clasificarán en la partida que comprende los artículos con los que tengan mejor analogía, por lo que esta regla exige la comparación con mercancías similares.
- Los continentes de las mercancías se clasificarán con las mercancías a las cuales contienen.
6) Consiste en aplicar las reglas anteriores también a nivel de subpartida
6.5. ESTRUCTURA DEL ARANCEL ADUANERO COMÚN
La estructura del AAC es la siguiente:
- 1ª columna de 8 dígitos que sería el código NC (p. Ej.: 09 01 11 00 código NC)
- 2ª columna con la designación de la mercancía según el código NC (Café sin descafeinar)
- Tres columnas en las que se indican las unidades en el caso de que sea necesaria su indicación, el tipo de IVA e Impuestos Especiales y si la mercancía de que se trate está sometida a medidas antidumping.
- Varias columnas más en las cuales están los tipos de los derechos que se van a aplicar a las mercancías que se importan.